
El Tribunal de Cuentas de Tucumán emitió el Acuerdo 5877 el 29 de diciembre de 2025, mediante el cual se advierte un posible perjuicio al erario público derivado de irregularidades en la gestión financiera del Centro de Educación Física N° 18 (CEF 18), dependiente del Ministerio de Educación. Presidido por Miguel Chaibén Terraf y con la participación de los vocales Miguel Díaz Ricci y Marcelo Vidal, el Tribunal determinó el inicio de una investigación sumaria para esclarecer los hechos y asignar responsabilidades, basándose en un informe de auditoría que revela falencias en el registro presupuestario, control de gastos y manejo de fondos no oficiales.
El Acuerdo se fundamenta en el Expediente N° 3287-270-CFG-25, que contiene actuaciones vinculadas a la auditoría realizada en el CEF 18. En los considerandos, se cita el informe elaborado por la contadora fiscal Josefina Rodríguez Villeco, quien detalla una serie de anomalías: "El CEF 18 no se encuentra incluido en el Presupuesto General de la Provincia, y por lo tanto sus ingresos y egresos no son registrados ni presupuestaria ni contablemente en el sistema contable SAFyC (Sistema de Administración Financiera y Control). Posee dos cuentas bancarias activas del Banco Macro, las cuales no se encuentran registradas en el sistema SAFyC. En cuanto a la ejecución de gastos se informa que no se somete a control preventivo de la Delegación Fiscal la totalidad de los mismos conforme a lo establecido en la Ley de Administración Financiera. Respecto a los ingresos se indica que los mismos provienen de cuotas sociales como así también de contratos distintas instituciones educativas del medio, formales y no formales. Conforme se indica en el punto 10 del informe de auditoría antes mencionado, se advierte que la metodología de pago utilizada por el Centro, incumple la normativa vigente que reglamenta los mismos”.
Además, el informe agrega precisiones sobre la normativa aplicable al CEF 18 ala sostener que "el mismo se rige por lo determinado en la circular Nº 34/24 (ampliatoria de la circular Nº 33/24) la cual detalla la forma y uso de fondos no oficiales para Centros de Educación Física y albergues educativos. Es decir que todos los ingresos y gastos realizados por el CEF 18 son rendidos en sector de Auditoría Interna del Ministerio de Educación, y no son registrados correctamente conforme lo establece la Ley 6970 de Administración Financiera”.

Ante estos hallazgos, el Tribunal concluyó que, “a fin de determinar la existencia de un eventual perjuicio fiscal, corresponde se inicie una Comprobación Sumaria en el Ministerio de Educación (Centro de Educación Física N° 18) en los términos del Art. 131 inc. 4º de la Ley 6970 de Administración Financiera, siendo este procedimiento el marco adecuado para analizar y llegar a conclusiones definitivas, a efectos de deslindar las responsabilidades legales emergentes”.
En consecuencia, el Acuerdo dispone en su Artículo 1°: “Disponer la sustanciación de una Comprobación Sumaria en el Ministerio de Educación (Centro de Educación Física N° 18), a tramitarse en sede de este Tribunal de Cuentas, a los fines de determinar la existencia de eventuales perjuicios al erario y deslindar en su caso las responsabilidades emergentes, según lo expuesto en los considerandos que anteceden”. El Artículo 2° designa como instructora a la abogada fiscal Dra. Florencia Terán Nougues, “con todas las facultades y responsabilidades de ley, debiendo elevar las resultas en un plazo de 60 días”.