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En medio de un conflicto judicial, la Municipalidad de San Miguel de Tucumán derogó el decreto que desde 2024 ubicaba a los jueces del Tribunal de Faltas en la categoría remunerativa de Secretario, la norma que esos magistrados invocan en el expediente mediante el que reclaman la equiparación de sus salarios con los de esos funcionarios.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto N° 0285/SG/2026, firmado por la intendenta Rossana Chahla el 24 de agosto y publicado este miércoles en el Boletín Municipal. El artículo 1° dispone dejar sin efecto, a partir de esa fecha, el Decreto N° 0262/SIM/2024. Como fundamento, el nuevo decreto invoca la facultad del Departamento Ejecutivo de revisar y dejar sin efecto sus propios actos administrativos, y sostiene que "una nueva valoración de circunstancias" que motivaron el dictado de la norma original hace pertinente su derogación. El texto no explicita cuáles son esas circunstancias.
El Decreto N° 0262/SIM/2024, firmado también por Chahla el 3 de marzo de 2024, había dispuesto liquidar a los jueces del Tribunal Municipal de Faltas los estipendios remunerativos correspondientes a nivel de Secretario, con responsabilidad funcional, mientras duraran en el ejercicio de sus funciones. En sus considerandos, el municipio había fundado esa jerarquización en la idoneidad y eficiencia acreditadas por los jueces en sus legajos personales y en el cumplimiento de jornadas extraordinarias, y la había calificado como "un acto de estricta justicia y real estímulo".
Esa norma es la que sustenta la causa iniciada en junio por los jueces de Faltas Fabián Ignacio Lizondo Ruiz, Gerardo Augusto Poliche y Héctor Sebastián Toledo, quienes reclaman que, pese a estar categorizados como secretarios desde 2024, no perciben haberes equivalentes a los de esos funcionarios. La causa había avanzado la semana pasada con la respuesta de la Municipalidad a un oficio judicial que le exigía detallar la composición salarial del cargo de Secretario: el informe de Contaduría General y el recibo comparativo aportados por el municipio dejaron a la vista una diferencia mensual cercana a $1,6 millones entre un juez de Faltas y un secretario, pese a la categoría común, atribuida a un adicional discrecional por función crítica.
La derogación del decreto que equiparaba las categorías se produce, entonces, apenas días después de que esa brecha quedara documentada en el expediente judicial, y mientras la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativa aún no se pronunció sobre el alcance de la información que debe entregar el municipio. La medida deja además pendiente la definición de qué nivel remunerativo regirá de aquí en más para los jueces del Tribunal de Faltas, que antes de marzo de 2024 habían sido liquidados sucesivamente como Categoría 57 - Director A y Categoría 58 - Subsecretario.
Este nuevo capítulo se suma al litigio paralelo entre el Tribunal de Faltas y la Municipalidad por la reforma dispuesta en el Decreto N° 0099/SG/2025, que reorganizó el funcionamiento interno del organismo y que Gerardo Poliche -entonces presidente del Tribunal y uno de los tres actores de la causa salarial- impugnó por inconstitucional. Esa causa, con dictamen favorable de la Fiscalía de Cámara, se encuentra en estado de sentencia en la Sala III.