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El gobierno provincial pagó casi $295 millones para adecuar el pabellón de la cárcel de Benjamín Paz como instituto para menores

El Poder Ejecutivo aprobó el gasto y autorizó el pago a la empresa HAGA U.T. por la obra en el Pabellón N° 8 del complejo penitenciario, destinado al alojamiento de adolescentes en conflicto con la ley.

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08 may, 2026 03:36 p. m. Actualizado: 09 may, 2026 08:51 a. m. AR
El gobierno provincial pagó casi $295 millones para adecuar el pabellón de la cárcel de Benjamín Paz como instituto para menores

El gobierno de Tucumán aprobó mediante decreto el pago de $294.852.768,52 a la firma HAGA U.T. por la adecuación edilicia del Pabellón N° 8 del Complejo Penitenciario Benjamín Paz, que fue reconvertido para funcionar como el Establecimiento Socioeducativo "San José Gabriel del Rosario Brochero - Benjamín Paz", destinado al alojamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal. La obra no fue licitada de manera convencional, sino encomendada directamente a la empresa que ya operaba como contratista del complejo penitenciario, y su pago fue justificado en el principio jurídico del enriquecimiento sin causa.


El establecimiento fue creado por el Decreto N° 112/4 (MDS) del 28 de enero de 2026, en el marco de la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y las leyes provinciales N° 8.933 y 8.293. El propio decreto de aprobación del gasto recoge la fundamentación del Ministro de Desarrollo Social, Federico Masso, quien señaló que la creación del instituto respondió a "la necesidad urgente de adecuar los dispositivos institucionales a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, particularmente a los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual consagra el interés superior del niño, el derecho a un trato digno y la obligación de que toda medida privativa de libertad sea adoptada como último recurso y por el plazo más breve".


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El artículo 5° de ese mismo decreto habilitó la encomienda de los trabajos directamente a HAGA U.T., empresa que ya se desempeñaba como contratista del Complejo Penitenciario Benjamín Paz.


Una vez ejecutados los trabajos, la Dirección de Proyectos Específicos de la Secretaría de Estado de Obras Públicas emitió un informe técnico en el que señaló que "los trabajos expuestos en la Memoria Descriptiva presentada fueron necesarios y ejecutados de forma correcta" y que "las cantidades medidas se corresponden con las tareas realizadas, las cuales fueron constatadas oportunamente". La firma presentó documentación que incluyó memoria descriptiva, presupuesto, análisis de precios, plan de trabajo, curva de inversión, material fotográfico y planos.


La justificación jurídica


Uno de los aspectos que se destacan del expediente es la vía legal utilizada para legitimar el pago de una obra que no pasó por el procedimiento ordinario de contratación pública. La Asesoría Letrada del Ministerio de Obras, Infraestructura y Transporte Público dictaminó que "se encuentra acreditado que la obra realizada es de utilidad para el erario provincial, por lo que, por aplicación del principio del enriquecimiento sin causa, no proceder a su reconocimiento implicaría conculcar el interés de una de las partes en beneficio de la otra".


El decreto de aprobación del gasto refuerza ese argumento al señalar que, "habiéndose acreditado que las tareas fueron efectivamente ejecutadas, que son útiles y necesarias para el correcto funcionamiento de la obra, y teniendo en cuenta el principio del enriquecimiento sin causa del artículo N° 1794 del Código Civil y Comercial de la Nación —de aplicación analógica en nuestro ordenamiento legal local—, corresponde aprobar lo actuado y autorizar el pago".


El Decreto N° 850/8, rubricado por el gobernador de la provincia Osvaldo Jaldo a instancias del Ministerio de Obras, Infraestructura y Transporte Público a cargo de Marcelo Nazur, formalizó en su artículo 1° la aprobación del gasto y emitir la correspondiente orden de pago. Las adecuaciones presupuestarias necesarias para afrontar la erogación habían sido dispuestas previamente mediante el Decreto N° 451/3 (SH) del 9 de marzo de 2026.

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