
El Gobierno de Tucumán oficializó este viernes la puesta en vigencia de dos Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) firmados por el gobernador Osvaldo Jaldo a fines de 2025, que fueron ratificados por la Legislatura provincial durante la primera sesión extraordinaria de 2026, ambas sustentadas en la emergencia económica y social que rige en la provincia.
Las normas, publicadas en el Boletín Oficial Nº 31.133, corresponden a la Ley Nº 9.964 y la Ley Nº 9.965, mediante las cuales el Poder Legislativo avaló en todos sus términos los decretos acuerdos Nº 11/3 (MEyP) y Nº 1/3 (MEyP), respectivamente, en la sesión realizada el pasado 27 de enero.
La Ley Nº 9.964 convalida el DNU que establece una serie de restricciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, sus entes autárquicos y descentralizados, y aquellos organismos que, aun contando con autonomía financiera, requieran asistencia del Tesoro provincial para afrontar el pago de salarios o gastos de funcionamiento. La medida se enmarca en la prórroga de la emergencia económica provincial hasta el 31 de diciembre de 2027.
Entre los puntos centrales del decreto se dispone la prohibición de realizar nuevas designaciones de personal y contrataciones bajo relación de empleo público, con excepciones puntuales para garantizar la continuidad de funciones esenciales. También se habilita, de manera transitoria y excepcional, la reasignación de agentes entre distintas áreas del Estado, siempre que no implique un mayor gasto y se respeten las condiciones laborales de origen.
Asimismo, el DNU establece que cualquier modificación salarial que implique incrementos o la creación de nuevos conceptos remunerativos deberá contar con autorización previa del Poder Ejecutivo, bajo apercibimiento de responsabilidad personal para los funcionarios que incumplan la norma. Las disposiciones rigen desde el 1º de enero de 2026 por el término de dos años, con posibilidad de prórroga.
En tanto, la Ley Nº 9.965 ratifica el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia Nº 1/3 (MEyP), que exceptúa hasta el 31 de diciembre de 2026 la presentación del certificado de cumplimiento fiscal como requisito para la admisibilidad de ofertas en las contrataciones de bienes y servicios que realice el Estado provincial.
Según se fundamenta en la norma, la medida busca agilizar los procesos de compras y contrataciones, fomentar una mayor concurrencia de oferentes y evitar que exigencias formales desalienten la participación en licitaciones, en un contexto económico complejo. El decreto aclara que la eximición no implica una condonación de obligaciones tributarias, ya que el Estado conserva las facultades para exigir el cumplimiento impositivo por las vías administrativas y judiciales correspondientes.
Con la publicación en el Boletín Oficial, ambos DNU quedaron formalmente incorporados al ordenamiento jurídico provincial, consolidando el paquete de medidas adoptadas por el Ejecutivo para contener el gasto público, garantizar el equilibrio fiscal y asegurar el funcionamiento del Estado en el marco de la emergencia económica vigente.