
Recién llegado de Oslo, Milei estampó su firma en la norma de reforma laboral.
El Poder Ejecutivo Nacional elevó finalmente al Congreso de la Nación, mediante la Nota del Mensaje N° 35/2023 firmada este jueves por el presidente Javier Milei y su equipo de ministros, el proyecto de “Ley de Modernización Laboral”. Esta iniciativa, de 79 páginas y remitida para ser debatida en sesiones extraordinarias, busca actualizar y transformar profundamente el andamiaje normativo vigente, incluida la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo. El objetivo central que esgrime el Gobierno para esta ambiciosa reforma es "remover las barreras que dificultan la contratación formal, fortalecer la autonomía de la voluntad y dotar al sistema de herramientas que reduzcan la litigiosidad, mejoren la previsibilidad y el cumplimiento de las obligaciones vigentes, y contribuyan a simplificar los procesos propios del marco laboral".
El mensaje de elevación al Congreso justifica la necesidad de la reforma al diagnosticar que el sistema laboral argentino padece un estancamiento crónico derivado de una legislación obsoleta y un entorno económico hostil.
El Poder Ejecutivo indicó que el país se encuentra afectado por "la combinación de crisis económica, incertidumbre jurídica, altos costos derivados de la litigiosidad y un marco normativo anclado en estructuras propias de una etapa industrial de los años 70". Esta situación, sostuvo la gestión libertaria, "ha generado un estancamiento crónico del empleo formal, dejando a millones de argentinos atrapados en la informalidad con las consecuencias que ello se deriva para el sector".
En este contexto, la iniciativa pretende "actualizar el marco laboral vigente, a fines de remover las distorsiones que afectan la creación de empleo formal, mejorar la competitividad y fortalecer la seguridad jurídica de trabajadoras y empleadores a través de normas claras, precisas y simples". La reforma se presenta como un paso fundamental en la "reconstrucción de la Nación Argentina".
Ejes
El proyecto, que modifica el Régimen de Contrato de Trabajo y otras normativas, se articula sobre varios ejes de reforma integral:
Simplificación y Seguridad Jurídica: El proyecto incorpora ajustes destinados a simplificar el cumplimiento normativo, "eliminar distorsiones que encarecen la actividad productiva y configurar un esquema más eficiente, contribuyendo a un entorno propicio que favorezca la inversión y la creación de empleo registrado". El Ejecutivo propone la "simplificación y desregulación de las obligaciones de registración laboral, estableciendo que no podrán exigirse requisitos adicionales a los previstos por la Agencia de recaudación y Control Aduanero (ARCA)".
Fondo de Asistencia Laboral y Reducción de Litigiosidad: Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo financiero destinado a "favorecer el adecuado cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias por parte de los empleadores del sector privado". Relacionado con este punto, el proyecto busca limitar los alcances de la indemnización, ratificando "el Principio de Responsabilidad objetiva en cuanto las indemnizaciones establecidas en el marco normativo, son las únicas que deben aplicarse para determinar el resarcimiento, es decir que los reclamos por daños y perjuicios no podrán canalizarse por fuera del marco previsto por la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones".
Definición Salarial y Beneficios Sociales: El proyecto establece la definición de los componentes del salario y de las compensaciones "que integran la base de cálculo para las indemnizaciones, disminuyendo la conflictividad vinculada a los rubros que deben considerarse para tales efectos". Además, se busca "clarificar los beneficios sociales, como las compensaciones que no integran el salario pero que redundan en beneficio del propio trabajador y de su familia sobre la base de la equidad".
Limitación de la Ultractividad y Servicios Esenciales: En el ámbito del derecho colectivo, la iniciativa propone la limitación de la "ultractividad de los convenios colectivos, disponiendo que, una vez vencido su término, solo subsistirán las cláusulas normativas hasta tanto entre en vigencia un nuevo acuerdo o exista prórroga expresa de las partes". Respecto al derecho de huelga, el Gobierno reafirma el marco establecido por la Ley N° 25.877, poniendo énfasis en los "servicios esenciales y en aquellas actividades calificadas como de importancia trascendental, con el fin de garantizar la continuidad mínima de prestaciones cuya interrupción puede afectar derechos fundamentales de la población".
Nuevas Modalidades y Plataformas Tecnológicas: El proyecto incorpora un régimen específico para regular "las nuevas modalidades de prestación de servicios, se prevé un régimen específico para la economía de plataformas tecnológicas, con reglas adecuadas que aseguran la independencia de los repartidores, sus derechos y delimitan las obligaciones de las partes".
Un cambio para el desarrollo económico
El Poder Ejecutivo remarcó que, si bien el proyecto implica una profunda revisión del andamiaje legal, su implementación se guiará por el principio innegociable de "resguardar el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo demandó alcanzar".
El mensaje final del Ejecutivo solicitó el pronto tratamiento al Congreso de la Nación, destacando que la iniciativa se sostiene sobre la base de que “la República Argentina decidió cambiar". En términos de proyección, la reforma es "la herramienta para transformar esa voluntad popular en realidad social y económica". El proyecto "constituye un paso fundamental de ese derrotero, pero a la vez configura una etapa dentro de una secuencia de mejoras sucesivas que se propondrán con el objeto de confluir en un marco legal óptimo, estable y proinversión, a la altura de las exigencias de una economía moderna y libre", sostuvo el texto con la rúbrica de Milei, ni bien arribó de su viaje a Oslo.