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CAMINO A OCTUBRE

Elecciones en Alberdi: la Junta rechazó una denuncia, pero exhortó a Norry a respetar la normativa electoral

La JEP no hizo lugar a un planteo de opositores por la utilización de bienes públicos en actos de campaña.

PorTendencia de noticias
14 oct, 2025 07:32 p. m. Actualizado: 14 oct, 2025 07:32 p. m. AR
Elecciones en Alberdi: la Junta rechazó una denuncia, pero exhortó a Norry a respetar la normativa electoral

La Junta Electoral Provincial (JEP) rechazó la denuncia presentada contra el interventor del Juan Bautista Alberdi, Guillermo Norry, por la presunta utilización de bienes públicos en la campaña electoral para el 26 de octubre. No obstante, el organismo procedió a exhortar al funcionario a abstenerse de realizar actos que contravengan la normativa electoral provincial.


La presentación había sido formalizada el 30 de septiembre por los candidatos opositores Luis María Díaz Augier (a intendente) y Héctor Adolfo Díaz Chavero (a concejal), acompañador por el diputado Roberto Sánchez. La denuncia se basaba en el presunto incumplimiento del Artículo 34 de la Ley N° 7876 (Régimen Electoral).


En el escrito habían alegado que el interventor había desplegado actos de campaña política en favor de candidatos pertenecientes al oficialismo provincial, vulnerando el deber de neutralidad que le impone su cargo. En particular, un acto público llevado a cabo el 29 de septiembre, con motivo de la inauguración de un complejo de semáforos en calle Marañón.


Según los denunciantes, el acto estuvo encabezado por el interventor y contó con la presencia del candidato oficialista a Intendente por el Frente “Tucumán Primero”, Bruno Romano, así como del gobernador y candidato a diputado nacional, Osvaldo Jaido. Esta participación conjunta fue señalada como una clara infracción que afectaba la equidad electoral y los principios republicanos de transparencia.


En su respuesta a la Junta Electoral, Norry negó "en forma expresa, lisa y llana" los hechos y las imputaciones en su contra. El interventor calificó las acusaciones de "absolutamente falsas, maliciosos, carentes de sustento probatorio" y con una tendencia a dañar su imagen personal e institucional.


Norry negó cualquier interpretación subjetiva o conjetura que pretendiera atribuir un carácter político-partidario a sus actos, asegurando que su gestión es estrictamente institucional. Sostuvo que su función, de carácter transitorio, busca restablecer la prestación de servicios esenciales y garantizar la administración ordenada, manteniendo un perfil "institucional, técnico y administrativo, orientado exclusivamente al bienestar de los vecinos".


Respecto al acto del 29 de septiembre, Norry confirmó que consistió en la puesta en funcionamiento de un complejo de semáforos, una obra de "gran trascendencia comunitaria" necesaria para garantizar la seguridad vial y ordenar el tránsito urbano, en respuesta a reclamos vecinales previos. Asimismo, negó taxativamente que existiera uso indebido de recursos municipales para fines proselitistas.


Tras analizar el descargo de Norry, la JEP resolvió rechazar la presentación formulada por los opositores. No obstante, la Junta consideró necesario exhortar formalmente al interventor de Alberdi, a "evitar actos de gobierno que contravengan lo establecido en el artículo 34 de la Ley N° 7876". Dicho artículo se refiere específicamente a la regulación de la publicidad de los actos de gobierno durante el periodo de campaña electoral.

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