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REFORMAS NORMATIVAS

Advierten que la justicia tucumana está "impregnada por la perspectiva de género" y piden modificaciones al Código de Familia

El legislador José Macome impulsa reformas para combatir la "perspectiva de género dogmática", priorizando el interés superior del niño, la vulnerabilidad concreta y la sanción a falsas denuncias, con el objeto de garantizar el debido proceso y protección de vínculos filiales.

Por Tendencia de noticias

08 sept, 2025 05:56 p. m. Actualizado: 08 sept, 2025 06:11 p. m. AR
Advierten que la justicia tucumana está "impregnada por la perspectiva de género" y piden modificaciones al Código de Familia

Por Mesa de Entrada de la Legislatura tucumana ingresó un proyecto de ley presentado por el legislador José Macome (Compromiso con la Lealtad - foto inferior -) que propone modificaciones significativas a la Ley N° 9581, Código Procesal de Familia de la provincia. El espíritu central de esta iniciativa es "profundizar la defensa de los niños en los procesos de familia, garantizando sus derechos, el real respeto al interés superior del niño, por sobre la aplicación sistemática de cualquier ideología, así como también el debido proceso para todas las partes". El proyecto surge de las "Primeras y Segundas Jornadas Provinciales sobre Obstrucción del Vínculo y Falsa Denuncia", buscando incorporar "pautas claras y directas a efectos de detectar y disuadir la utilización de falsa denuncias de género y abuso".


Uno de los pilares más destacados del proyecto es su crítica frontal a la aplicación dogmática de la perspectiva de género en el ámbito judicial. Los fundamentos del proyecto señalan una "situación de extrema gravedad", afirmando que "la justicia se encuentra impregnada con la llamada 'perspectiva de género', que desde la formación judicial obliga a los aspirantes a la aplicación ciega de esta doctrina". Esta aproximación, según Macome, "ha llevado a la destrucción de familias y vidas, al colapso del sistema judicial y fundamentalmente a la desprotección de quienes efectivamente sufren violencia real".


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En respuesta a esta problemática, la propuesta legislativa busca reorientar la mirada hacia la "perspectiva de la vulnerabilidad" establecida en la Ley N° 9602, buscando "proteger al que - independientemente de su categorización - se encuentra en los hechos y de manera concreta en una situación de vulnerabilidad o desprotección". El proyecto "intenta remediar el desequilibrio que hoy existe, obligando a los jueces a ser garantes de los derechos fundamentales de los niños y también de la familia", evitando "establecer categorías abstractas de vulnerabilidades que permitan el ejercicio abusivo del derecho o que impidan el acceso a la justicia o la tutela judicial efectiva o más grave aún violenten el interés superior del niño".


Medidas clave


  1. Acceso a la Justicia para personas en situación de vulnerabilidad: Se propone modificar el Artículo 2 de la Ley 9581 para que el Proceso de Familia "facilite el acceso a la justicia, en particular tratándose de personas en situación de vulnerabilidad, conforme a las pautas de la Ley N° 9602". El proyecto pone énfasis en "proteger a los progenitores que se encuentran privados de contacto con sus hijos, obligando al juez a considerar e investigar la situación de esos padres de manera especial", procurando "detectar y evitar cualquier maniobra obstructiva que pudiera generar nuevas vulnerabilidades".


