
El Tribunal de Cuentas de la provincia de Tucumán inició un Juicio de Responsabilidad contra Diego Fabián Giménez, Director de Planes y Programas Especiales de Trabajo de la Secretaría de Estado de Trabajo, por un presunto perjuicio fiscal al erario público cercano a los $8 millones. Esta medida surge de irregularidades detectadas en la contratación directa de servicios de traslado para trabajadores golondrina hacia Río Negro, que incumplieron la Ley de Administración Financiera al evitar el proceso de licitación. El acuerdo N° 293, emitido el 19 de febrero, revoca disposiciones previas y ordena la investigación, al destacar la falta de respaldo instrumental en un viaje de auxilio pagado indebidamente.
El caso se origina en expedientes acumulados (N° 997-184-U-2024 y N° 1027-184-C-2024), donde se contrataron servicios con la firma LA BARCELONETA SRL sin licitación. Según el acuerdo, "este Tribunal de Cuentas dispuso la sustanciación de una Comprobación Sumaria en la Secretaría de Estado de Trabajo, a los fines de determinar la existencia de eventuales perjuicio al erario y deslindar en su caso las responsabilidades emergentes, al advertirse irregularidades en las contrataciones directas realizadas por la Secretaría de Estado de Trabajo con la firma LA BARCELONETA SRL, para el traslado de los denominados 'Trabajadores Golondrinas'".
En los considerandos, se detalla que un acuerdo anterior (N° 5138 del 7 de noviembre de 2025) había clausurado la comprobación sin imputaciones patrimoniales, pero nueva evidencia reveló contradicciones. La Subdirección de Administración y Despacho informó que "la Resolución N° 1701/14-SET de fecha 13/11/2024 dictada en el Expte. N° 997/184/U/2024 fue pagada en fecha 10/03/2025, a cuyos efectos adjunto comprobante de pago N° 2615 emitido por el SAFIC (Sistema de Tesorería)". Sin embargo, Giménez declaró en una medida informativa que "no fueron pagados" los viajes, pese a haber conformado las facturas por $7.920.000.

El acuerdo enfatiza irregularidades en un viaje de auxilio: "El viaje de Auxilio del dominio AF703LY para garantizar la continuidad del servicio, hacia la provincia de Rio Negro, por desperfecto del dominio AE000JE, no tiene respaldo instrumental, ni consigue probarse con ningún otro elemento probatorio idóneo, que acredite fehacientemente lo manifestado tanto por la Empresa Barceloneta como por la Dirección de Planes y Programas Especiales de la Secretaria de Trabajo, en el sentido que el viaje fue efectivamente cumplido". Además, se destaca que "faltando elementos probatorios ciertos del viaje de auxilio con el dominio AF703LY, a la Provincia de Rio Negro – DUT, control caminero de destino, choferes, Comunicación de las empresas contratistas de destino, más el desconocimiento de la UATRE, la prestación del servicio no puede ser considerada como efectivamente realizada, por tanto, no corresponde su pago".
El Tribunal concluye que estas anomalías configuran un perjuicio fiscal bajo el artículo 152 inciso 2° de la Ley 6970 de Administración Financiera, ordenando: "IniciarJuicio de Responsabilidad en contra del Sr. Diego Fabián Giménez, en su carácter de Director de Planes y Programas Especiales de Trabajo de la Secretaría de Estado de Trabajo, sin perjuicio de hacer extensivo el mismo a quien o quienes de la instrucción del mismo resultaren asimismo responsables". Se designa al Dr. Santiago Cornet Esteves como instructor y se vincula con otro juicio (Acuerdo N° 4957 del 29 de octubre de 2025) contra José Pascual Raimondo Mohala (Jefe del Departamento de Servicio Administrativo Financiero de la Secretaria de Estado de Trabajo) por falta de rendición de cuentas relacionada con el mismo pago.
Este proceso pone bajo escrutinio las prácticas administrativas en la Secretaría, especialmente en programas para trabajadores temporales en situación de vulnerabilidad. El acuerdo fue rubricado por el presidente Miguel Chaibén Terraf y los vocales Sergio Díaz Ricci y Marcelo Vidal.