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CONTROL Y DEFENSA AL CONSUMIDOR

Multan por $2,5 millones a showroom de la Capital por cobrar recargo al pagar con tarjeta de débito

La Dirección de Comercio Interior aplicó una sanción récord al local comercial "Alaska" por una práctica considerada ilegal y abusiva. El organismo insistió en que los costos de los medios electrónicos son propios del comercio y no pueden trasladarse al consumidor.

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09 dic, 2025 12:18 p. m. Actualizado: 09 dic, 2025 12:18 p. m. AR
Multan por $2,5 millones a showroom de la Capital por cobrar recargo al pagar con tarjeta de débito

La Dirección de Comercio Interior (DCI) de Tucumán impuso una multa de $2.500.000 al showroom Alaska, ubicado en la capital provincial, tras constatar la existencia de un cartel visible que informaba el cobro de un recargo cuando el cliente pagaba con tarjeta de débito. La medida fue calificada como ilegal, abusiva y sin fundamento jurídico.


El director de Comercio Interior, Manuel Canto (foto inferior), explicó que “cobrar recargo por transferencias, QR o débito no tiene fundamento legal ni lógica. Es tan absurdo como cobrarle a un cliente por usar el vestidor, por prender la luz para atenderlo o por el perfume ambiental del local. Son costos propios del comercio, no del consumidor. Además, los mecanismos electrónicos son servicios contratados por el comercio para aumentar sus ventas y ofrecer más opciones”.


Canto remarcó que los impuestos se pagan en todas las ventas, incluso en las de contado, y que por lo tanto no tienen relación con los pagos electrónicos: “Los impuestos están siempre presentes, independientemente de cómo se pague”.


El funcionario detalló que los costos reales de los servicios electrónicos son mínimos y están regulados por la Ley 25.065, muy lejos de los recargos del 10% o 20% que algunos comercios intentan imponer. En tal sentido, ejemplificó con los siguientes casos:


  • Transferencias / billeteras virtuales: en muchas billeteras 0% (sin comisión) y en otras costos mínimos según proveedor.

  • Tarjeta de débito: comisión regulada entre 0,8% y 1%.

  • Tarjeta de crédito en un pago: comisión máxima 2%.


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“Estos costos son parte de la actividad comercial. Por eso el precio al consumidor debe ser siempre el mismo que en efectivo”, sentenció Canto.


Sobre el argumento de algunos comerciantes de trasladar impuestos, el director fue tajante: “Todos los comercios pagan impuestos en todas las ventas, incluso en las de contado: 21% de IVA y 5% de Ingresos Brutos. Esto es inherente a la actividad comercial y no autoriza a trasladar costos indebidos al consumidor, sin importar la forma de pago”.


Los consumidores que detecten esta práctica pueden denunciarla en las oficinas de Defensa del Consumidor en 9 de Julio 497 (Capital) o en San Martín y Avellaneda (Concepción).

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