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COMUNAS FLOJAS DE PAPELES

Gastos sin justificar en Pampa Mayo: dos funcionarios deberán responder por casi $ 39 millones

El Tribunal de Cuentas cerró un juicio de responsabilidad contra el delegado Luis Alberto Villafañe y el secretario habilitado Juan Mores por irregularidades en las rendiciones de 2023. Las observaciones originales superaban los $21 millones, pero el cargo fiscal se elevó tras la actualización de los montos pendientes.

PorTendencia de noticias
21 oct, 2026 07:10 p. m. Actualizado: 21 oct, 2026 07:10 p. m. AR
Gastos sin justificar en Pampa Mayo: dos funcionarios deberán responder por casi $ 39 millones

Un nuevo caso se suma a la serie de irregularidades administrativas y contables detectadas por el Tribunal de Cuentas de Tucumán en el manejo de los fondos públicos de las comunas rurales. Esta vez, el organismo de control resolvió imponer un cargo fiscal de $38.940.675,46 contra las autoridades de Pampa Mayo, luego de concluir un juicio de cuentas por gastos correspondientes al tercer, cuarto y quinto bimestre de 2023 que no fueron debidamente regularizados.


La decisión quedó plasmada en el Acuerdo N° 4085, fechado este miércoles 21 de octubre, mediante el cual el Tribunal declaró patrimonialmente responsables, en forma solidaria, al comisionado comunal Luis Alberto Villafañe y al secretario habilitado Juan Daniel Mores.


La resolución, a la que Tendencia de Noticias tuvo acceso, establece que ambos deberán responder de manera particular por el monto determinado, que continuará actualizándose hasta el momento de su efectivo pago.


El expediente se inició a partir de tres comprobantes de observación correspondientes a rendiciones de gastos de 2023, por un importe original de $21.290.046,26. Las observaciones comprendían distintos conceptos relacionados con la administración comunal, entre ellos mantenimiento de caminos, alumbrado público, alcantarillas, adquisición de combustible, ayudas económicas y contrataciones de cooperativas.


Durante la tramitación del juicio de cuentas, iniciado formalmente en septiembre de 2025, las autoridades comunales presentaron documentación que permitió subsanar parte de las observaciones. Sin embargo, el Tribunal consideró que persistían gastos sin justificación suficiente.

 


Gastos observados y documentación insuficiente

 

Uno de los comprobantes analizados, correspondiente al tercer bimestre de 2023, involucraba inicialmente $4.842.224,96.


Tras evaluar las justificaciones presentadas, el organismo dio por regularizados distintos gastos vinculados con ayudas económicas, mantenimiento de caminos, trabajos con retroexcavadora, módulos alimentarios, pagos a EDET y adquisición de medicamentos.


También consideró que determinadas observaciones por la falta de certificados de normal funcionamiento de cooperativas constituían incumplimientos meramente formales, dado que se había verificado la prestación de los servicios contratados.


No obstante, mantuvo observaciones por $1.500.844,96, entre las que se destacaron gastos de combustible por $1.221.188,36, mantenimiento de alumbrado público y alcantarillas por $210.000, además de partidas destinadas a ayuda escolar y mantenimiento de caminos.


En cuanto al cuarto bimestre de 2023, el Tribunal mantuvo observado un saldo de $2.157.791,10, después de descontar $1.350.000 vinculados con faltas formales en la documentación de cooperativas.


La situación más significativa se registró en el quinto bimestre de ese año. Sobre un importe original de $12.940.030,20, el organismo admitió una detracción de apenas $150.000 y mantuvo observado un saldo de $12.790.030,20.


De esta manera, luego de las regularizaciones parciales, el monto histórico que permaneció sin justificar suficientemente ascendió a $16.448.666,26.


La Contaduría Fiscal General actualizó ese importe mediante la aplicación de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina y estableció un cargo fiscal definitivo de $38.940.675,46, sin perjuicio de las actualizaciones que correspondan hasta su cancelación.

 

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Responsabilidad patrimonial y eventual ejecución

 

En los fundamentos del acuerdo, el Tribunal señaló que las autoridades comunales tuvieron oportunidad de ejercer su defensa durante el procedimiento y que fueron notificadas de los informes técnicos y contables.


Sin embargo, según consta en la resolución, los responsables no formularon oposición a las conclusiones de la instrucción ni al dictamen de la Contaduría Fiscal General dentro de los plazos establecidos.


En ese sentido, el organismo sostuvo que "los cuentadantes no aportaron prueba suficiente tendiente a desvirtuar el cuadro imputacional final", motivo por el cual correspondía declarar su responsabilidad patrimonial.


En la parte resolutiva, el Tribunal dispuso "formular cargo fiscal en forma solidaria” contra Villafañe y Mores por $38.940.675,46.


Además, ordenó dar intervención al Departamento Judicial para que la abogada fiscal Agustina Bugeau gestione el cobro y, de ser necesario, impulse la ejecución del cargo impuesto.


La decisión fue suscripta por el presidente del organismo de control, Miguel Chaibén Terraf y el vocal Sergio Miguel Díaz Ricci, en ausencia del vocal Marcelo Vidal, quien está de licencia.

 

Una problemática recurrente

 

El caso de Pampa Mayo se incorpora a la serie de actuaciones del Tribunal de Cuentas que vienen exponiendo deficiencias en la administración y rendición de recursos públicos de las comunas rurales tucumanas.


En anteriores entregas de la saga periodística Comunas flojas de papeles que viene desarrollando Tendencia de Noticias, se dio cuenta de numerosos juicios de cuentas y cargos fiscales derivados de gastos sin respaldo documental suficiente, rendiciones incompletas y observaciones contables que no fueron regularizadas por las autoridades comunales.


La problemática también quedó reflejada en el análisis de la Cuenta de Inversión provincial correspondiente a 2025, cuando el Tribunal advirtió que las 93 comunas rurales mantenían “registros contables precarios” y carecían de información “confiable, precisa y oportuna” sobre la administración de sus recursos.


En el caso de Pampa Mayo, como en otras sanciones definidas previamente por el organismo contra otras autoridades comunales, la resolución no constituye una condena penal, sino una determinación de responsabilidad patrimonial en sede administrativa. Su consecuencia inmediata es la obligación solidaria de responder por el cargo fiscal impuesto, sujeto a las vías de revisión que pudieran corresponder.

 

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