publicidad

SIN DEFINICIONES

El PAMI apeló el fallo que ordenaba dejar sin efecto la restricción de medicamentos para jubilados tucumanos

El organismo nacional pidió revisar la sentencia dictada por un juez mendocino, que había hecho lugar a un amparo presentado por el diputado Carlos Cisneros, y defendió las resoluciones por las cuales se disponen requisitos mínimos para el acceso a una cobertura del 100% en los remedios. Aseguran que se busca garantizar “la sustentabilidad del sistema de salud”.

Por Tendencia de noticias

04 mar, 2025 05:32 p.m. Actualizado: 04 mar, 2025 05:32 p.m. AR
El PAMI apeló el fallo que ordenaba dejar sin efecto la restricción de medicamentos para jubilados tucumanos

La causa judicial por las restricciones en la entrega de medicamentos a jubilados dispuesta por el PAMI tuvo un giro en las últimas horas. El organismo nacional apeló el fallo dictado a mediados de febrero por el juez federal de Mendoza, Pablo Omar Quirós, que le ordenaba suspender las resoluciones por las cuales se fijaron requisitos mínimos para que los jubilados y pensionados tucumanos puedan tener cobertura del 100% en los medicamentos.


El magistrado había hecho lugar a un amparo presentado por el diputado nacional y dirigente de la Asociación Bancaria, Carlos Cisneros, conjuntamente con la ONG Redecu (Red de Defensa el Consumidor y Usuario), para exigir que se garantice la entrega gratuita de remedios a los pasivos de nuestra provincia.


En su apelación, el PAMI argumentó que las medidas restrictivas son necesarias para asegurar la “sustentabilidad del sistema de salud”. Según Guido Carcedo, abogado representante del organismo nacional, la cobertura de medicamentos al 100% se mantiene para quienes cumplen ciertos requisitos, por lo que no se considera vulnerado el derecho de acceso a la salud de los afiliados en la provincia de Tucumán.

Además, el abogado planteó que el caso debería ser trasladado a la justicia Federal de la Ciudad de Buenos Aires, con el argumento de que el fallo de Quirós es arbitrario.


El letrado subrayó que su sistema es el que brinda la mayor cobertura de medicamentos de todo el sistema de salud del país, y que suspender las resoluciones cuestionadas afectaría no sólo a Tucumán, sino a todos los afiliados del organismo en Argentina.


En su sentencia, Quirós había dispuesto que los jubilados y pensionados tucumanos también sean incluidos en la cautelar que le ordenó al PAMI dejar sin efecto las resoluciones N° 2431/2024 y N° 2537/2024 del organismo, por las cuales restringió la entrega gratuita de medicamentos.


Mediante esos instrumentos, el PAMI dispuso que para continuar recibiendo medicamentos gratis periódicamente los jubilados y pensionados debían completar un trámite que acredite su situación clínica bajo tratamiento médico y cumplir otros requisitos.


En su fallo, con fecha del 14 de febrero, el juez federal Quirós consideró que “la exigencia de la acreditación de dichos requisitos sobre las espaldas de los jubilados y pensionados ‘bajo tratamiento médico’ no luce -en principio- razonable” y sostuvo que “poner en cabeza de los propios afiliados dicho extremo configura prima facie una exigencia desproporcionada”.


El magistrado recordó que se trata de un grupo de usuarios “especialmente vulnerable” y de “preferente tutela”, a quienes se suma “una nueva situación de vulnerabilidad que es la de estar bajo tratamiento medicamentoso y cuya cobertura podría verse de manera sorpresiva interrumpida so pretexto de nuevos recaudos administrativos”.


Por otro lado, el juez mendocino remarcó que “el Estado Argentino, por ser signatario de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las Personas Mayores, ha asumido la obligación de actuar con la debida diligencia en la protección de los derechos de los adultos mayores, debiendo adoptar medidas para prevenir y evitar la vulneración de derechos de este grupo vulnerable, eliminando barreras que puedan dificultar el acceso a los mismos, especialmente al derecho a la salud”.


En virtud de lo expuesto, el magistrado federal de Mendoza consideró que “se encuentran reunidos los requisitos que habilitan el dictado de la medida cautelar solicitada, y teniendo en cuenta que en el marco de las presentes actuaciones ya se ha ordenado una medida cautelar de similar tenor cuyo ámbito de aplicación se circunscribió a la provincia de Mendoza, se justifica, en consecuencia, extender los efectos de dicha medida a los usuarios afiliados al PAMI en la provincia de Tucumán”.


El PAMI rechazó esos argumentos y consideró que el fallo dictado por el juez mendocino “es arbitrario”, por lo que solicitó dejar sin efecto la cautelar y que el expediente sea girado a los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ahora, la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia cuyana deberá resolver si hace lugar al planteo del organismo o si confirma el fallo del juez Quirós.

publicidad

Más de politica

publicidad