
La Legislatura de Tucumán celebrará la próxima semana la primera sesión extraordinaria del año para debatir dos decretos de necesidad y urgencia (DNU) que el gobernador Osvaldo Jaldo dejó firmados antes de iniciar su período de licencia, del cual se reincorporará esta misma semana. Se trata del decreto que congela los nombramientos en la Administración Pública provincial y del decreto acuerdo que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la exención de la presentación del certificado de cumplimiento fiscal para las empresas contratistas del Estado.
La reactivación de la actividad parlamentaria fue confirmada este martes tras una reunión entre el vicegobernador a cargo del Poder Ejecutivo, Miguel Acevedo, y el presidente subrogante de la Legislatura —también a cargo de la vicegobernación—, Sergio Mansilla. El encuentro tuvo como objetivo coordinar la agenda legislativa inmediata y analizar los principales temas institucionales que deberá abordar el cuerpo.
“Hemos resuelto que se va a llamar a labor parlamentaria este próximo jueves”, señaló Acevedo, al tiempo que recordó que Mansilla se encuentra actualmente al frente de la conducción del Parlamento. Esa instancia servirá para definir la fecha exacta de la sesión extraordinaria, que se realizaría entre el martes y el jueves de la próxima semana.

“El eje central será el tratamiento de dos decretos de necesidad y urgencia enviados por el Poder Ejecutivo: uno vinculado a las restricciones en las designaciones y nombramientos en la administración pública y otro referido a la eximición del certificado de cumplimiento fiscal para las empresas contratistas”, precisó el vicegobernador. La confirmación oficial del día y horario quedará establecida una vez concluida la reunión de labor parlamentaria.
Por su parte, Mansilla recordó que la Constitución provincial establece plazos específicos para el tratamiento de este tipo de normas. “Sabemos que los DNU tienen veinte días hábiles para ser tratados o rechazados. Mientras tanto, están plenamente vigentes, y vamos a cumplir con los plazos, que estimamos concluyen entre el 26 y el 28 de febrero”, explicó.
Consultado sobre el futuro parlamentario de los decretos, el titular provisorio de la Legislatura fue cauto pero explícito: “Todo depende de lo que pase en el cuerpo. La idea es tratarlos en sesión y, obviamente, desde el oficialismo vamos a querer ratificarlos. Habrá otras opiniones que se debatirán democráticamente en la Cámara”.
Beneficio para contratistas y debate constitucional
Uno de los DNU que concentrará el debate es el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 1/3 (MEyP), mediante el cual el Poder Ejecutivo provincial suspendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la obligatoriedad de presentar el certificado de cumplimiento fiscal para las empresas que contraten bienes y servicios con el Estado. La medida fue oficializada este jueves con su publicación en el Boletín Oficial.
Es el segundo año consecutivo que la gestión de Jaldo adopta esta decisión, argumentando la persistente crisis económica y su impacto sobre la actividad productiva y administrativa. Según se desprende de los fundamentos, la iniciativa busca “agilizar los procedimientos de compras y contrataciones” del Estado provincial y evitar trabas que desalienten la participación de oferentes.
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo advierte que “ante la apremiante situación económica por la que atraviesa el país, el Estado Provincial ha promovido medidas tendientes a atenuar sus efectos y remover los obstáculos que afecten la prestación de sus servicios”. En ese sentido, se sostiene que exigir el certificado fiscal como condición de admisibilidad “puede desalentar la concurrencia de los oferentes en los trámites de adquisición de bienes y suministros de servicios”.
El texto aclara, sin embargo, que la suspensión de este requisito no implica un perjuicio para la recaudación tributaria. “Lo que aquí se propicia no impide que el Estado exija por las vías administrativas y judiciales el cumplimiento de las obligaciones impositivas, por lo cual no incide sobre la recaudación de los tributos provinciales”, remarca el decreto.
No obstante, el instrumento generó cuestionamientos desde la oposición. El legislador Walter Berarducci anunció que impugnará el instrumento al considerar que el Poder Ejecutivo excedió sus competencias constitucionales, al avanzar sobre una materia de carácter tributario que —según argumentó— no puede ser regulada mediante decretos de necesidad y urgencia. En ese marco, presentó un proyecto de resolución para rechazar el DNU, al sostener que la medida elude el debate legislativo ordinario y sustituye indebidamente la voluntad del Parlamento.
En respuesta, el fiscal de Estado adjunto, Raúl Ferrazzano, salió al cruce de esas críticas y defendió la validez constitucional del decreto. “El DNU enviado por el Poder Ejecutivo es constitucional”, afirmó el funcionario a través de una publicación en redes sociales, donde aseguró que Berarducci “critica por criticar”.
Ferrazzano remarcó que el instrumento “no crea ni elimina impuestos, ni modifica el régimen tributario”, sino que “exceptúa transitoriamente un requisito administrativo” exigido a las empresas contratistas, al tiempo que “garantiza la continuidad del Estado y deja a salvo las facultades de control”.

Congelamiento de nombramientos y ajuste del gasto
El segundo decreto que será analizado por la Legislatura es el DNU N° 1.113 (MEyP), firmado el 23 de diciembre, mediante el cual el gobernador Jaldo dispuso el congelamiento de los nombramientos y nuevas contrataciones en el ámbito del Poder Ejecutivo a partir del 1 de enero de 2026. La medida se inscribe en el marco de la prórroga de la emergencia económica y social establecida por la Ley N° 9.945 y tendrá una vigencia de dos años, con posibilidad de extensión.
Las restricciones alcanzan a todos los organismos dependientes del Poder Ejecutivo, incluidos aquellos entes autárquicos y descentralizados que, pese a contar con autonomía financiera, requieran asistencia del Estado para el pago de salarios o gastos de funcionamiento. El decreto define estas disposiciones como “transitorias, excepcionales y proporcionadas a la situación de emergencia”.
Entre los fundamentos, se destaca la necesidad de “contener el gasto público, optimizar el uso de los recursos humanos existentes y alinear los compromisos de gasto a la efectiva disponibilidad de recursos”. El texto establece la abstención de efectuar nuevas designaciones de personal y de celebrar contrataciones bajo relación de empleo público, aunque prevé excepciones cuando resulten “estrictamente necesarias para la continuidad de funciones esenciales”.
En esos casos, las incorporaciones deberán ser solicitadas ante el Ministerio de Economía y Producción, a cargo de Daniel Abad, y contar con razones debidamente fundadas. El decreto aclara, además, que quedan exceptuadas las renovaciones de contratos vigentes y las designaciones a término del personal que ya se encontraba prestando servicios, siempre que su continuidad resulte indispensable.
Asimismo, se habilita la reasignación transitoria de agentes estatales entre distintas áreas del Estado, sin alteración del cargo, nivel escalafonario, remuneración ni beneficios, como mecanismo para optimizar los recursos humanos disponibles.
En materia salarial, el DNU establece que cualquier mejora o incremento de haberes que implique la creación de nuevos conceptos remunerativos deberá contar con autorización previa del Poder Ejecutivo. En caso contrario, los funcionarios responsables deberán reintegrar los montos abonados indebidamente y podrán enfrentar sanciones administrativas y judiciales.
Con este escenario, el Parlamento tucumano se prepara para una sesión clave en la que el oficialismo buscará respaldar las decisiones del Ejecutivo, mientras la oposición anticipa un debate intenso sobre los límites constitucionales de los DNU y el rumbo de la política fiscal y administrativa de la Provincia en un contexto de restricciones económicas.