Un importante proyecto de ley fue presentado en la Legislatura, buscando la creación del Colegio de Enfermería de la Provincia de Tucumán. Esta nueva entidad, con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, tendrá su domicilio real y legal en San Miguel de Tucumán y jurisdicción en todo el territorio provincial, y será el único ente reconocido por el Estado Provincial para la realización de los objetivos y finalidades expresadas en esta Ley. Su propósito principal es regular y promover la profesión de enfermería, asegurando la excelencia y la ética en su ejercicio.
Según los fundamentos del proyecto, elaborado por Gabriel Yedlin, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara (foto inferior), la relevancia de la enfermería es innegable. "Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 70 % de la atención que recibe un paciente en el sistema de salud es llevada adelante por personal de enfermería. Podría decirse que el propio sistema de salud de un país se asienta sobre las funciones que cumplen estos profesionales. De allí que hagan falta más enfermeros de los que hay en todo el mundo, justamente por su indispensable tarea dentro de los sistemas de salud".
La enfermería del siglo XXI es una profesión multifacética y vital, destacó el parlamentario peronista: "involucra los cuidados autónomos y compartidos en los equipos de los talentos humanos en salud, orientados a dar respuesta de calidad en todo el ciclo de vida a las personas, las familias, grupos y comunidades, en todos los niveles de atención y en todos los contextos. Incluye dentro de sus funciones, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la recuperación y rehabilitación en la lógica de los cuidados progresivos; de protección y defensa de los derechos humanos y diversidades. Además del fomento de un entorno seguro en una cultura de humanización, con la inclusión de las tecnologías de la información y comunicación para la mejora continua en la organización; el funcionamiento y gestión de los cuidados, la docencia, asesoramiento e investigación, con una mirada ética, integral e integradora y libre de discriminación alguna". De acuerdo a la iniciativa, la creación de este Colegio "velará por la excelencia y la ética en el ejercicio profesional, además de contribuir a la mejora de las políticas sanitarias buscando contribuir a mejorar la salud de la población".
La propuesta de ley establece claramente quiénes podrán ser miembros del Colegio: "Los Licenciados en Enfermería y Enfermeros Universitarios que posean títulos habilitantes expedidos por Universidades Nacionales, Públicas o Privadas reconocidas oficialmente; o extranjeras cuyo título haya sido revalidado". También se incluye a "los Enfermeros Terciarios egresados de Instituciones de Nivel Superior no Universitario, oficialmente reconocidas".
Para la inscripción se requerirán, entre otros, ser mayor de edad, acreditar identidad personal con el DNI, y "acreditar el título de grado universitario, o de Técnico Universitario o Superior, con la documentación legal respectiva expedida por la Universidad o entidad educativa autorizada".
El Colegio contará con dos categorías de miembros: "Socio Activo", para quienes cumplan con los requisitos y las disposiciones estatutarias, y "Socio Honorario", destinado a personas o entes jurídicos que hayan prestado "servicios destacados a la Institución y/o Comunidad" a consideración del Consejo Directivo.
El proyecto, que fue acompañado por las firmas de Maia Martínez, Alberto Olea, Silvia Elías de Pérez, Alejandro Figueroa y Sandra Figueroa, también detalla las causas de inhabilitación, garantizando que solo profesionales calificados puedan ejercer. No podrán ser miembros "los inhabilitados para el ejercicio de la profesión por resolución judicial firme o sanción del organismo que gobierne la matrícula por resolución firme, los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, los incapaces de hecho y derecho conforme la legislación vigente o quienes no reúnan los requisitos de admisión previstos en la presente Ley". Es importante destacar que la habilitación para el ejercicio de la profesión, el otorgamiento de la matrícula, su gobierno, control y administración, así como el cese o suspensión de la misma, es potestad del Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección General de Fiscalización Sanitaria.
Funciones
El proyecto de ley asigna al Colegio una serie de funciones esenciales para el desarrollo y protección de la profesión, entre las cuales se destacan:
Dictar y sancionar sus estatutos y reglamentos.
Denunciar el ejercicio ilegal de la profesión.
Promover el progreso de la enfermería, tanto en su formación como en el ejercicio y liderazgo.
Implementar estrategias de capacitación y actualización para el desarrollo técnico científico de los colegiados, propiciando la investigación científica.
Aplicar sanciones disciplinarias a las faltas que cometieran sus miembros en el ejercicio de la profesión.
Colaborar con los organismos públicos y privados que lo soliciten, en temas referidos a la educación, la salud y la investigación en enfermería.
El documento describe una sólida estructura de gobierno para el Colegio, compuesta por cuatro órganos principales: "La Asamblea", "La Comisión Directiva", "La Comisión Revisora de Cuentas" y "El Tribunal de Ética y Disciplina". La elección de los miembros de estos órganos se realizará mediante "voto directo, secreto, obligatorio e igual de los colegiados activos". Un aspecto destacado del proyecto es la obligatoriedad de respetar la paridad de género vigente en las listas de candidatos. La Comisión Directiva designará a los integrantes de la Junta Electoral del Colegio, que se encargará de depurar el padrón, oficializar listas, organizar el comicio, realizar el escrutinio definitivo y proclamar a los electos. Además, se prevén recursos de reconsideración y apelación ante las decisiones de la Junta Electoral, garantizando la transparencia del proceso electoral.
Este proyecto de ley, se infiere, representa un avance significativo para la profesión de enfermería en Tucumán, brindando un marco institucional que permitirá su regulación, promoción y constante mejora, en beneficio de los profesionales y, fundamentalmente, de la salud pública de la provincia.