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INCUMPLIMIENTO

Citan a indagatoria a funcionarios del PAMI por no entregar medicamentos a jubilados tucumanos

La Justicia federal citó a declarar al director nacional del organismo, Esteban Leguizamo, y al titular de la delegación tucumana, Raúl Iramain, acusados de no acatar una orden judicial que ordenaba restablecer la cobertura total de medicamentos para los afiliados a esa obra social en nuestra provincia.

PorTendencia de noticias
15 oct, 2025 02:35 p. m. Actualizado: 15 oct, 2025 03:23 p. m. AR
Citan a indagatoria a funcionarios del PAMI por no entregar medicamentos a jubilados tucumanos

Raúl Iramain, titular del PAMI en Tucumán, deberá presentarse a declarar el 13 de noviembre.

El responsable del Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, Guillermo Díaz Martínez, citó a declaración indagatoria al director ejecutivo nacional del PAMI, Esteban Ernesto Leguizamo, y al titular de ese organismo en Tucumán, Ernesto Raúl José Iramain, por supuesto incumplimiento de un mandato judicial para restituir la entrega de medicamentos a jubilados.


Las actuaciones se encuadran en una causa por presunta “resistencia o desobediencia a funcionario público”. Las audiencias fueron fijadas para el 13 de noviembre y se realizarán de manera remota desde dependencias de la Policía Federal Argentina (PFA).


La medida forma parte de la investigación abierta en el expediente N° 7024/2025, caratulado como: "Denunciado: PAMI s/ Resistencia o Desobediencia a Funcionario Público – Pretenso querellante: Blas Sánchez, Cecilia", impulsada por un dictamen del Ministerio Público Fiscal del 3 de octubre pasado.


El juez Díaz Martínez resolvió convocar a indagatoria a Leguizamo, en su carácter de director ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP – PAMI), quien deberá presentarse a las 9.30 ante la sede de la PFA más cercana a su domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y a Iramain, titular local del organismo, para el mismo día, a las 11 horas, ante la delegación local de la Policía Federal en calle Laprida 1074.


Ambos funcionarios deberán comparecer munidos de su DNI. Las audiencias se realizarán por videoconferencia, con conexión directa entre las sedes policiales y el Juzgado Federal.


Origen de la causa


La investigación se inició en mayo de 2025, tras una denuncia presentada por la Asociación Civil Red de Defensa al Consumidor y Usuario (REDECU), que responde al diputado nacional del Unión por la Patria y dirigente del gremio bancario, Carlos Cisneros, representada por los abogados Patricia Neme y Juan Robles. La entidad promovió una acción de amparo colectivo en diciembre de 2024, en la que solicitó la suspensión de las resoluciones del PAMI N° 2431/2024 y N° 2537/2024.


Según la denuncia, estas normativas modificaron el régimen de acceso a medicamentos con cobertura total, afectando gravemente a jubilados y pensionados de Tucumán. En particular, la Resolución 2431/2024 estableció condiciones más restrictivas para acceder a medicamentos al 100%, como no tener más de un inmueble, no poseer vehículos con menos de 15 años de antigüedad, y percibir ingresos inferiores a 1,5 jubilaciones mínimas. La Resolución 2537/2024 redujo ese límite de antigüedad vehicular a 10 años.


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Ambas medidas anularon en la práctica el programa “Vivir Mejor”, que desde 2020 garantizaba la cobertura total de más de 170 principios activos esenciales para todos los afiliados, sin requisitos adicionales. El Colegio de Farmacéuticos de Tucumán confirmó que el plan fue dado de baja el 1 de diciembre de 2024.

 

Medida cautelar y presunto incumplimiento


El 14 de febrero de 2025, el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza hizo lugar al amparo y ordenó suspender en la provincia de Tucumán la aplicación de las resoluciones cuestionadas. El fallo también exigía retrotraer la cobertura a su modalidad anterior y difundir públicamente la decisión judicial.


Sin embargo, ante la falta de cumplimiento, el tribunal resolvió el 14 de mayo de 2025 aplicar sanciones al director ejecutivo del PAMI. En concreto, lo emplazó a cumplir la cautelar en un plazo de tres días y fijó una multa de $100.000 diarios en caso de incumplimiento.


A pesar de que la Gerencia de Tecnología Informática del organismo informó que la medida comenzó a aplicarse el 1 de abril, la Fiscalía Federal recogió evidencia que indicaría lo contrario. Jubilados y pensionados informaron que continuaban abonando medicamentos que debían estar cubiertos en su totalidad, como Aspirina Prevent o Calciocit Plus, cuya cobertura actual oscila entre el 40% y el 50%.

El Colegio de Farmacéuticos corroboró esa información: actualmente, la cobertura del 100% se aplica “según la condición de cada paciente”, y no sobre el medicamento en sí, lo que —según el dictamen fiscal— viola la cautelar vigente.

 

Delitos imputados


La Fiscalía considera que la conducta de Leguizamo (foto inferior) e Iramain podría encuadrar, en forma preliminar, en los delitos de desobediencia judicial (art. 239 del Código Penal) e incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 249), en concurso ideal.


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Sobre el primero de los delitos imputados, el Código Penal establece: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones…”


En cuanto al segundo delito, la ley prevé: “Multa de $750 a $12.500 e inhabilitación especial de un mes a un año para el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio”.


La Fiscalía sostiene que ambos directivos, pese a estar debidamente notificados, habrían omitido cumplir una orden judicial “clara, concreta y legítima” que tenía como objetivo garantizar el acceso a medicamentos esenciales a un grupo vulnerable de la población. La gravedad del hecho, subraya el dictamen, radica en que se habrían vulnerado derechos fundamentales vinculados con la salud y la dignidad de adultos mayores.

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