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Ante los reiterados reclamos ciudadanos por montos exorbitantes en las boletas de servicios, el legislador provincial Walter Berarducci (foto inferior) formalizó un proyecto de ley para declarar la emergencia del servicio público de distribución de energía eléctrica en todo el territorio de Tucumán por el plazo de 12 meses. En los fundamentos de la iniciativa, el parlamentario advirtió sobre el impacto social y productivo de las tarifas, señalando que en los últimos meses "se han hecho públicos reclamos masivos de usuarios residenciales y de pequeños comercios de distintos puntos de la Provincia por facturas de importes extraordinarios, que convirtieron a la boleta de servicio en un instrumento de confiscación de ingresos para las familias y la producción local". Asimismo, el texto cuestiona el rol de los organismos de control al sostener que "el Estado Provincial no puede permanecer ajeno ni actuar como una mera escribanía que convalida aumentos corporativos a través de un ERSEPT ausente, siendo imperativa una auditoría externa e independiente sobre la estructura de costos y el VAD (Valor Agregado de Distribución) de EDET S.A.".
El proyecto plantea un esquema de intervención y saneamiento estructurado en cuatro títulos principales. En primer lugar, se establece una revisión exhaustiva del contrato de concesión de EDET , sus actas de renegociación y el comportamiento del VAD, los costos de abastecimiento, las inversiones obligatorias y los parámetros de calidad del servicio.
En el plano operativo inmediato, el artículo 4° de la norma dispone "la suspensión provisoria de cualquier aumento o re-determinación del Valor Agregado de Distribución (VAD) perteneciente a EDET S.A." y faculta al Poder Ejecutivo a instrumentar una auditoría contable y financiera con la participación de universidades públicas y consejos profesionales. Del mismo modo, el artículo 5° prohíbe taxativamente a la prestataria incluir en las facturas tasas, recargos municipales o impuestos corporativos ajenos al consumo eléctrico puro, tales como el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios (Ley N° 25.413).

La propuesta legislativa contempla un aspecto específico destinado a resguardar a los pequeños comercios, talleres y prestadores de servicios nucleados en la categoría T1G. Sobre este sector, el proyecto subraya que "resulta especialmente grave la situación de los usuarios comerciales encuadrados en la categoría T1G, quienes soportan cargos fijos desproporcionados por disponibilidad de red que deben abonar aun con consumo cero o locales cerrados, absorbiendo el 100% del Valor Agregado de Distribución (VAD) sin ningún tipo de subsidio ni red de contención estatal". Por esta razón, se crea un régimen de emergencia tarifaria que prevé una adecuación equitativa del cargo fijo y topes porcentuales a la incidencia del VAD.
En materia institucional, la iniciativa exige que el Ente Regulador de los Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT) reoriente sus funciones hacia la defensa de los consumidores, advirtiendo que el organismo deberá expedirse de forma vinculante ante los reclamos colectivos por facturación indebida bajo apercibimiento de incurrir en incumplimiento de los deberes de funcionario público. Para respaldar la legalidad de estas medidas, el proyecto se ampara en la doctrina administrativa y en precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al recordar que los contratos de concesión de servicios públicos se rigen por un régimen exorbitante de derecho público en resguardo del interés general.