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Jaldo prorrogó la intervención del IPLA mientras la Corte debe resolver el fallo que ordenó normalizarlo

El gobernador extendió por otros 60 días la permanencia de Dante Loza al frente del organismo, intervenido desde hace más de 26 años. La decisión se produjo mientras sigue pendiente de resolución el recurso presentado por la Provincia contra la sentencia que ordenó la normalización.

PorTendencia de noticias
27 oct, 2026 05:51 p. m. Actualizado: 27 oct, 2026 05:51 p. m. AR
Jaldo prorrogó la intervención del IPLA mientras la Corte debe resolver el fallo que ordenó normalizarlo

Jaldo ratificó a Loza al frente del IPLA por otros 60 días a partir del 11 de octubre.

El gobernador Osvaldo Jaldo dispuso una nueva prórroga por 60 días de la intervención del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA), en momentos en que la Corte Suprema debe resolver el recurso de casación presentado por el Gobierno contra el fallo que ordenó poner fin a una intervención que se mantiene desde hace más de 26 años.


La decisión quedó establecida mediante el Decreto N.º 2.480/7 (MS), del 6 de octubre de 2026, publicado en el Boletín Oficial de este martes 27 de octubre. La disposición, a la que Tendencia de Noticias tuvo acceso, extendió la designación de Dante Rolando Loza como interventor del IPLA por otros 60 días, a partir del 11 de octubre.


Se trata de una nueva renovación de la conducción excepcional del organismo, que permanece intervenido desde julio de 2000, durante la gestión del entonces gobernador Julio Miranda, pese a que la legislación provincial establece que esa situación debe tener carácter transitorio.


La continuidad de Loza cobra especial relevancia por el conflicto judicial abierto en torno al funcionamiento institucional del IPLA. En agosto pasado, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar parcialmente a un amparo presentado por propietarios de salones de fiestas y entretenimientos y ordenó al Poder Ejecutivo terminar con la intervención y conformar el Directorio previsto por la ley.


Sin embargo, el Gobierno de Jaldo decidió recurrir esa sentencia, por lo que la controversia quedó sometida a la revisión del máximo tribunal provincial.

 


Una intervención que se prolonga desde hace 26 años

 

Como informó oportunamente Tendencia de Noticias, la sentencia N.º 653, dictada el 10 de agosto por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por los vocales Sergio Gandur y Ebe López Piossek, ordenó al Ejecutivo adoptar, en un plazo de 60 días, los actos administrativos necesarios para poner fin a la intervención del IPLA.


El pronunciamiento judicial puso el foco en la prolongación de un régimen que, de acuerdo con la Ley Provincial N.º 7.243, fue concebido como una herramienta excepcional y limitada en el tiempo.


Esa norma establece que la intervención del organismo no puede extenderse por más de 60 días corridos. Además, dispone que su conducción ordinaria debe quedar a cargo de un Directorio integrado por un presidente y dos vocales titulares, designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura, con mandatos de cuatro años.


En su análisis, los camaristas consideraron que las sucesivas designaciones y prórrogas realizadas durante más de dos décadas terminaron desnaturalizando el carácter transitorio de la intervención.


El conflicto judicial se originó a partir de una acción de amparo presentada en marzo de 2024 por propietarios de salones de fiestas y entretenimientos, quienes cuestionaron distintos aspectos del funcionamiento del IPLA.


La Cámara rechazó algunos de los planteos vinculados con la constitucionalidad de la legislación y con reclamos económicos de los demandantes, pero hizo lugar al pedido de normalización institucional del organismo.


Hace dos semanas, el mismo tribunal reiteró el criterio de la anterior sentencia al rechazar el pedido de comerciantes sobre la inconstitucionalidad de la Ley 7.243, pero reiteró que ya le ordenó al Poder Ejecutivo que le ponga fin a la intervención.


 

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Jaldo había prometido cumplir el fallo, pero después lo apeló

 

La decisión de mantener la intervención también vuelve a poner en primer plano la posición adoptada por el gobernador después de conocerse la sentencia.


En aquel momento, Jaldo había asegurado públicamente que respetaría el pronunciamiento judicial y que su administración avanzaría de acuerdo con lo dispuesto por los tribunales. "Este gobernador va a cumplir el fallo que ha salido de la Justicia de la provincia de Tucumán", había expresado el mandatario, quien también se manifestó respetuoso de la división de poderes.


No obstante, posteriormente la Fiscalía de Estado, encabezada por Gilda Pedicone, presentó un recurso extraordinario de casación para solicitar que la Corte Suprema provincial revoque los puntos centrales de la sentencia que ordenaron terminar con la intervención.


El planteo fue presentado por el abogado Juan Pablo Stein, en representación del Superior Gobierno de la Provincia, y cuestionó específicamente los puntos I y VI del fallo.


Entre sus argumentos, el Ejecutivo sostuvo que los propietarios de salones de fiestas no habían acreditado un perjuicio personal y concreto derivado de que el IPLA estuviera conducido por un interventor en lugar del Directorio establecido por la ley.


También consideró que la Cámara había excedido sus atribuciones al imponer al Gobierno un mecanismo específico de normalización y un plazo determinado para concretarlo.


En ese sentido, la Provincia sostuvo que la decisión judicial ingresaba en cuestiones de "mérito, oportunidad y conveniencia" propias de la administración.

 


Nuevas prórrogas mientras se analiza la normalización

 

La continuidad de Loza al frente del IPLA no constituye una decisión aislada. Desde su designación como interventor, en octubre de 2023, el funcionario fue ratificado mediante sucesivos decretos que extendieron su permanencia por períodos de 60 días.


Ahora, mediante el nuevo decreto de octubre, Jaldo volvió a extender la permanencia de Loza por otros dos meses, sin que hasta el momento se haya concretado la conformación del Directorio previsto por la legislación provincial.


Para justificar la decisión, el instrumento señala que “la tarea desarrollada por la intervención ha sido satisfactoria, permitiendo que el organismo tenga una más extensa, activa y eficiente presencia en la tarea de control de la venta y suministro de bebidas alcohólicas en la provincia yen lo establecido por la Ley N° 7.575”.


Además, el decreto aclara que el Gobierno provincial “es absolutamente respetuoso de las Instituciones, y en esa inteligencia, actualmente se encuentra estudiando la normalización del citado ente, procurándose que en dicha etapa se continúe con la activa y efectiva tarea hasta aquí desarrollada”.

  

El nuevo decreto se conoció mientras continúa abierta la controversia judicial sobre la legalidad de mantener intervenido al IPLA durante más de dos décadas.


La Corte Suprema de Justicia de Tucumán deberá pronunciarse sobre el recurso de casación presentado por la Provincia y definir si corresponde mantener o revocar la parte de la sentencia que ordenó la normalización institucional del organismo.


El pronunciamiento será determinante para establecer el alcance de las obligaciones del Poder Ejecutivo y el futuro del esquema de conducción del IPLA.


Por ahora, y a la espera de una definición judicial, el IPLA seguirá bajo intervención, en un esquema que se mantiene vigente desde julio de 2000 y que atravesó distintas administraciones provinciales.

 

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