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SESIÓN CLAVE

Sin establecer cupos ni cilindrada mínima, el Concejo aprobará la regulación del servicio de transporte en motos

Si bien el proyecto de ordenanza que debatirán hoy los ediles busca ordenar la actividad, no se fija un cupo máximo de motos habilitadas para circular y se deja en manos de la Intendencia la definición sobre la potencia mínima o cilindrada.

PorTendencia de noticias
03 dic, 2025 04:24 p. m. Actualizado: 04 dic, 2025 07:02 a. m. AR
Sin establecer cupos ni cilindrada mínima, el Concejo aprobará la regulación del servicio de transporte en motos

El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán tratará hoy, desde las 9, un proyecto de ordenanza que crea el Régimen de Transporte Privado de Pasajeros en Motocicleta mediante Plataformas Digitales. La propuesta, que fue consensuada por los distintos bloques políticos, establece estándares de habilitación, obligaciones para conductores y plataformas, un esquema de fiscalización y sanciones, y derechos para los usuarios.


Sin embargo, la iniciativa no fija un cupo máximo de motos habilitadas para prestar ese servicio, aspecto que constituye una de las principales objeciones que realizan taxistas y empresarios de ómnibus sobre el funcionamiento de este tipo de servicios a través de aplicaciones como Uber moto.


Además, la propuesta deja en manos del Departamento Ejecutivo la definición sobre la cilindrada o potencia mínima con el que deberán contar las motocicletas para poder transportar pasajeros con fines comerciales.


El proyecto reconoce a los viajes solicitados por app como un servicio privado de interés público y prohíbe la captación de pasajeros en la vía pública. Pero algunas condiciones operativas relevantes deberán ser definidas por la intendenta Rossana Chahla durante la etapa de reglamentación, como la definición de la futura autoridad de aplicación de esta ordenanza.


Ese organismo concentrará funciones de control, fiscalización, registro y sanción, abarcando desde inspecciones hasta el retiro preventivo de motocicletas ante incumplimientos graves.


Requisitos y obligaciones para los conductores


Quienes quieran operar para prestar el servicio de transporte de pasajeros en motos deberán contar con licencia habilitante, DNI, seguro vigente y una motocicleta con cédula identificatoria, VTV o equivalente y seguro con cobertura para el pasajero.


El texto exige estándares mínimos de seguridad, como una cilindrada mínima que asegure potencia y estabilidad (a definir por el Ejecutivo Municipal) cubiertas de calle aptas para uso urbano y un sistema de freno en condiciones reglamentarias.


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También se fijan obligaciones estrictas respecto al uso obligatorio de casco para conductor y pasajero, el respeto por las normas de tránsito, prohibición de consumo de alcohol o sustancias y condiciones psicofísicas aptas para conducir.


Según el proyecto, estará expresamente prohibido para las motos Uber (y de otras plataformas) circular sin habilitación, con documentación adulterada o con vehículos que no cumplan requisitos quedará expresamente prohibido.


Facultades de control y esquema de sanciones


La propuesta que cuenta con dictamen para su aprobación aclara que la autoridad de aplicación podrá realizar inspecciones, requerir documentación, disponer medidas preventivas, como suspensiones o el bloqueo de conductores dentro de la plataforma, y elevar infracciones al Tribunal Municipal de Faltas.


También está previsto que, en casos graves, como la prestación del servicio sin seguro, la motocicleta sea retenida y trasladada al corralón municipal.


De acuerdo con la propuesta acordada por los ediles, las aplicaciones que prestan el servicio de transporte de pasajeros en motos deberán inscribirse en un Registro Municipal, proporcionar datos legales, mecanismos de identificación, sistemas de geolocalización, protocolos de seguridad y acreditar cumplimiento tributario.


También deberán mostrar datos del conductor y del vehículo antes del viaje, informar el costo previo a la contratación, registrar los recorridos, disponer de herramientas de emergencia y bloquear preventivamente a conductores o motos cuando lo requiera la autoridad. La falta de inscripción impedirá el funcionamiento de una plataforma en la ciudad.


Derechos y deberes de los usuarios

 

La norma propuesta incorpora un capítulo específico de protección al usuario: información clara, viaje seguro, trato respetuoso, comprobante electrónico y acceso a canales de reclamo municipales y de la plataforma.


A su vez, se establecen deberes para los pasajeros, como el uso obligatorio de casco, el pago del servicio y la prohibición de solicitar viajes “por oportunidad”, es decir, deteniendo motos en la vía pública.


Además, aclara que el Municipio deberá habilitar un canal oficial de reclamos y adoptar protocolos especiales de atención para mujeres y diversidades, personas mayores, personas con discapacidad, menores y usuarios en situación de vulnerabilidad. También podrá coordinar acciones con organismos provinciales y nacionales.


El proyecto que se tratará en la sesión convocada para este jueves a las 9 aclara que el Departamento Ejecutivo tendrá 60 días para reglamentar la ordenanza y, durante ese período, “podrá otorgar habilitaciones provisorias sin generar derechos adquiridos”.


La iniciativa deroga la ordenanza 3.260/02 y constituye un marco actualizado frente al crecimiento del mototransporte digital, aunque con un esquema en el que la Intendencia concentrará la definición de variables clave del sistema.


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