El proceso licitatorio llevado a cabo por el Consorcio Metropolitano para la gestión de los residuos sólidos urbanos en los municipios de San Miguel de Tucumán, Yerba Buena, Alderetes, Banda del Río Salí, Tafí Viejo y Las Talitas, fue observado ante la justicia provincial por parte de la firma MOVISER SRL, una de las que participó de dicha licitación junto, entre otras, a la empresa ESUR S.A., CIAGESER S.A UTE.
Justamente, en la demanda, a la que tuvo acceso TDN, presentada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, se solicita una medida cautelar con el objeto de declarar la nulidad de la resolución emanada desde el Consorcio que terminó adjudicando a la UTE la operación de la planta de transferencia de San Felipe, la provisión del servicio de transporte de Residuos sólidos urbanos (R.S.U.) desde la planta de San Felipe a la plata de Overa Pozo y la disposición final de los R.S.U. por el sistema de relleno sanitario para la operación de la planta de disposición final de Overa Pozo.
De acuerdo a lo planteado por Augusto Bruchmann, apoderado legal de MOVISER, lo que se pretende con la medida es que el Consorcio se abstenga concretamente de firmar el contrato o poner el mismo en ejecución hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa. Vale recordar que MOVISER SRL se encuentra contratada por el Consorcio Metropolitano para el servicio de transporte de RSU y disposición final de residuo sólidos desde el año 2012. En tanto que dicho contrato finaliza el 30 de abril venidero.
Plazos exiguos
El 7 de marzo se había llevado adelante la apertura de sobres, con un presupuesto oficial fijado en $ 81.000 millones por cinco años. La primera oferta que se leyó correspondía a la UTE, con un precio final de $68.142 millones para brindar el total de los servicios. MOVISER había elevado un precio final de $103.968 millones.
En la demanda, lo que se plantea primeramente es "el exiguo plazo" que existió entre la publicación de la venta de pliegos y la fecha de presentación de las ofertas, que fue de tan solo cinco días hábiles, "lo que aparece prima facie como algo notoriamente impropio para preparar una oferta seria en relación al delicado e importante objeto licitado, a menos que se haya contado con tiempo adicional para su preparación derivado de un conocimiento espurio del contenido del pliego", sostuvo Bruchmann en el escrito de 30 páginas.
En este sentido, el letrado aseveró "que hubo un acceso ilegitimo al contenido de los pliegos licitatorios antes de la adquisición de los mismos, lo que conspira abiertamente con el principio de igualdad y transparencia que resultan vectores en el proceso de licitación pública".
Al momento en el que se procede a la adjudicación de los servicios a la UTE por parte del Consorcio, el dictamen contó con disidencias fundadas de dos de sus integrantes (la minoría) que aconsejaron adjudicar el contrato a la oferta de la empresa MOVISER, considerando que “a su criterio, es la única oferta valida y/o admisible". Por lo que el abogado patrocinante de la empresa demandante sostiene que "en ese contexto la oferta de la UTE no se ajustó a las bases del pliego, careciendo la misma de validez".
Opción más cara
En tanto, otro de los cuestionamientos efectuados a la UTE se basa en que no acreditó, por ningún medio, que se haya dado cumplimiento al pago de la obligación tributaria referida al impuesto a los sellos exigido por la ley tributaria provincial 5121. Al respecto, se resalta que el sellado certifica que el documento ha sido debidamente registrado y es válido ante las autoridades fiscales y judiciales, y hace al cumplimiento –o no- de los requisitos legales exigidos. "La ausencia de sellado equivale a ausencia de garantía, y la ausencia de garantía equivale, lisa y llanamente, al rechazo de la propuesta", apuntó Bruchmann.
En paralelo, se objetó que la oferta presentada por la UTE no se correspondería con la más barata y conveniente de ser aceptada para la adjudicación final de los servicios licitados. Al respecto, la demanda recalcó que "la firma adjudicataria ha incurrido en referencias temporales extra pliego, errores en cálculos operativos, equipamiento insuficiente, y, en definitiva, en costos o precios que no eran los debidos". Adicionando en la denuncia datos cuantitativos donde se sugiere que la propuesta realizada por la UTE es $ 1.641 millones , superior "a la que expresó falsamente en su formulación", y que "adoptó ilegítimamente el Comitente adjudicante (Consoricio)".
MOVISER alertó que la medida cautelar solicitada se torna imprescindible ya que el contrato con la UTE adjudicataria ya estaría firmado y se ha fijado como fecha para la toma de posesión de los trabajos el próximo 1 de Mayo. "En consecuencia, la inacción o dilación en el dictado de una decisión precautoria provocaría perjuicios graves e irreparables para esta parte".
"Estamos ante una situación extrema de ilegitimidad e irregularidad que, de consumarse, implicaría la consagración de un escándalo sin precedentes, no solamente porque se estaría adjudicando a una oferta inadmisible, marginando a quien ha cumplido estrictamente los requerimientos licitatorios, sino, lo que es más grave, la adjudicación y el contrato seria ejecutado por una propuesta mucho más cara que, al falsear datos y componentes de costos, ha escondido en su interior elementos que en algún momento de la ejecución del contrato han de encontrar su canalización de concreción", dejó asentado en la demanda Bruchmann, advirtiendo que, ante una resolución contraria a la solicitada, se interpondrá un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.