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Las empresas argentinas que exportan granos a China deberán actualizar su inscripción ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). El trámite es obligatorio y podrá realizarse hasta el 6 de septiembre inclusive, en el marco de la revisión anual del registro y de los acuerdos sanitarios vigentes entre ambos países.
La convocatoria está dirigida tanto a las firmas que buscan incorporarse por primera vez como a aquellas que ya se encuentran registradas, pero necesitan modificar su razón social o domicilio, o sumar nuevos productos a su nómina de exportación.
El procedimiento también exige que las empresas estén inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de esa condición, deberán gestionar la solicitud mediante el Sistema de Autogestión de Solicitudes de Exportación del SENASA.
Para iniciar el trámite, los exportadores tienen que ingresar al servicio correspondiente desde la página de ARCA, seleccionar la opción para cargar una solicitud de exportación de productos granarios y elegir a China como país de destino. Luego deberán precisar el tipo de gestión, ingresar el CUIT de la empresa y completar los datos de contacto.
Proveedores y documentación obligatoria
El proceso continúa con la selección de los granos que la firma pretende exportar. Además, cada empresa deberá aceptar el compromiso previsto en el Anexo III, relacionado con las condiciones de muestreo y la conservación de las muestras durante 120 días.
En cada convocatoria también será necesario actualizar el Anexo II, que contiene el listado de los posibles proveedores de granos, como plantas de acopio. Ese documento deberá ser confirmado por todos los exportadores con destino a China y remitido a la Dirección de Información Estratégica Fitosanitaria del SENASA.
Para los embarques de cebada y trigo se agregan declaraciones juradas específicas sobre el proceso de zarandeo. Los formularios correspondientes —identificados como anexos V y VI— deberán presentarse ante la oficina del SENASA ubicada en el puerto local desde el cual saldrá la mercadería.
Las solicitudes ingresadas después del 6 de septiembre permanecerán en estado “pendiente” hasta la apertura de una nueva convocatoria. El cumplimiento del trámite no constituye una mera formalidad administrativa: es uno de los requisitos para que las empresas puedan integrar el registro de exportadores habilitados para operar con China, un mercado sujeto a protocolos específicos de control y trazabilidad.