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CAMPAÑA ANTIARGENTINA

Javier Milei habilitó por decreto expulsar a los extranjeros que agravien al país o a sus ciudadanos

El Gobierno busca preservar la integridad social y el orden institucional, por los episodios recientes de tensión, por declaraciones que fueron interpretadas como ofensas a la República y a los argentinos.

PorTendencia de noticias
30 jul, 2026 01:35 a. m. Actualizado: 30 jul, 2026 01:35 a. m. AR
Javier Milei habilitó por decreto expulsar a los extranjeros que agravien al país o a sus ciudadanos

Durante la participación de la Selección Argentina en el Mundial de FIFA, se generó una "campaña antiargentina" que trascendió el ámbito futbolístico y tuvo su impacto en la política internacional.


En ese contexto, el Presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que establece como nueva causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a cualquier extranjero que promueva o incite mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad, así como a quienes ultrajen los símbolos patrios, según informó la Oficina del Presidente.

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La normativa responde a recientes manifestaciones consideradas hostiles hacia la República Argentina y sus habitantes. El decreto enfatiza que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos constituye un principio innegociable para el Gobierno Nacional. “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó Milei en el comunicado oficial.


El Decreto 681/2026 fue publicado en el Boletín Oficial, e incorpora formalmente como causa de inadmisión y expulsión del país a los extranjeros que dirijan o inciten expresiones de odio, discriminación y violencia por razones de nacionalidad, y a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales. La disposición abarca tanto la incitación pública como cualquier manifestación directa que implique un agravio a la identidad nacional.


En los considerandos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la Argentina mantuvo históricamente una política de apertura y hospitalidad hacia los extranjeros, pero remarcó que la soberanía estatal permite fijar condiciones de admisión, permanencia y expulsión para resguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social.


La norma se dictó como decreto de necesidad y urgencia y, según el texto oficial, deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, que tiene un plazo de 10 días hábiles para expedirse sobre su validez o invalidez y elevar dictamen a cada Cámara.


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