
En una reciente resolución que pone bajo la lupa la gestión de los recursos públicos destinados a la recreación y el deporte, el Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC) emitió el Acuerdo N° 229, mediante el cual formuló una advertencia a la Secretaría de Estado de Deportes, dependiente del Ministerio del Interior. El organismo observó que la repartición ejecutó un gasto de $503.650.000 para la participación de la delegación tucumana en los Juegos Nacionales Evita 2025, sin contar con los instrumentos legales autorizantes previos y sin haber acreditado fehacientemente el destino de adelantos financieros otorgados con anterioridad.
El conflicto administrativo surge a partir del Expediente N° 202-530-S-2025, donde se analizó el Decreto N° 221/10 (MI) del 4 de febrero de 2026. A través de este instrumento, el Poder Ejecutivo buscó ratificar la contratación de la firma Operadores Turísticos SRL para brindar servicios de transporte, comida y alojamiento por seis noches para 360 personas en la ciudad de Mar del Plata.
Sin embargo, el TC, con las firmas de su presidente Miguel Chaibén Terraf y los vocales Sergio Díaz Ricchi y Marcelo Vidal, aclaró que el análisis se dio bajo un "Control Posterior de Legalidad", debido a que las prestaciones ya habían sido ejecutadas antes de ser sometidas al control del organismo. Según el texto del acuerdo: "Nos encontramos frente a prestaciones que tienen principio de ejecución... la Secretaría de Estado de Deportes deberá informar el destino que se le dio a los fondos antes mencionados, adjuntando documentación de respaldo pertinente".

La auditoría interna del TC reveló que se habían otorgado anticipos de fondos extrapresupuestarios por un total de $200 millones mediante los Decretos Nº 2948/3 (SH) y Nº 2949/10 (MI) en octubre de 2025. Pese a ello, el Departamento de Contadores Fiscales advirtió que no se precisó en qué se emplearon esos montos.
En consecuencia, el Tribunal resolvió "advertir a la Secretaría de Estado de Deportes que deberá cumplimentar los extremos indicados y que en lo sucesivo deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el art. 127 de la Ley 6970 en materia de disposición de fondos públicos".
Cabe recordar que el mencionado Artículo 127 de la Ley de Administración Financiera establece la obligatoriedad del control preventivo: "Todos los actos administrativos referidos a la hacienda pública deberán ser comunicados, antes de entrar en la ejecución, al Contador Fiscal delegado o indicado con todos los antecedentes que lo determinen".
Los argumentos del Ejecutivo: "Transición y excepcionalidad"
En el texto del Decreto N° 221/10 (MI), el Secretario de Deportes, Diego Erroz, justificó la irregularidad administrativa señalando que la repartición se encontraba en una "etapa de transición administrativa", pasando de la órbita del Ministerio de Educación a la del Ministerio del Interior. Según el funcionario, esta "situación excepcional dificultó la realización de procedimientos de contratación en los plazos ordinarios habituales".
El decreto también admite explícitamente la falta de formalidad previa al señalar:
"En las presentes actuaciones consta que el gasto cuyo pago se gestiona no cuenta con instrumento legal autorizante".
No obstante, la Provincia procedió a la aprobación del pago invocando el "principio del enriquecimiento sin causa", argumentando que, al haber sido prestado el servicio efectivamente por la empresa (que presentó la oferta más baja entre cuatro presupuestos), el Estado no podía desconocer la deuda.
La factura en cuestión (Factura B N° 00004-00000624), emitida el 25 de noviembre de 2025 por la suma de $503.650.000,00, fue conformada por el Secretario de Deportes para cubrir el traslado de los 360 deportistas entre el 28 de septiembre y el 5 de octubre de 2025. A pesar de la aprobación técnica de la prestación, el Tribunal de Cuentas mantuvo su postura de apercibimiento legal ante la desprolijidad en el manejo de las partidas presupuestarias y la falta de rendición de los anticipos previos.