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CAMINO A 2027

Viola defendió a Jaldo: “No hay que buscar en tribunales lo que no se puede conseguir en las urnas”

El secretario de Energía respondió al anuncio de LLA de judicializar una eventual candidatura del gobernador. Sostuvo que el artículo 90 lo habilita expresamente para buscar la reelección en 2027.

PorTendencia de noticias
12 sept, 2026 10:50 a. m. Actualizado: 12 sept, 2026 10:50 a. m. AR
Viola defendió a Jaldo: “No hay que buscar en tribunales lo que no se puede conseguir en las urnas”

 

El secretario de Energía de Tucumán, Martín Viola, se sumó a la defensa de una eventual candidatura del gobernador Osvaldo Jaldo en 2027 y salió al cruce de La Libertad Avanza, luego de que el espacio libertario anticipara que recurrirá a la Justicia para intentar impedir una nueva postulación del mandatario.


Viola, quien además es abogado, centró su respuesta en el artículo 90 de la Constitución de Tucumán y sostuvo que la situación de Jaldo está expresamente contemplada por la Carta Magna provincial. Al mismo tiempo, acusó a sus adversarios de intentar trasladar a los tribunales una disputa que deberían resolver electoralmente. “No hay que buscar en tribunales lo que no se puede conseguir en las urnas”, encabezó Viola el mensaje que difundió a través de su cuenta en X.


“Cuando algunos advierten que no pueden ganar en las urnas, buscan trasladar al ámbito judicial una discusión que debe resolverse democráticamente”, afirmó.


La respuesta se produce después de que LLA Tucumán, espacio que conduce Lisandro Catalán, anunciara que judicializará una eventual candidatura de Jaldo cuando estén dadas las condiciones electorales y procesales. Los libertarios admitieron que la Constitución provincial actualmente habilita esa postulación, pero sostienen que el artículo 90 debe analizarse a la luz de principios republicanos de la Constitución Nacional, como la periodicidad de los mandatos y la alternancia en el poder.

 

“La Constitución es clara”

 

Frente a ese argumento, Viola sostuvo que no existe una prohibición constitucional que alcance al actual gobernador. “Hay algo que no puede ser reemplazado por especulaciones, operaciones políticas ni interpretaciones forzadas: la Constitución de Tucumán. Y la Constitución es clara”, expresó.


El funcionario recordó que el artículo 90 establece que gobernador y vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidos por un período consecutivo. Pero puso especialmente el foco en otra disposición del mismo artículo, que regula qué sucede cuando una persona ejerció previamente la Vicegobernación.


La norma establece: “El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo”.


Para Viola, esa cláusula despeja la discusión sobre el caso particular de Jaldo. “No se trata de una interpretación creativa. No se trata de una excepción inventada para una persona determinada. Es una regla expresa incorporada por el propio constituyente tucumano”, argumentó.


 

El recorrido de Jaldo

 

El secretario de Energía repasó entonces la trayectoria institucional del gobernador para fundamentar su posición. Jaldo fue vicegobernador durante los dos períodos encabezados por el actual senador Juan Manzur, entre 2015 y 2023, y posteriormente fue elegido gobernador.


“Osvaldo Jaldo fue vicegobernador durante dos períodos consecutivos, entre 2015 y 2023. En 2023 fue elegido gobernador por primera vez”, señaló.


A partir de ese recorrido, Viola rechazó que una nueva candidatura pueda considerarse un tercer mandato como gobernador o un supuesto de reelección indefinida. “Una eventual candidatura en 2027 no constituiría un tercer mandato como gobernador ni una reelección indefinida: sería la primera reelección de Jaldo en el cargo de gobernador, exactamente dentro del supuesto que contempla el artículo 90”, sostuvo.


El argumento responde a uno de los puntos que promete concentrar la disputa jurídica si finalmente se formaliza la candidatura. LLA cuestiona la prolongada permanencia de Jaldo en la fórmula del Poder Ejecutivo provincial y pretende discutir si la habilitación prevista por la Constitución tucumana resulta compatible con los principios republicanos nacionales.

 

Viola también sostuvo que una restricción al ejercicio de los derechos políticos debe encontrarse expresamente establecida y no puede surgir de una interpretación extensiva. “En materia de derechos políticos hay un principio elemental: las inhabilidades no se presumen ni pueden construirse por analogía. Deben surgir de una norma constitucional clara”, afirmó.


En esa línea, cuestionó que los antecedentes judiciales sobre reelecciones en otras provincias puedan trasladarse automáticamente al escenario tucumano. “Pretender trasladar automáticamente a Osvaldo Jaldo las discusiones jurisprudenciales sobre otros sistemas constitucionales provinciales tampoco resulta correcto. Cada Constitución establece su propio régimen de elegibilidad y reelección, y la Constitución de Tucumán tiene una disposición expresa que contempla precisamente el supuesto de un vicegobernador que, después de dos períodos, accede a la Gobernación”, planteó.


En el tramo final de su mensaje, Viola llevó nuevamente la controversia al terreno político y defendió la autonomía provincial para establecer las condiciones de elección y reelección de sus autoridades. “No debemos alterar la voluntad popular ni la autonomía provincial por la vía judicial”, sostuvo. Y agregó: “Los tribunales deben garantizar el cumplimiento de la Constitución, no reemplazar la voluntad del constituyente ni decidir quién puede o no ganar una elección”.


Finalmente, el funcionario cuestionó las interpretaciones que buscan impedir la postulación y le apuntó a la oposición. “Todo lo demás es política o interpretaciones unitarias y distorsionadas del derecho público provincial. Y la política, en una democracia, se resuelve con votos”, completó.

 

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