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SESIÓN DE LA CÁMARA

Al estilo de la “Corte menemista”: denuncian que la reforma del Código Procesal Civil otorga una "discrecionalidad sin control"

La Legislatura tucumana aprobó modificaciones clave bajo la premisa de agilizar los pleitos, pero la oposición denunció una peligrosa concentración de poder sin control que emula mecanismos de los años 90.

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18 jun, 2026 03:56 p. m. Actualizado: 18 jun, 2026 03:56 p. m. AR
Al estilo de la “Corte menemista”: denuncian que la reforma del Código Procesal Civil otorga una "discrecionalidad sin control"

La Legislatura de Tucumán sancionó por mayoría, una profunda reforma a la Ley N° 9531 (Código Procesal Civil y Comercial Común), impulsada por el legislador oficialista Gerónimo Vargas Aignasse. El debate en el recinto estuvo marcado por fuertes cruces y objeciones de la oposición, que advirtió sobre la implementación de un sistema de rechazo de recursos extraordinarios similar al utilizado por la “Corte menemista” de los años 90, lo que a su juicio otorga “más poder sin control” a la Corte Suprema local. Mientras el peronismo defendió la norma como un paso hacia la modernización y la celeridad judicial, los sectores disidentes alertaron sobre un modelo que prioriza la velocidad por sobre la calidad de la justicia, limitando el acceso de los ciudadanos a la última instancia jurisdiccional.


Vargas Aignasse (foto inferior), miembro informante del proyecto, sostuvo que la reforma no es un simple cambio normativo sino una “política pública de modernización institucional” que busca consolidar el paradigma del expediente digital. En su fundamentación, destacó la necesidad de garantizar el “plazo razonable” en las sentencias, afirmando que “la justicia lenta genera desconfianza en la sociedad”.


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Según el proyecto, la reforma busca optimizar el sistema mediante la consolidación del expediente digital y una resolución más ágil de litigios de menor cuantía, reduciendo el umbral del proceso sumario de cinco a tres consultas escritas.


Vargas Aignasse hizo especial hincapié en el polémico Artículo 822 bis, que regula la admisibilidad de recursos extraordinarios. “En el uso y costumbre del abogado se ha convertido a la Corte en una tercera instancia. Esa multiplicidad recursiva ha ido impactando negativamente en la gobernanza de justicia”, señaló el legislador, comparando la nueva facultad de la Corte tucumana con el artículo 280 del Código Procesal de la Nación. El objetivo, según el oficialismo, es evitar que la Corte se atiborre de planteos “francamente dilatorios”.


Desde la oposición, el legislador Manuel Courel (Cambia Tucumán) planteó una de las críticas más duras al vincular esta reforma con antecedentes históricos polémicos. “Este sistema fue introducido en 1990, casualmente cuando hubo mucha polémica en la Corte menemista... ahora queremos incorporar este artículo en la Corte de Tucumán”, advirtió Courel. El parlamentario cuestionó que el Máximo Tribunal pueda ahora rechazar causas con la “sola invocación de la norma (aprobada)” y sin necesidad de fundamentación, otorgando una “facultad a la Corte que va muchas veces en contra del justiciable”.


El dictamen sancionado permite el rechazo in limine de recursos manifiestamente improcedentes para desalentar la litigiosidad dilatoria, basándose en la sola referencia a que no se verifican las causales previstas en la ley. Además, se introdujeron cambios en la paralización de expedientes (Art. 165) y se reforzó la oralidad en las audiencias (Art. 471).


A estas críticas se sumó José Seleme (foto inferior) quien, aun reconociendo no ser abogado, brindó una visión cruda sobre el impacto de la medida: “Este proyecto no mejora la justicia, todo por el contrario, la restringe. Está cambiando justicia por velocidad y eso puede traer consecuencias”. Seleme fue tajante al señalar que “donde hay discrecionalidad sin control, hay arbitrariedad y por lo tanto no hay justicia”, concluyendo que “más poder sin control no es eficiencia, es riesgo”.


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Uno de los momentos más tensos de la sesión se produjo cuando Vargas Aignasse ninguneó los argumentos de Seleme debido a su formación profesional. “En relación al legislador que ha dicho que no es abogado, se nota y yo no voy a gastar tiempo en responder a cuestiones realmente inconcebibles. No sé quién le habrá escrito el manuscrito”, disparó el referente del PJ.


Ante este ataque personal, el legislador Agustín Romano Norri (Movimiento Radical) intervino en defensa de su par y, dirigiéndose a la presidencia del cuerpo a cargo de Miguel Acevedo, solicitó con ironía: “Que se lean los requisitos para ser legislador, porque parece que solamente se tiene que ser abogado para poder hablar”. La sanción final del proyecto dejó un clima de división parcial en la Cámara, con parte de la oposición advirtiendo que la nueva estructura procesal podría desproteger a los ciudadanos frente a los intereses del poder institucional.

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