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CAMINO A 2027

Vargas Aignasse cuestionó la ofensiva judicial contra la reelección de Jaldo: “Es una aventura de perdedores”

El legislador oficialista acusó a los sectores opositores de intentar excluir al gobernador de las elecciones del 9 de mayo de 2027 ante la imposibilidad de derrotarlo en las urnas. Defendió la constitucionalidad del artículo 90 de la Carta Magna provincial y cuestionó que el planteo haya sido llevado ante la Corte nacional.

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27 oct, 2026 04:49 p. m. Actualizado: 27 oct, 2026 04:49 p. m. AR
Vargas Aignasse cuestionó la ofensiva judicial contra la reelección de Jaldo: “Es una aventura de perdedores”

El legislador provincial Gerónimo Vargas Aignasse salió al cruce de los partidos opositores que impulsaron una presentación judicial contra el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, con el objetivo de impedir que el gobernador Osvaldo Jaldo pueda competir por un nuevo mandato en las elecciones del 9 de mayo de 2027. El parlamentario defendió la habilitación constitucional del mandatario y acusó a sus adversarios de recurrir a la Justicia porque carecen de posibilidades de derrotarlo electoralmente.


En un duro pronunciamiento, Vargas Aignasse calificó la iniciativa como una "estrategia de exclusión electoral disfrazada de defensa de la República" y sostuvo que responde a las dificultades de la oposición para construir una alternativa competitiva frente al oficialismo provincial. "Es una aventura judicial de un rejunte de candidatos desesperados. Anémicos de ideas y propuestas, buscan sacar de la cancha al adversario que no pueden enfrentar políticamente. Su coincidencia más importante no es un proyecto para Tucumán: es intentar impedir que Jaldo pueda competir", expresó.


El legislador también apuntó contra el desempeño electoral de los dirigentes que promueven el planteo, a quienes describió como "perdedores que no superan el 5% en ninguna encuesta", una afirmación que forma parte de su cuestionamiento político a la oposición.


La controversia gira alrededor de la interpretación del artículo 90 de la Constitución provincial, que establece las condiciones para la elección y reelección del gobernador y el vicegobernador. El debate adquiere especial relevancia por la trayectoria institucional de Jaldo, quien ejerció dos mandatos consecutivos como vicegobernador antes de asumir la Gobernación en 2023.


Los sectores opositores que cuestionan su eventual nueva candidatura consideran que la sucesión de mandatos podría vulnerar los límites constitucionales a la permanencia en el poder. Desde el oficialismo, en cambio, sostienen que la Carta Magna tucumana contempla expresamente la posibilidad de que un exvicegobernador sea elegido gobernador y posteriormente reelegido.


 

La defensa del artículo 90

 

Vargas Aignasse centró parte de sus argumentos en la interpretación de la disposición constitucional que habilitaría a Jaldo a buscar su continuidad al frente del Poder Ejecutivo. "El artículo 90 permite que quien haya cumplido dos mandatos como vicegobernador pueda ser elegido gobernador y reelegido por un período consecutivo. No están denunciando que se haya inventado una habilitación: quieren eliminar judicialmente una disposición que les resulta electoralmente incómoda", afirmó.


El parlamentario también puso en discusión la vía judicial elegida por los sectores opositores y sostuvo que existen fundamentos para objetar la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intervenir directamente en el conflicto. "Demandar a una provincia e invocar el principio republicano no habilita automáticamente esa instancia excepcional. La organización de las instituciones provinciales pertenece, como regla, al derecho público local", explicó.


En ese sentido, consideró que el planteo debería transitar inicialmente por los tribunales provinciales, sin perjuicio de una eventual revisión posterior por parte del máximo tribunal del país. "Los tribunales tucumanos pueden examinar cuestiones federales, con eventual revisión posterior de la Corte nacional. Respetar ese recorrido también es respetar la Constitución", agregó.


Vargas Aignasse reconoció que existen antecedentes de intervención de la Corte Suprema en controversias vinculadas con elecciones provinciales, aunque advirtió que cada caso debe analizarse de acuerdo con sus circunstancias particulares y las disposiciones constitucionales aplicables.


Según sostuvo, esos precedentes no pueden convertirse en "un atajo recurrente para candidatos que buscan despejar judicialmente el camino hacia el poder".


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Vargas Aignssse hizo una distinción entre el ejercicio sucesivo de los cargos de vicegobernador y gobernador y la posibilidad de una reelección indefinida. En este sentido, aseguró que la Constitución tucumana establece una habilitación específica que no puede equipararse automáticamente con una permanencia ilimitada en el Poder Ejecutivo. "Una secuencia limitada de dos mandatos como vicegobernador y dos como gobernador no equivale automáticamente a una reelección indefinida. Defender esa habilitación no significa sostener que pueda repetirse eternamente", argumentó.


El legislador peronista cuestionó que los sectores opositores asimilen ambas situaciones y reclamó una fundamentación jurídica que permita demostrar por qué la autorización contemplada en la Constitución provincial sería incompatible con el sistema republicano.


Para reforzar su posición, recurrió a una comparación con el sistema institucional de Estados Unidos, donde los cargos de vicepresidente y presidente tienen reglas específicas de elegibilidad. "En el régimen federal estadounidense, una persona puede ejercer ocho años como vicepresidente y después ocho como presidente. California permite dos mandatos como vicegobernador y dos como gobernador, con límites separados", señaló.


De todos modos, aclaró que esos ejemplos no determinan cómo debe resolverse una controversia constitucional argentina, aunque consideró que demuestran que la acumulación de períodos en ambos cargos no constituye necesariamente una vulneración de los principios republicanos.


En la misma línea, defendió la autonomía de las provincias para establecer sus propias reglas institucionales dentro de los límites fijados por la Constitución Nacional. "La autonomía provincial tiene límites, pero también tiene contenido. No puede vaciarse según las conveniencias electorales de quienes hoy pretenden gobernar una provincia cuyas decisiones constitucionales desconocen", manifestó.

 


“La Justicia no puede sustituir la legitimidad política”

 

A continuación, Vargas Aignasse vinculó directamente la presentación judicial con el escenario electoral de 2027 y cuestionó que los partidos opositores concentren sus esfuerzos en impedir la candidatura del gobernador.


A su entender, la discusión política debería centrarse en los problemas que enfrenta la provincia y en las propuestas de los distintos espacios para resolverlos. "Los tucumanos necesitan propuestas sobre seguridad, salud, educación, empleo y producción. Esta oposición ofrece una demanda para excluir a Jaldo", sostuvo.


El legislador insistió en que la estrategia judicial constituye una muestra de debilidad electoral de los adversarios del oficialismo. "La búsqueda de la proscripción revela su debilidad: tienen más temor al respaldo del gobernador que confianza en sus propias ideas", afirmó.


Finalmente, Vargas Aignasse defendió que la continuidad de Jaldo sea sometida a la decisión de los ciudadanos en las urnas, siempre que su candidatura se encuentre constitucionalmente habilitada. "Jaldo deberá responder por su gestión ante los tucumanos. Sus adversarios deberían prepararse para enfrentarlo con propuestas y votos. La Justicia no puede ser el sustituto de la legitimidad política que no consiguen construir", concluyó.

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