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ATAQUE A LA LIBERTAD DE PRENSA

FOPEA repudió la decisión judicial que impone un bozal legal a periodistas tucumanos

El Foro de Periodismo Argentino manifestó su “preocupación” por la medida cautelar dictada por el juez Lucas Taboada, a pedido del Ministerio Público Fiscal, que prohíbe a un canal y a sus periodistas emitir contenidos críticos sobre fiscales y magistrados. La entidad advirtió que la resolución constituye un acto de censura previa y vulnera la libertad de expresión.

PorTendencia de noticias
05 nov, 2025 07:39 p. m. Actualizado: 05 nov, 2025 07:39 p. m. AR
FOPEA repudió la decisión judicial que impone un bozal legal a periodistas tucumanos

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) expresó su rechazo y preocupación por la decisión de la Justicia de Tucumán que impone un bozal legal al director de la Compañía de Circuitos Cerrados (CCC), Gustavo Olarte, así como a los productores, periodistas y conductores de la empresa. La medida judicial les prohíbe difundir cualquier tipo de contenido que “injurie o desacredite” la labor de fiscales, funcionarios o magistrados del Poder Judicial provincial.



La resolución fue dictada por el juez subrogante Lucas Alfredo Taboada, a partir de una denuncia penal presentada por el ministro fiscal Edmundo "Pirincho" Jiménez, titular del Ministerio Público Fiscal (MPF). Jiménez promovió una causa contra Olarte por presuntos delitos de entorpecimiento y ofensa al ejercicio de las funciones públicas, coacción institucional e incitación pública a la violencia o al descrédito institucional.


La medida cautelar se extenderá por un plazo de seis meses y abarca a todo el personal periodístico del canal, ordenando el cese inmediato de la difusión, por cualquier medio televisivo, radial, digital o en redes sociales, de contenidos críticos sobre el accionar judicial. Además, el fallo dispone que el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) supervise su cumplimiento.

 


Una advertencia sobre la censura previa

 


En su comunicado, FOPEA calificó la decisión como un acto de censura previa y advirtió que su aplicación “afecta claramente el derecho a la información de la ciudadanía y pone en riesgo la libertad de expresión y de prensa, derechos de raigambre constitucional”.


El foro recordó además un antecedente reciente: la causa por la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, donde un tribunal civil revocó una medida similar y se pronunció en defensa de la libertad de expresión. En aquel fallo, los magistrados sostuvieron que “cuando lo publicado se relaciona con funcionarios públicos, las pretensiones de censura ceden ante el derecho a la información y el escrutinio social”.


“El honor, la intimidad y otros derechos individuales no admiten como regla la protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios. Mucho más cuando se trata de información vinculada a funcionarios públicos”, remarcó FOPEA, que exigió la inmediata restitución de los derechos constitucionales vulnerados con la decisión de la Justicia tucumana.


El caso generó amplia repercusión en el ámbito periodístico y jurídico por tratarse de la primera vez que un tribunal tucumano impone una prohibición general de contenidos a un medio de comunicación. Diversas organizaciones y especialistas en derecho constitucional advirtieron que la resolución podría sentar un precedente peligroso para la libertad de prensa en el país.

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