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TRANSPARENCIA EN LOS PODERES DEL ESTADO

El PJ tucumano impulsa un nuevo proyecto de "Ficha Limpia" con aplicación tras una condena en primera instancia solamente

El legislador Gerónimo Vargas Aignasse elevó a la Cámara una iniciativa desde el oficialismo para bloquear el acceso a cargos públicos a condenados por delitos graves, incluso con fallo en primera instancia, lo que marca una diferencia patente en razón del proyecto presentado el año pasado por el Poder Ejecutivo. La propuesta introduce además la remoción automática del mandato con sentencia de "doble conforme".

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Gabriel ToledoTendencia de noticias
20 nov, 2025 04:49 p. m. Actualizado: 20 nov, 2025 04:49 p. m. AR
El PJ tucumano impulsa un nuevo proyecto de "Ficha Limpia" con aplicación tras una condena en primera instancia solamente

La Legislatura de Tucumán recibió un Proyecto de Ley que busca establecer un riguroso "Régimen de Integridad y Lucha Contra la Corrupción - Ficha Limpia". La novedad de esta iniciativa, impulsada por el legislador oficialista Gerónimo Vargas Aignasse (foto inferior), radica en su origen político: se trata del primer proyecto de esta naturaleza elevado desde las propias bancadas del Partido Justicialista, más allá que el año pasado el Poder Ejecutivo haya elaborado y elevado a la Cámara una iniciativa en este sentido.


Este hecho marca un quiebre, ya que propuestas similares en el pasado provinieron de la oposición, pero sistemáticamente perdieron estado parlamentario o no consiguieron el eco necesario en las comisiones para avanzar al recinto de sesiones. El proyecto del oficialismo retoma la bandera de la transparencia e introduce dos elementos centrales: la inhabilitación para ser precandidato o candidato ante una condena penal en primera instancia (diferencia sustancial con el proyecto emanado desde la Casa de Gobierno que establece la aplicación de la norma a partir de una sentencia confirmada en segunda instancia) y la pérdida automática del mandato para funcionarios electivos con una condena que alcance el estándar de "doble conforme".


El texto del proyecto establece de manera taxativa que el régimen tiene por objeto impedir el acceso a cargos públicos electivos o de alta función política a aquellas personas que registren condena penal en primera instancia, dictada en juicio oral y público, por delitos graves que comprometen la ética pública, la integridad de las personas, la seguridad institucional, el orden democrático y el funcionamiento del Estado.


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En sus fundamentos, la iniciativa subraya la exigencia social de elevar los estándares éticos: "La ciudadanía reclama -y con razón- que quienes aspiran a ejercer responsabilidades institucionales relevantes demuestren no solo capacidad técnica, sino también una trayectoria moral intachable y compatible con el servicio público. Este proyecto de ley de 'Ficha Limpia' constituye una respuesta concreta y contundente a esa demanda social", sostuvo Vargas Aignasse.


El proyecto enfatiza la necesidad de una barrera legal para proteger las instituciones:

"Esta ley invita a la Provincia a recorrer un nuevo camino, un camino que permita construir un valladar inexpugnable entre la sociedad y las prácticas que degradan la confianza pública. Un muro ético y jurídico que impida que la corrupción, el narcotráfico, la criminalidad organizada, los abusos sexuales graves y otros delitos de extrema gravedad encuentren resquicios ni fisuras para infiltrarse en las instituciones".


El catálogo de delitos inhabilitantes es amplio y se concentra en tipos penales de extrema gravedad, buscando evitar la inclusión de delitos culposos o de menor entidad. "Se limita a aquellos cuya gravedad y naturaleza hacen absolutamente incompatible el ejercicio de cargos públicos. Entre ellos se encuentran los delitos contra la Administración Pública, que afectan directamente la confianza en las instituciones; los delitos graves contra la integridad sexual; los delitos de narcotráfico previstos en la Ley 23.737; la trata y explotación de personas; los homicidios dolosos; los delitos contra la libertad individual, como el secuestro extorsivo, la desaparición forzada de personas, la reducción a servidumbre y la tortura; la criminalidad organizada, incluyendo asociación ilícita y lavado de activos; el terrorismo; los delitos contra el orden constitucional; y los delitos de lesa humanidad".


El estándar de la condena en primera instancia


Uno de los puntos más relevantes es la adopción de la sentencia de primera instancia como causal de inhabilitación, un criterio que ha generado debate en otras jurisdicciones. El legislador justifica esta decisión argumentando que no se trata de una medida preliminar.


"Este proyecto establece que la existencia de una condena penal en primera instancia, dictada en juicio oral y público, constituye un criterio objetivo y razonable de inhabilitación para ser candidato o precandidato a cargos electivos. La sentencia de primera instancia no es una mera imputación ni un acto preliminar: es el resultado de un debate contradictorio, de pruebas producidas y valoradas en audiencia pública y de la intervención de un tribunal imparcial", resaltó el vicepresidente de la Comisión de Seguridad y Justicia de la Cámara,


Para garantizar el cumplimiento de la norma, se establece un mecanismo de doble verificación: una declaración jurada obligatoria del aspirante y una certificación judicial obligatoria que la Junta Electoral deberá requerir tanto al Poder Judicial de Tucumán como al Federal.


En lo que respecta a la pérdida del mandato una vez asumido el cargo, el proyecto exige el "doble conforme": la existencia de una sentencia condenatoria con confirmación de un tribunal de segunda instancia (como el Tribunal de Impugnación o la Cámara Federal de Apelaciones). Este criterio busca respetar el derecho al recurso y garantizar que la remoción de un funcionario electivo se produzca solo tras una doble revisión judicial de la condena.


En definitiva, la ley se concibe con un carácter protector: "La finalidad de esta ley no es punitiva; es protectora. Protege la confianza pública, fortalece las instituciones, eleva los estándares de conducta exigibles a la dirigencia y contribuye a reconstruir la relación entre la sociedad y el sistema político. La honestidad ya no es un valor accesorio: es una condición sine qua non para ejercer la representación democrática", culminó Vargas Aignasse.

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