Dólar Oficial
$1.530
Dólar Blue
$1.555
Dólar Tarjeta
$1.989
Euro
€1.744,18
Real
R$292,88
Azúcar Tucumán · 50kg
$36.810
Azúcar Int. · Londres N5
US$24,707
Azúcar Int. · EEUU N11
US$423,29
Bioetanol de caña ($/L)
1.072
Bioetanol de maíz ($/L)
982.976

El Gobierno de Tucumán dispuso la provisión de hasta $ 600 millones al Fondo Fiduciario Comunal, destinados a financiar préstamos para que las comunas rurales de la provincia puedan afrontar gastos vinculados con obras, equipamiento y servicios públicos.
La medida quedó establecida mediante el Decreto N° 1.963/3 (MEyP), firmado el 21 de agosto y publicado este lunes 14 de septiembre en el Boletín Oficial de la Provincia.
Según establece el instrumento, al que accedió Tendencia de Noticias, los recursos estarán destinados a atender las solicitudes que realicen las comunas rurales en el marco del Plan de Obras, Equipamiento y Servicios, bajo el régimen previsto por la Ley N° 8.773 y su modificatoria N° 9.007.
En concreto, el decreto dispone "la provisión de fondos por hasta la suma total de pesos seiscientos millones ($ 600.000.000)" al Fondo Fiduciario Comunal para afrontar los préstamos que soliciten las administraciones comunales.
La medida, que lleva la firma del gobernador Osvaldo Jaldo, faculta a la Secretaría de Estado de Hacienda a transferir los recursos, en una o varias entregas, a la Caja Popular de Ahorros de Tucumán, que actuará como agente fiduciario.
Desde allí, el dinero será distribuido en las cuentas fiduciarias correspondientes, de acuerdo con las necesidades de cada una de las comunas rurales. El decreto aclara, además, que la provisión de los recursos estará sujeta a las posibilidades financieras del Tesoro Provincial y al cumplimiento de la normativa vigente.
De esta manera, los $600 millones constituyen el monto máximo puesto a disposición del Fondo Fiduciario y no implican una distribución automática o en partes iguales entre las comunas.
Préstamos que deberán ser reintegrados
El mecanismo establecido por la Provincia contempla el otorgamiento de préstamos, por lo que los recursos que reciban las comunas deberán ser posteriormente reintegrados.
La legislación que regula el sistema autoriza a las comunas rurales a suscribir convenios de préstamos con el Poder Ejecutivo provincial, a través del Ministerio de Economía y Producción, para financiar obras, equipamiento y servicios públicos.
Como garantía para la devolución, las comunas pueden ceder recursos coparticipables provenientes de la Ley N° 6.316 y, cuando resulte necesario, fondos correspondientes a la Ley N° 6.650 u otros recursos de libre disponibilidad, con excepción de la recaudación propia. Esos fondos permiten cubrir mensualmente las cuotas de amortización de los préstamos otorgados.
El decreto también autoriza a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir los comprobantes correspondientes en concepto de Plan de Obras 2026, inicialmente sin imputación presupuestaria y con cargo a Rentas Generales.
A su vez, faculta al ministro de Economía y Producción a suscribir con las comunas rurales las correspondientes Escrituras de Cesión de Recursos, a favor del Gobierno provincial y ante la Escribanía de Gobierno.
La decisión surgió a partir de un pedido de la Secretaría de Estado de Municipios y Comunas, que solicitó disponer de los $600 millones para responder a los requerimientos de financiamiento que presenten las comunas rurales para ejecutar obras, adquirir equipamiento o afrontar servicios.