El Ministerio de Educación de la provincia de Tucumán dispuso la exoneración del preceptor Miguel Ángel Carrizo de la Escuela de Comercio N°1 "General Manuel Belgrano", tras ser condenado por la justicia tucumana a tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual contra una alumna del establecimiento, identificada como S.B.M. Los hechos, que se extendieron entre abril y noviembre de 2022, fueron detallados en el Decreto N° 1.446/5, publicado en el Boletín Oficial y firmado por la ministra Susana Montaldo y la secretaria de Estado María Gabriela Gallardo.
La investigación administrativa, iniciada mediante la Resolución N° 0634/5 del 2 de octubre de 2024, se fundamentó en denuncias presentadas por la Supervisión de Educación Secundaria (Agrupamiento N° 1), que alertó sobre un presunto abuso sexual. El proceso incluyó testimonios clave, como la nota del profesor José Maximiliano Páez, el acta de la psicóloga del Departamento de Orientación Escolar (DOE) y la denuncia formal ante la Unidad Fiscal de Decisión Temprana, respaldada por la declaración del padre de la víctima ante la Unidad Fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual. El informe del Equipo de Orientación Escolar y la sentencia penal definitiva del 18 de diciembre de 2024, confirmaron la responsabilidad de Carrizo.
El decreto, al que tuvo acceso Tendencia de Noticias, detalla que la justicia tucumana, a través de un juicio abreviado, condenó a Carrizo como autor del delito de “abuso sexual simple agravado por ser el autor encargado de la educación en modalidad continuado” (artículos 45, 55 en sentido contrario, y 119 primer y quinto párrafo en función del párrafo 4 inciso b del Código Penal). Este fallo, basado en hechos ocurridos entre abril y noviembre de 2022, fue comunicado al Ministerio de Educación para que evaluara la situación del condenado.
Vulneración de principios
La investigación administrativa corroboró las violaciones al artículo 5° incisos 1) y 5) de la Ley N° 3.470 (Estatuto del Docente), que le exigen “desempeñar digna, eficaz y lealmente las funciones inherentes a su cargo” y “observar una conducta moral acorde con la función educativa”. La Conclusión del Sumario destacó: “los hechos expuestos corroborados mediante testimonios y el informe psicológico del DOE sugieren un patrón de conducta que vulnera los principios éticos y profesionales que rigen el rol de los educadores en el ámbito escolar. Asimismo, la evidencia acumulada indica abuso de poder y una violación de los derechos de la alumna, afectando no sólo su integridad física y psicológica, sino también el ambiente de respeto y seguridad que deben prevalecer en el contexto educativo”.
El decreto subraya la gravedad del caso, agravada por la posición de Carrizo como preceptor, definido como “encargado de la educación” según el artículo 119 del Código Penal, lo que implica una relación de confianza y autoridad que fue abusada. Se argumenta que “la especial y particular relación de este con la víctima es lo que la norma tiene en cuenta para agravar la punibilidad”. Además, se invocó la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niños y Adolescentes, que garantiza “la dignidad como sujetos de derechos” y prohíbe “cualquier forma de explotación sexual, torturas, abusos o negligencias”.
A pesar de la sanción inicial de cesantía propuesta (artículo 56° inciso 7 de la Ley N° 3.470), el Ministerio consideró insuficiente esta medida ante la gravedad de los hechos, optando por la exoneración bajo el inciso 8 del mismo artículo. Esta decisión, respaldada por el Dictamen Fiscal N° 0675/2025, implica que Carrizo queda inhabilitado para ejercer la docencia en cualquier modalidad, según los artículos 13° inciso 2) y 21° de la Ley N° 3.470.
Las autoridades de la provincia ordenaron la comunicación de la sanción a las Juntas de Clasificación Docente y al Tribunal de Cuentas. Es dable recordar que, Tendencia de Noticias, ya había informado de un hecho por conductas sexuales inapropiadas por parte de un preceptor de la Escuela Técnica N°1 “Independencia Argentina”, tras comprobarse dichos actos contra una alumna, que fueron cometidos en el año 2015 pero recién ahora se dispuso la cesantía del implicado, con el agravante que en 2010 esta misma persona registró también otra denuncia por hechos similares.