La Libertad Avanza podría quedarse sin competir en las elecciones municipales de Alberdi, que se harán el domingo 26 de octubre. Ocurre que la Junta Electoral Provincial (JEP) rechazó la convocatoria a elecciones internas de esa agrupación por considerar que incumplió con lo que establece la Ley de Partidos Políticos.
Según el artículo tercero de la Ley N° 5454 dispone, para postular candidatos a cargos electivos los partidos políticos o entidad, deberán tener personalidad jurídico política y estar reconocido con una antelación de ciento ochenta (180) días de la fecha de la elección general respectiva.
Esto implica que LLA debía contar con reconocimiento hasta el 29 de abril para poder participar en las elecciones de Intendente y Concejales del Municipio de Juan Bautista Alberdi. "Sin embargo, dicho reconocimiento se obtuvo el 23/05/2025, es decir, 24 días después del plazo fijado en el calendario electoral vigente", advirtieron los miembros de la Junta Electoral Provincial, que preside el titular de la Corte Suprema de Justicia, Daniel Leiva, en la resolución N°13.
En la resolución, a la accedió Tendencia de Noticias, se citan los documentos planteados por el apoderado de LLA, Matías Sabaté, respecto de la obtención de la personería de esa agrupación ante la Justicia Nacional y la provincial. Finalmente, la JEP decidió "no hacer lugar" a la convocatoria a "elecciones internas para cargos públicos electivos categoría Intendente y Concejales por el Municipio de Juan Bautista Alberdi efectuada por el Partido La Libertad Avanza (N° 840), comunicada por presentación de fecha 12/08/2025, por las razones consideradas". Se trata de un plazo determinante para que cualquier partido pueda definir las postulaciones.