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ESQUEMA IMPOSITIVO PROVINCIAL

Elías de Pérez cuestionó el veto parcial de Jaldo a una ley impositiva y advirtió sobre mayor discrecionalidad fiscal

La legisladora radical criticó que el Ejecutivo haya eliminado el artículo consensuado entre oficialismo y oposición que fijaba un orden claro para determinar impuestos y alertó sobre riesgos para la seguridad jurídica y la igualdad tributaria.

PorTendencia de noticias
30 dic, 2025 11:07 a. m. Actualizado: 30 dic, 2025 11:07 a. m. AR
Elías de Pérez cuestionó el veto parcial de Jaldo a una ley impositiva y advirtió sobre mayor discrecionalidad fiscal

La legisladora provincial Silvia Elías de Pérez lanzó duras críticas contra el veto parcial dispuesto por el gobernador Osvaldo Jaldo a una ley de contenido impositivo sancionada por la Legislatura, al sostener que la decisión del Poder Ejecutivo desnaturaliza el espíritu del consenso alcanzado y habilita un margen de discrecionalidad que puede afectar derechos básicos de los contribuyentes. El cuestionamiento central gira en torno a la eliminación del artículo que establecía un orden de prelación preciso para la determinación de los impuestos, punto que había sido acordado entre oficialismo y oposición.


Según señaló la parlamentaria, el veto recayó “precisamente sobre el artículo que había sido consensuado entre legisladores del oficialismo y la oposición”. En ese marco, explicó que “el veto alcanza al artículo que establecía un orden de prelación claro para la determinación de los impuestos, justamente para evitar que la administración tributaria quedara librada al libre arbitrio a la hora de elegir las fuentes de referencia”.


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Elías de Pérez advirtió que la supresión de ese mecanismo objetivo puede generar serias consecuencias prácticas. “Personas o comercios que están en situaciones similares podrían terminar pagando montos muy distintos, sin criterios objetivos ni previsibles”, sostuvo, al tiempo que remarcó que este tipo de discrecionalidad vulnera principios elementales del derecho tributario como la certeza, la igualdad ante la ley y la seguridad jurídica. “No se trata de una discusión técnica menor. Cuando el Estado puede elegir libremente cómo determinar un impuesto, el contribuyente queda en una situación de indefensión”, afirmó.


En su crítica política, la parlamentaria radical fue más allá y apuntó directamente contra el estilo de gestión del mandatario provincial. “Este veto parcial confirma una práctica reiterada del gobernador cuando una ley no responde a lo que él quiere, incluso si fue fruto del consenso entre oficialismo y oposición, decide vetarla y gobernar por imposición en lugar de respetar las reglas y el trabajo del Poder Legislativo”, cuestionó. Y concluyó con una definición categórica: “Vetar el artículo que ponía límites claros a la discrecionalidad no es una decisión técnica, es una definición política”.


Razones de la decisión


El veto parcial fue dispuesto por el Poder Ejecutivo sobre la ley sancionada por el Parlamento en la sesión del 4 de diciembre pasado, que modificaba la Ley N° 8467, sustituyendo el artículo 16 referido al Impuesto Único Anual a los automotores. El texto aprobado establecía que la Autoridad de Aplicación “determinará y liquidará el Impuesto Único Anual considerando como base imponible los valores que surjan de consultas a organismos oficiales o a fuentes de información sobre mercado automotor”, fijando además “el siguiente orden de prioridad” que incluía, entre otros, “los precios de venta publicados por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA)”, cámaras automotrices, concesionarios oficiales y publicaciones especializadas.


La norma también preveía que, en caso de que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA y CP) no actualizara los valores, “se tomará el orden de prelación establecido en el párrafo anterior”, cláusula que fue precisamente la vetada por el Ejecutivo. Desde el Gobierno provincial se argumentó que el texto sancionado “introduce cambios sustanciales que alteran el propósito inicial que motivó la propuesta modificatoria, incorporando disposiciones que no se encontraban contempladas en aquel y que desvirtúan completamente la política originalmente diseñada”.


En los considerandos del decreto de veto, se señala además que “la ley sancionada establece un orden de prelación de distintos parámetros para determinar el gravamen que excede el marco previsto y que cae en letra muerta en caso que la DNRPA actualice los valores, lo cual genera incertidumbre jurídica y dificultades materiales para su implementación”. A ello se suma que la norma “requiere la modificación de circuitos administrativos, sistemas informáticos y reglamentos internos, que no podrán adoptarse en el corto plazo”, razón por la cual se aconsejó “disponer el veto parcial de la expresión ‘de no ser así, se tomará el orden de prelación establecido en el párrafo anterior’”.


Con esos fundamentos, y tras los informes técnicos de la Dirección General de Rentas y de la Dirección de Asistencia Legal y Técnica del Ministerio de Economía y Producción, el Ejecutivo resolvió vetar parcialmente la ley y promulgar el resto de su articulado, invocando las facultades previstas en el artículo 71 de la Constitución provincial. Una decisión que, para Elías de Pérez, abre un debate de fondo sobre los límites al poder fiscal del Estado y el respeto a los acuerdos legislativos.

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