  1. Garantía del derecho a ser oído de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA): El nuevo Artículo 7 establece que los NNyA "tendrán derecho a ser oídos en todos los procesos e instancias que los afecten directamente. Su opinión deberá ser tenida en cuenta y valorada según su grado de madurez y discernimiento, considerando particularmente la posibilidad de que el relato se vea viciado por influencias propias del mundo adulto". Se exige un lenguaje "sencillo, de fácil comprensión y sin formalismos innecesarios" en los procesos. Una modificación central reside en las entrevistas personales previstas en el Art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, las cuales "deberán ser indefectiblemente tomadas por el Juez, bajo pena de nulidad". Se permitirá que "las partes, abogados y auxiliares de justicia, podrán participar en una sala contigua que garantice la libertad de declaración del NNyA, su derecho a ser escuchado, y a la vez el derecho de defensa de las partes. En ningún caso se podrá negar a los progenitores este derecho". Los fundamentos esgrimidos por Macome explican que la disposición actual "lesiona el derecho de defensa del progenitor y fomenta la manipulación y contaminación del niño". También se modifica el Código Procesal Penal para permitir que los progenitores "participen de dicha declaración sin que en ningún caso afecte la libertad del menor" en el caso de la cámara Gesell.


  1. Detección y sanción del fraude procesal y falsas denuncias: Una de las novedades más relevantes es la modificación del Artículo 79, inciso 10, que incorpora la obligación del juez de "sancionar el fraude procesal". El juez deberá "advertir a las partes las consecuencias de los falsos testimonios y las falsas denuncias, así como la utilización contra legem de normas contra la violencia". Además, "acreditada la falsedad de la denuncia el juez deberá comunicar a la Fiscalía que por turno corresponda, a efectos de dar curso al trámite penal correspondiente". Los fundamentos reiteran que el proyecto incorpora "la obligatoriedad de los jueces de prevenir la falsa denuncia de género o abuso como fraude judicial. Disponiendo que una vez detectado se dará intervención al fuero penal, por constituir tal situación un delito tipificado".


  1. Reformas en medidas cautelares para proteger vínculos filiales: En cuanto a las medidas cautelares y autosatisfactivas, se exigirá "caución suficiente, en los supuestos que correspondiere; se entenderá que corresponde cuando de la cautelar pudiere resultar un daño o lesión injustificado a la relación filial de la contraparte". Además, se "invierte el principio en cuanto a la necesidad de la audiencia, estableciéndose como regla general que se dictarán previa audiencia salvo casos excepcionales", buscando "garantizar el derecho de defensa, el debido proceso y proteger el interés superior del niño". El Artículo 20 modificado establece que al graduar la caución, se deberán considerar "especialmente los perjuicios que derivan de la aplicación de la medida en los vínculos filiales".


  1. Refuerzo de la obligación judicial de investigar la verosimilitud de los hechos: El Artículo 30 modificado establece que el Juez, si bien tendrá "amplias facultades para disponer la modalidad de protección", también estará "obligado a investigar la verosimilitud de los hechos que se invocan, principalmente cuando se aleguen cuestiones de violencia de género o delitos contra la integridad sexual". Asimismo, las medidas de protección tendrán un plazo máximo, y para su prórroga se requerirá "la acreditación de los hechos que motivaron su dictado y la demostración de que no se afecta el interés superior del niño". La propuesta considera que "el incumplimiento del límite de los plazos de restricción será considerado falta grave e incumplimiento de los deberes de funcionario público". Los fundamentos enfatizan que el vínculo filial "en cualquier caso -es irrecuperable", por lo que el incumplimiento del plazo temporal por parte del juez "incurrirá en una causal de mal desempeño del cargo".


Compromiso con la Justicia y los Derechos Humanos


Macome cierra sus fundamentos afirmando que el proyecto no busca "desproteger a las mujeres o a los niños en situación de abuso, sino que por el contrario, significa limpiar a la justicia de causas armadas o inventadas, para que pueda dedicarse a investigar o evitar casos como el de Lucio, Rocío, Julián Jiménez, Pastoriza Ferro, y tantos otros niños que evidenciaron su vulnerabilidad y la ausencia del estado". La iniciativa también busca "garantizar el derecho de defensa del progenitor que se encuentra excluido, el principio de inocencia, de tutela judicial efectiva, de acceso a la justicia, pero por sobre todo el interés superior del niño, evitando generar responsabilidad internacional para el estado provincial y nacional"., concluyó el parlamentario opositor.

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