En un escenario donde las fronteras entre las competencias legislativas provinciales y nacionales se tornan difusas, la Ley 7575 de Tucumán, en cuyo articulado se prohíbe la importación, comercialización, distribución y promoción del cigarrillo electrónico, emerge como un potencial punto de conflicto constitucional. Esta norma, sancionada con la loable intención de resguardar la salud pública, podría estar vulnerando principios fundamentales de la Constitución Nacional, al extralimitarse en la regulación de un comercio que trasciende los límites provinciales y al restringir el derecho a ejercer una actividad lícita.
Frente a este dilema, el legislador Walter Berarducci (Compromiso por Tucumán) presentó un proyecto para derogar el artículo 5 de dicha ley, abriendo un debate sobre la armonía entre la legislación local, los derechos económicos y las atribuciones federales.
Según los fundamentos de la iniciativa, “la prohibición establecida por el artículo 5 de la Ley 7575 implica una restricción desproporcionada al derecho constitucional de ejercer libremente toda industria lícita (artículo 14 de la Constitución Nacional)”. Además, el legislador sostiene que la norma provincial invade competencias exclusivas del Congreso Nacional, encargado de regular el comercio interprovincial e internacional conforme al artículo 75, inciso 13, de la Carta Magna.
El parlamentario opositor subrayó que no existe una ley nacional que prohíba de manera absoluta el uso, tenencia o comercialización interna de los cigarrillos electrónicos. Si bien la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) restringe su importación con fines comerciales mediante la Disposición 3226/2011, la ausencia de una prohibición nacional integral pone en jaque la legitimidad de la norma tucumana. “Al prohibir absolutamente la comercialización y distribución de un producto que no está prohibido a nivel nacional, la ley provincial avanza sobre facultades que exceden su jurisdicción, afectando además el principio de razonabilidad de las leyes (artículo 28 CN)”, argumentó el legislador en los fundamentos.
Precedentes y comercio Interjurisdiccional
El proyecto se apoya en antecedentes judiciales que refuerzan su planteo. Berarducci cita un fallo clave en Santa Fe, donde una ley provincial similar fue declarada inconstitucional por invadir competencias nacionales en materia de salud pública y tabaco, además de generar distorsiones en el comercio interprovincial. “Los fallos reiteran que las provincias no pueden dictar normas que regulen el comercio interjurisdiccional o que generen discriminaciones hacia productos importados o radicados fuera de su territorio (art. 75 inc. 13 y art. 126 CN)”, señala el texto de la iniciativa. Este precedente subraya que la prohibición tucumana podría ser considerada irrazonable y lesiva al derecho de ejercer una actividad comercial lícita, un pilar protegido por la Constitución.
Más allá de las cuestiones legales, Berarducci destacó la ineficacia práctica de la prohibición vigente. “El cigarrillo electrónico se comercializa a través de canales online, otras jurisdicciones que no lo prohíben, o incluso de manera informal, lo cual impide cualquier control de calidad, fiscalización o educación responsable sobre su uso”, advierte el proyecto. Esta situación, según el legislador, no solo frustra los objetivos de salud pública, sino que también deja a la provincia sin herramientas para regular un mercado que opera al margen de la normativa local. La derogación del artículo 5, lejos de promover el uso de estos dispositivos, busca “una adecuación normativa a los principios constitucionales y federales, permitiendo un tratamiento equilibrado y razonable de la materia dentro de un marco legal y respetuoso de los derechos individuales y económicos”.
La iniciativa no aboga por la desregulación total del cigarrillo electrónico, sino por alinear la legislación provincial con el marco constitucional y las realidades del comercio actual. Al eliminar la prohibición absoluta, se abriría la puerta a una regulación más efectiva, que permita fiscalizar la calidad de los productos y educar a los consumidores, sin vulnerar derechos fundamentales ni competencias federales. El proyecto, que se encuentra en estudio en estudio de las Comisiones de Salud Pública y Acciones Preventivas y Asistencias de las Adiciones , promete generar un intenso debate sobre el equilibrio entre la salud pública, la libertad económica y el respeto por el federalismo en Tucumán.