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CONFLICTO

Ante la Corte, los colegios de abogados piden frenar la vigencia de la reforma judicial

Plantearon la inconstitucionalidad de la Ley 9.987 y solicitaron una medida cautelar para suspender sus efectos. Cuestionan la ampliación de competencias de los Juzgados de Paz, la pérdida de especialización y la posibilidad de que determinadas causas tramiten sin patrocinio letrado.

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Fernando StanichTendencia de noticias
31 ago, 2026 05:39 p. m. Actualizado: 31 ago, 2026 05:39 p. m. AR
Ante la Corte, los colegios de abogados piden frenar la vigencia de la reforma judicial

La reforma del Poder Judicial de Tucumán ya afronta un planteo de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. El Colegio de Abogados de Tucumán y el Colegio de Abogados del Sur concretaron la presentación que habían anticipado durante el debate legislativo y solicitaron, además, que se suspenda cautelarmente la aplicación de la Ley 9.987 mientras se resuelve la cuestión de fondo.


El constitucionalista Christian Cao fue el encargado de elaborar la acción, que cuestiona distintos aspectos de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El presidente del Colegio de Abogados de Tucumán, Alberto López Domínguez, confirmó que la demanda “ya está ingresada” y que las dos entidades profesionales actúan como impulsoras del planteo.


La presentación no se concentra en un único punto. Según explicó López Domínguez, los Colegios cuestionan distintos aspectos de la reforma, entre ellos la derivación de causas hacia los Juzgados de Paz y aquellos procesos en los que deja de ser obligatoria la representación de las partes mediante un abogado.

“Son cuestiones que afectan nuestra protección, que afectan los derechos, entendemos nosotros, y por eso está hecho el planteo de inconstitucionalidad”, sostuvo a Tendencia de Noticias.


En el escrito presentado ante la Corte se desarrollan distintos agravios constitucionales. Entre ellos aparecen la afectación del juez natural, la especialización judicial, la reserva de ley y la tutela judicial efectiva. También se cuestiona la delegación en la Corte de facultades para definir aspectos sustanciales de la organización y competencia de los tribunales.


El problema de la Cámara Civil

Uno de los antecedentes centrales de la reforma fue el diagnóstico realizado por la propia Corte sobre el funcionamiento de la Justicia Civil.


El problema detectado estaba especialmente concentrado en la segunda instancia. Mientras la primera instancia del fuero Civil y Comercial Común había reducido de manera drástica sus sentencias definitivas vencidas, la Cámara Civil y Comercial registraba un crecimiento de los expedientes pendientes. Ese desbalance fue presentado como uno de los principales fundamentos para avanzar con la reorganización de las cámaras.


La reforma avanzó entonces sobre la estructura de las cámaras y sobre los criterios de competencia. La discusión incluyó la unificación de la Cámara en lo Civil y Comercial Común con la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones, además de la incorporación de criterios de competencia múltiple.


Para los Colegios de Abogados, el problema no es solamente cómo distribuir el trabajo para reducir la demora. La objeción es que, en nombre de esa reorganización, se modifiquen reglas vinculadas con la especialización de los magistrados y el juez que debe intervenir en cada conflicto.


En la demanda, los abogados sostienen que la nueva legislación introduce un esquema de competencia múltiple que genera incertidumbre sobre el órgano que deberá resolver determinadas controversias. También cuestionan que la ley permita a la Corte definir mediante reglamentaciones aspectos sustanciales de la organización judicial.


Ese es uno de los puntos que había planteado Cao en la entrevista con El Matutino. El constitucionalista sostuvo que puede haber otras herramientas para resolver los eventuales “cuellos de botella” de la Cámara Civil, pero que la solución no debería pasar por eliminar la obligatoriedad de la intervención de los abogados en determinados procesos.


El avance sobre la Justicia de Paz

El otro eje fuerte del planteo es la ampliación de las competencias de los Juzgados de Paz. La Ley 9.987 trasladó hacia ese ámbito una serie de materias que antes correspondían a la Justicia ordinaria. Para los Colegios, el problema aparece cuando esa ampliación alcanza conflictos que exceden la lógica de asuntos de menor cuantía o complejidad.


La demanda cuestiona además que los jueces de Paz tengan un mecanismo de designación diferente al de los magistrados ordinarios, sin la intervención del Consejo Asesor de la Magistratura en los términos aplicables a estos últimos.

Pero el punto que los abogados consideran más sensible es la intervención profesional.


López Domínguez lo planteó desde el acceso a la Justicia. “El ciudadano que va a tribunales tiene que estar acompañado por un abogado”, dijo. Según explicó, el profesional es quien conoce el derecho y orienta a la persona que reclama por sus derechos ante los tribunales. “Cualquier cuestión que afecte ese principio, afecta los derechos constitucionales”, afirmó.


El planteo de los Colegios sostiene que la ampliación de las competencias de los Juzgados de Paz ya está produciendo efectos concretos y que existen asuntos que antes requerían obligatoriamente la intervención de un abogado y que ahora pueden tramitar sin ese requisito.


En manos de la Corte

Junto con la demanda de inconstitucionalidad, los Colegios solicitaron una medida cautelar para suspender la aplicación de la reforma.


El pedido busca que, mientras se sustancia la causa, se mantenga vigente el régimen anterior de organización y competencia judicial. La presentación sostiene que la Ley 9.987 ya se encuentra en ejecución y que algunas de sus consecuencias podrían resultar difíciles de revertir.


López Domínguez confirmó que la reforma comenzó a aplicarse a través de distintas decisiones adoptadas por el Poder Judicial y que ahora será la Corte la que deberá resolver el pedido de suspensión.


“Presentada la demanda por parte de los Colegios, queda en la decisión de la Justicia qué hacer y qué responder sobre esta medida cautelar”, señaló. Los tiempos, según explicó el presidente del Colegio, dependerán del trámite judicial. “Hoy el trámite es muy ágil, así que esperamos tener noticias en muy poco tiempo”, dijo.


La demanda fue presentada dentro del plazo de 60 días establecido para este tipo de acciones desde la publicación oficial de la norma. La Ley 9.987 fue sancionada el 18 de junio y publicada en el Boletín Oficial el 1 de julio.


La discusión previa

La Corte Suprema impulsó la reforma con el argumento de mejorar el funcionamiento de los tribunales y atender los desequilibrios en la carga de trabajo. Los abogados, que habían formulado reparos durante el tratamiento legislativo, sostienen que algunos de los cambios avanzan sobre garantías constitucionales y sobre el ejercicio profesional.

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