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GRAN SAN MIGUEL DE TUCUMÁN

Gestión de los residuos: la Justicia cita a la UTE adjudicataria y dilata la resolución sobre el conflicto

Moviser SRL, ex prestataria de los servicios en San Felipe y en Overo Pozo, había objetado la licitación del Consorcio. La firma beneficiada deberá responder la demanda.

Por Tendencia de noticias

08 sept, 2025 08:45 p. m. Actualizado: 08 sept, 2025 08:58 p. m. AR
Gestión de los residuos: la Justicia cita a la UTE adjudicataria y dilata la resolución sobre el conflicto

Cuando estaba listo el expediente para que se dictara sentencia respecto de la validez o de la nulidad de una licitación clave para la gestión de los residuos en el Gran San Miguel de Tucumán, la Justicia advirtió que faltaba una opinión clave. En consecuencia, la legalidad del proceso que estuvo a cargo del Consorcio Metropolitano (Girsu) y que finalizó con la aceptación de la propuesta de la unión transitoria de empresas (UTE) compuesta por Esur y Ciageser seguirá bajo revisión en Tribunales.


Esta vez, los jueces de la sala I en lo Contencioso Administrativo, María Florencia Casas y Juan Ricardo Acosta, declararon la nulidad del llamado "de autos para sentencia" que habían firmado el 21 de agosto, en el marco de una demanda que inició en abril la firma Moviser SRL. Se trata de la empresa que tuvo a su cargo hasta mayo la operación de las plantas de San Felipe (clasificación de residuos) y de Overo Pozo (disposición final), además del traslado de los residuos entre ambos centros.


Mediante el escrito, de 30 páginas, el abogado Augusto Bruchmann -con el patrocinio de Esteban Martín Padilla- había requerido ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo el dictado de una medida cautelar a favor de Moviser SRL para que “se impida que la firma adjudicataria (...) adquirir y ejercitar el status de adjudicatario legítimo y ejecutar los servicios y trabajos licitados hasta tanto se resuelva” este caso. El gerente de la firma, Máximo Ignacio Jiménez Montilla, ya había formalizado reparos respecto al trámite de licitación a cargo del Girsu. La Justicia no hizo lugar a la cautelar, pero la demanda para que se declarara la nulidad de la Resolución N°001/25 de fecha 28/03/2025 dictada por el Consejo de Administración del Consorcio Público Metropolitano por la cual se adjudicó la operación de los servicios a Esur SA, Ciageser SA (UTE) siguió su curso.


La firma representada por Bruchmann planteó que “el proceso licitatorio se llevó a cabo en colisión con los principios rectores de publicidad, concurrencia, igualdad y transparencia”, y marcó supuestas anomalías -como un presunto acceso anticipado a los datos del pliego-. Además, entre otros puntos, sostuvo que la propuesta de la UTE “resulta manifiestamente más cara e inconveniente” que la de Moviser SRL.


Luego de disponer el pase del expediente a dictado de sentencia, los jueces de la Sala I en lo Contencioso Administrativo advirtieron advirtieron sobre "la inexorable necesidad de integrar la litis con la UTE antes mencionada, ello en su calidad de adjudicataria de la prestación de servicio licitada por el ente accionado". "Ello pues es claro que la sentencia a dictarse en definitiva eventualmente podría llegar a afectar los derechos subjetivos de la adjudicataria; con lo cual su participación en la contienda aparece ineludible", justificaron. Con ese argumento, anularon la providencia y decidieron citar a Esur SA - Ciageser SA (UTE", "a los fines de que se apersone y responda demanda".


La UTE Esur SA-Ciageser resultó seleccionada en el proceso iniciado en febrero pasado por el Consorcio, que integran los municipios de San Miguel de Tucumán, Yerba Buena, Alderetes, Banda del Río Salí, Tafí Viejo y Las Talitas. La apertura de sobres se había llevado adelante el 7 de marzo, con un presupuesto oficial fijado en $ 81.000 millones por cinco años. La primera oferta que se leyó correspondía a Esur-Ciagese, con un precio final de $68.142 millones para brindar el total de los servicios. Moviser había planteado un precio final de $103.968 millones.

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