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ELECCIONES UNIVERSITARIAS

Un dictamen fiscal sugiere el rechazo de la demanda contra la re-reelección de Pagani porque aún no es candidato

El dictamen sostiene que no existe aún un “caso” concreto, ya que la candidatura del rector no fue formalizada, y considera que el planteo de Cabrera y Abdala es prematuro, lo que impediría su tratamiento judicial y la cautelar solicitada.

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Fernando StanichTendencia de noticias
21 abr, 2026 01:34 p. m. Actualizado: 21 abr, 2026 01:37 p. m. AR
Un dictamen fiscal sugiere el rechazo de la demanda contra la re-reelección de Pagani porque aún no es candidato

La disputa judicial por la reelección en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) sumó un giro relevante en las últimas horas, tras el dictamen del Ministerio Público Fiscal que introduce un matiz clave en el expediente iniciado por Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala, candidatos a rector y a vicerrectora.


Si bien el fiscal federal Rafael Alberto Vehils Ruiz consideró que la Justicia Federal es competente para intervenir en el caso -por tratarse de una demanda contra un organismo del Estado nacional como la UNT-, al mismo tiempo propició el rechazo in limine de la acción al entender que no existe, por ahora, un “caso” judicial concreto.


El dictamen, fechado el 17 de abril, analiza la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por los candidatos, que busca impedir una eventual candidatura del rector Sergio Pagani a un tercer mandato consecutivo. En ese planteo, los actores pidieron que se declare la correcta interpretación de los artículos 17 y 190 del estatuto universitario, que -según sostienen- prohíben una nueva postulación, y que se dicte una medida cautelar para bloquear cualquier inscripción en ese sentido.


Sin embargo, el Ministerio Público puso el foco en un punto que altera el escenario: la inexistencia de un acto concreto que afecte derechos en forma actual. Según el dictamen, la demanda se apoya en “rumores”, declaraciones públicas y una hipótesis futura -la eventual candidatura de Pagani-, pero no en una postulación formal ni en una decisión de la autoridad electoral universitaria.


En ese sentido, el fiscal advirtió que no se configura un “estado de incertidumbre jurídicamente relevante”, sino un planteo “abstracto o preventivo”, ajeno a la función jurisdiccional. La conclusión es directa: sin un caso concreto, la vía de la acción declarativa no resulta procedente.


Ese mismo razonamiento impacta sobre otro de los ejes del conflicto: la legitimación activa de los demandantes. Aunque Cabrera y Abdala invocan su condición de candidatos, el dictamen sostiene que el perjuicio alegado es “eventual” y depende de hechos futuros -como la efectiva inscripción de Pagani-, por lo que no alcanza para acreditar un interés jurídico directo, actual e inmediato.


En consecuencia, el Ministerio Público también descartó la posibilidad de avanzar con la medida cautelar solicitada, al considerar que este tipo de decisiones son accesorias a una acción principal que, en este caso, no reúne los requisitos mínimos de admisibilidad.


El dictamen no es vinculante, pero marca una señal clara hacia el juzgado federal que debe resolver el expediente. En términos políticos y electorales, introduce un elemento de incertidumbre adicional: la discusión de fondo -sobre la interpretación del estatuto y la posibilidad de un tercer mandato- podría quedar, al menos por ahora, sin tratamiento judicial si se confirma este criterio.


En el medio de esta disputa, el calendario electoral sigue corriendo y la eventual candidatura de Pagani continúa siendo el punto de tensión que todavía no termina de materializarse, pero que condiciona todo el proceso.

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