
La Justicia tucumana dictó una sentencia interlocutoria que marca un antes y un después en el uso de inteligencia artificial en los procesos judiciales del fuero Civil y Comercial. En una causa contra la firma Booking.com Argentina SRL, un juzgado de la capital provincial sancionó a una abogada de la parte demandante por haber invocado jurisprudencia inexistente en su demanda. El tribunal consideró que esa conducta era compatible con un uso irresponsable de herramientas de IA sin el debido control profesional.
La resolución, a la que tuvo acceso Tendencaia de Noticias, fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial Común X° Nominación, a cargo del juez Santiago José Peral, en el expediente “Ortiz, Fátima Cecilia c/ Booking.com Argentina S.R.L. y otro s/ daños y perjuicios”. Allí se declaró configurada la temeridad y mala fe procesal de la letrada patrocinante de la actora, Marcela Cecilia Lazarte Vigabriel, tras comprobarse que al menos seis precedentes citados para fundar la demanda no pudieron ser verificados en ninguna base de datos jurídica.
El caso se originó cuando la defensa de Booking, a cargo del abogado Federico Sassi Colombres, cuestionó, en la audiencia inicial, la autenticidad de los fallos invocados por la parte actora. Ante ese planteo, el tribunal intimó a la abogada a acompañar copias íntegras de la jurisprudencia citada. Sin embargo, pese al plazo otorgado, los precedentes no fueron acreditados y varios de los enlaces aportados remitían a causas distintas o a sitios sin relación con lo afirmado en el escrito inicial. La letrada argumentó en su descargo que la jurisprudencia había sido extraída de sitios oficiales y se opuso a las sanciones, por lo que se le otorgó un plazo de cinco días para acompañar los precedentes.

Tras un análisis exhaustivo, el juez concluyó que los fallos mencionados —entre ellos “González c/ Booking.com”, “Defensoría del Pueblo c/ Viajes YA S.A.” y “Ortiz c/ Agencia de Viajes SRL”— no existen o no pudieron ser identificados, lo que llevó a tenerlos por no acreditados. En ese contexto, el magistrado sostuvo que, por la forma en que fueron construidas las citas, “puede razonablemente inferirse” que las mismas pudieron haber sido generadas mediante inteligencia artificial, aunque sin un control humano efectivo sobre su veracidad.
La sentencia subraya que el uso de IA en la práctica jurídica no es reprochable en sí mismo, pero advierte que estas herramientas deben operar únicamente como auxiliares del trabajo profesional. En particular, remarca que la invocación de jurisprudencia inexistente compromete la buena fe procesal, la lealtad y la veracidad que deben regir la actuación de los abogados en juicio.
Como consecuencia de esa conducta, el juzgado impuso a la letrada una multa equivalente al valor de una consulta escrita vigente, fijada en 620.000 pesos, ordenó la remisión de las actuaciones al Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados de Tucumán y le impuso las costas de la incidencia en forma personal. La parte actora, en cambio, fue eximida de sanciones al considerar que se trata de una consumidora ajena a las decisiones técnicas adoptadas en el proceso.
El fallo constituye el primer antecedente en el fuero Civil y Comercial de Tucumán en el que se aplican sanciones concretas por el presunto mal uso de inteligencia artificial en la elaboración de escritos judiciales, y fija un criterio claro sobre la responsabilidad profesional frente a estas tecnologías.
Otro caso, en el fuero penal
Como antecedente, a fines de 2025 la Corte Suprema de Justicia de Tucumán ya había formulado un severo llamado de atención en un proceso penal, al detectar la utilización de citas jurisprudenciales inexistentes atribuidas al uso de IA, exhortando entonces al Colegio de Abogados a promover un uso responsable y éticamente controlado de estas herramientas.
La inédita situación surgió a partir un pedido de control extraordinario que la abogada Mirta Mariana Santillán (Matrícula Profesional 9737) a una sentencia dictada en abril del año pasado en contra de su defendido (condenado por abuso sexual). Al tomar el análisis del planteo, los miembros de la Sala Civil y Comercial, Familia y Penal del máximo tribunal, que integran Daniel Leiva, Antonio Estofán y Daniel Posse, advirtieron sobre una "serie de groseros errores técnicos" en el escrito presentado por la letrada en cuestión.
Según el escrito, la abogada citó dos -supuestos- fallos del máximo tribunal, uno de 2020 y otro de 2021. "Ambas 'sentencias' transcriptas parcialmente por la letrada resultan inexistentes", afirmaron los vocales. Y detallaron: "en primer lugar, la forma de citar y enunciar las causas son completamente extrañas a nuestro sistema procesal y al modo de colección de jurisprudencia en nuestro ámbito. Por otra parte, el texto no se corresponde a ninguna sentencia dictada por esta Corte en las fechas precisadas por la defensora". La conclusión de la Corte fue que la letrada uso de manera incorrecta la IA, lo que le valió la sanción disciplinaria.
El nuevo pronunciamiento civil refuerza ahora esa línea y la proyecta al ámbito del derecho privado.