
El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de control de la planta estatal que prohíbe las nuevas designaciones en el ámbito de la administración pública nacional. La medida, enmarcada en el proceso de reestructuración que lidera el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, busca limitar el gasto público mediante la congelación de vacantes y la implementación de mecanismos restrictivos para el ingreso de personal, permitiendo nuevas altas únicamente bajo criterios específicos de recambio.
La normativa, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece una prohibición amplia que alcanza diversas modalidades contractuales. Según el texto oficial: “Las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c) de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza“.
Vale recordar que, en el caso de Tucumán, el gobernador Osvaldo Jaldo adoptó primeramente, antes que finalice 2025, una medida similar que aplica a las dependencias del Poder Ejecutivo pero que hace extensiva la invitación a que se adhieran los demás poderes del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, además de la Defensoría del Pueblo. El argumento de la gestión local es resguardar el superávit fiscal y aplicar un torniquete al gasto público. En el texto del DNU remitido al Poder Legislativo, se fundamenta la decisión, que se extiende por dos años (prorrogables) en la necesidad de “asegurar la administración responsable de los fondos públicos”, remarcando que el contexto económico obliga a “garantizar el equilibrio fiscal, el pago íntegro y puntual de las remuneraciones del sector público y el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de la Provincia”.
Esta disposición anula la posibilidad de sumar trabajadores a plantas transitorias, contratos por tiempo indeterminado, plazos fijos, tiempos parciales o tareas eventuales. También se incluyen las locaciones de servicios de profesionales autónomos y las designaciones transitorias en planta permanente.
No obstante, el decreto contempla excepciones para áreas críticas. Quedan fuera de esta restricción:
Personal de universidades nacionales.
Servicio Penitenciario Federal.
Miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (excluyendo al personal civil).
Profesionales de la salud en hospitales e institutos de investigación.
Personal del Sistema Nacional de Manejo del Fuego y guardaparques.
El esquema de "uno por dos"
A partir de 2026, las dependencias que necesiten cubrir vacantes deberán ajustarse a un sistema de reemplazo controlado. El artículo 3° dispone que se podrá realizar una sola contratación por cada dos bajas producidas, siempre que dichas bajas no correspondan a retiros voluntarios o acuerdos de desvinculación.
Cualquier incorporación bajo este esquema requerirá la validación previa de la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público. Excepcionalmente, y ante necesidades estratégicas acreditadas, se podrá evaluar el ingreso de dos empleados por cada baja, siempre que el organismo haya completado previamente un saneamiento de su estructura.
La normativa excluye de la prohibición a los artistas y profesionales de la Secretaría de Cultura en casos de prestaciones intelectuales o suplencias en cuerpos estables. Asimismo, se mantienen vigentes las prórrogas de contratos actuales, la designación de personal de gabinete y los movimientos internos mediante el Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI).
El decreto también subraya la obligatoriedad de cumplir con el cupo de discapacidad previsto en la Ley N° 22.431 y ordena a los representantes estatales en empresas públicas y fondos fiduciarios aplicar políticas de austeridad similares.
Finalmente, el Ejecutivo derogó el Decreto N° 1148/2024 y extendió la vigencia de limitaciones previas: “Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de la Decisión Administración Nº 28 del 1° de febrero de 2024 prorrogada por la Decisión Administrativa N° 1 del 6 de enero de 2025“.
De esta manera, el marco normativo se ajustará a las partidas presupuestarias vigentes para el presente ejercicio administrativo.