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La resolución judicial beneficia a Ezequiel Castaño, quien tenía diecinueve años al momento de desatarse el caso que investigó el deceso de Tomas Octavo, de diecisiete. El estudiante comenzó a presentar síntomas de fiebre elevada y dolores corporales mientras se encontraba en la ciudad patagónica, un cuadro de salud que se agravó tras retornar a la localidad de San Justo en la provincia de Buenos Aires, donde falleció a causa de una falla multiorgánica.
El fallo emitido por los tribunales rionegrinos determinó que el imputado realizaba sus tareas para la empresa Traveldance en condición de aprendizaje y sin cargos de dirección o supervisión sobre el contingente. Por esta razón, las autoridades concluyeron que no existían pruebas suficientes para imputarle responsabilidad penal respecto a las decisiones adoptadas durante la estadía de los alumnos en el destino turístico.
A pesar de este sobreseimiento, la causa penal continúa su curso contra otros empleados de la firma de viajes, entre los que se encuentra el coordinador Diego Cañete, señalado por los investigadores como el encargado de impartir las directivas al grupo. La fiscalía analiza una posible cadena de omisiones ya que el joven afectado no fue derivado a un centro médico de alta complejidad a pesar de las solicitudes planteadas por sus compañeros.
En el marco de este proceso legal, durante el mes de mayo la profesional de la salud Ana Carlín recibió una condena de tres años de prisión en suspenso y diez años de inhabilitación profesional tras admitir su culpabilidad por homicidio culposo. La investigación determinó que el desenlace fatal se pudo haber evitado mediante un diagnóstico médico oportuno en el hotel donde se alojaba la delegación.