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CONTROL DEL GASTO

El Tribunal de Cuentas frenó de manera preventiva un contrato millonario del Ministerio de Seguridad

Se trata de la contratación directa para el traslado de personal penitenciario desde la Terminal de Ómnibus hasta la cárcel de Benjamín Paz, por un monto de $ 1.752 millones anuales. El organismo de control advirtió que “no obra un informe de autoridad competente que justifique la razonabilidad del monto del servicio”.

PorTendencia de noticias
22 ene, 2026 03:27 p. m. Actualizado: 22 ene, 2026 03:27 p. m. AR
El Tribunal de Cuentas frenó de manera preventiva un contrato millonario del Ministerio de Seguridad


El Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC) dispuso detener de manera preventiva la ejecución del contrato impulsado por el Ministerio de Seguridad para el traslado diario de personal del Servicio Penitenciario al Complejo Penitenciario de Benjamín Paz, al formular una serie de observaciones jurídicas, contables y presupuestarias que deberán ser subsanadas antes de avanzar con la contratación.


La medida quedó plasmada en el Acuerdo N° 8, del 12 de enero de 2026, en el marco del control preventivo de legalidad del Decreto Nº 4.009/7 (SES), dictado por el Poder Ejecutivo el 30 de diciembre de 2025. Dicho instrumento autoriza la contratación directa de las firmas MA.LE.BO S.A.S. y BUSCOR SRL por un monto total de $1.752.000.000, para prestar el servicio de traslado de hasta 422 agentes penitenciarios, durante un plazo de 12 meses.


Según el esquema aprobado por el Ejecutivo, cada empresa debía operar con cinco unidades de transporte de pasajeros, cedidas en comodato por el propio Servicio Penitenciario, realizando dos viajes diarios por unidad, todos los días del año, incluidos feriados, con un costo fijado en $480.000 por viaje de ida y vuelta.


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Sin embargo, al analizar la documentación, el Departamento de Contadores Fiscales del TC advirtió una serie de inconsistencias que motivaron la intervención del organismo de control. Entre los puntos más relevantes, se señaló que “no obra Informe de Autoridad Competente sobre la razonabilidad del Monto del Servicio a Contratar”, una observación central dada la magnitud del gasto comprometido.


Asimismo, el informe contable, al que Tendencia de Noticias tuvo acceso, puso en duda la viabilidad operativa del servicio, al indicar que “la capacidad actual y original de traslado de Pasajeros (32) de las Unidades cedidas en comodato, no satisfacen las necesidades de traslado propuestas y requeridas”, y cuestionó si resulta “válido y suficiente” el informe presentado por una licenciada en Seguridad e Higiene para justificar el incremento de la cantidad de pasajeros transportados.


Otro de los aspectos observados fue la posible ejecución anticipada del servicio, ya que el contrato fija como fecha de inicio el 1° de enero de 2026. En ese sentido, se requirió a la repartición que informe “si se está ejecutando la Prestación del Servicio objeto del Contrato requerido, a los efectos de determinar si la misma, a la fecha, cuenta con Principio de Ejecución”.


A esto se suma la falta de documentación patrimonial, dado que “no obra Planilla de Alta de Bienes Patrimoniales emitida por la autoridad competente, de las Unidades para traslado de Pasajeros adquiridas oportunamente”, un requisito clave para el uso de bienes del Estado.


Las observaciones fueron ratificadas por el Contador Fiscal General, quien sostuvo que, previo a cualquier trámite, el organismo debe “dar cumplimiento y adjuntar la documentación allí indicada”, además de regularizar las cuestiones presupuestarias mediante un acto complementario.


En el plano económico, el Tribunal de Cuentas también exigió precisiones sobre el cambio del índice de actualización de precios, ya que se reemplazó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) previsto en el pliego por el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM). Al respecto, el acuerdo ordena que se “fundamente de manera expresa la modificación del índice de actualización de precios (…) justificando técnicamente la adopción del IPIM (…) y explicando su impacto económico y presupuestario”.


Frente a este cuadro, el Tribunal resolvió requerir formalmente al Ministerio de Seguridad que subsane todas las observaciones detalladas en los considerandos, dejando expresamente establecido que “los plazos del presente Control Preventivo no se encuentran corriendo” y que recién comenzarán a computarse una vez que el expediente reingrese con los requerimientos cumplidos.


Además, el organismo de control fue categórico al advertir a la repartición que debe abstenerse de ejecutar el acto administrativo bajo examen, al señalar que no podrá avanzarse con la contratación “hasta tanto este Organismo de Contralor se expida en definitiva”.


La resolución lleva la firma de los vocales Sergio Miguel Díaz Ricci, y Marcelo Vidal (el presidente Miguel Chaibén Terraf está de licencia).

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