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CARENCIA DE NORMATIVA DE CONTROL

Legisladores tratarán una estricta norma de regulación para eventos masivos en la Provincia

Un dictamen de la Comisión de Seguridad y Justicia, que engloba sendos proyectos presentados por distintos parlamentarios, establece una serie de parámetros, requisitos y obligaciones que deberán cumplir los organizadores de dichos eventos con una convocatoria superior a las 500 personas. Además, se controlará el espacio y tipo de local destinado a brindar los espectáculos. Se promueve la seguridad y convivencia ciudadana. Sanciones.

Por Tendencia de noticias

21 abr, 2025 07:37 p.m. Actualizado: 21 abr, 2025 07:37 p.m. AR
Legisladores tratarán una estricta norma de regulación para eventos masivos en la Provincia

La movida cultural y de ocio tucumana, en especial la que se desarrolla en la nocturnidad y con una concurrencia masiva, adoptó en los últimos años un crecimiento significativo, ligado a una serie de contratiempos vinculados con la seguridad, hechos de violencia, cuestiones propias de la infraestructura de los locales en los que se desarrollan dichos eventos, situaciones de irregularidad en los mismos y hasta cuestiones vinculadas con la convivencia ciudadana.


Al respecto, Tucumán, hasta la actualidad, carece de una norma que tienda a regularizar todo este contexto, por lo que la Legislatura resolvió avanzar al respecto y todo indica que, en la próxima sesión, se analizará un proyecto tendiente a la organización, realización y supervisión de tales eventos masivos. En este sentido, la Comisión de Seguridad y Justicia de la Cámara, presidida por Gerónimo Vargas Aignasse, ya dio el puntapié inicial al dictaminar favorablemente a sendos proyectos presentados hacia fines del año pasado (por Carlos Najar, Carolina Vargas Aignasse, Walter Berarducci, Francisco Serra, el propio Gerónimo Vargas Aignasse y Claudio Viña) y el restante correspondiente a una iniciativa elevada por los representantes de Fuerza Republicana, Ricardo Bussi y Eduardo Verón Guerra, durante la semana pasada.


El dictamen, que será puesto a consideración en el recinto, tiene como objetivo garantizar la seguridad, el orden, la salud y el bienestar de los asistentes a dichos eventos, así como la protección del medio ambiente y del patrimonio cultural. El proyecto, está orientado a ser aplicado "a todas aquellas reuniones, espectáculos públicos o actividades recreativas que se realicen en forma habitual o esporádica, sean organizados por personas físicas o personas jurídicas privadas, que reúnan a más de 500 personas en espacios cerrados, semicerrados o abiertos y que requieran una organización especial para su desarrollo".


Registros


Asimismo, se indica en la norma que los municipios deberán adecuar sus reglamentaciones locales que pueden establecer regulaciones ampliatorias o complementarias. En tanto, aclara el texto, que quedan excluidas las actividades privadas de carácter social, familiar o educativa, que no estén abiertas al público y toda otra actividad que no se realice a título oneroso.


Paralelamente, se aduce en el dictamen que "los locales habilitados como salones de fiestas no pueden realizar espectáculos púbicos y tienen prohibido el cobro de entradas, hasta tanto den cumplimiento a los requisitos establecidos en la presente Ley", una vez que sea sancionada y promulgada por el Poder Ejecutivo.


El proyecto determina la creación del "Registro de Organizadores de Eventos Masivos" para personas físicas, jurídicas o bien cuando se presenten contratos asociativos, siendo que, en todos los casos, deberán presentar una serie de requisitos y documentaciones para poder integrar el registro aludido. A su vez, se crea el "Registro de Espacios de Espacios Habilitados para Eventos Masivos" que emitirá un certificado de inscripción con una vigencia de dos años que identifique precisamente el predio habilitado y a su titular.


La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la reemplace.


Requisitos y condiciones


En el articulado de la iniciativa, se detalla que para la autorización de eventos, el organizador deberá presentar:


  1. El certificado de inscripción en el Registro de Organizadores de Eventos

    Masivos.

  2. El certificado de inscripción en el Registro de Espacios Habilitados para Eventos

    Masivos.

  3. Memoria descriptiva del evento.

  4. El plan de seguridad y evacuación.

  5. El plan de gestión de residuos.

  6. El plan de contingencia ante emergencias.

  7. Seguro de responsabilidad civil.


Por su parte, en la normativa se estipula que los organizadores deberán garantizar las siguientes condiciones mínimas de seguridad y salud:


  • Estricto cumplimiento de la capacidad máxima autorizada para el espacio habilitado.

  • Cumplimiento de la normativa vigente relativas a las instalaciones complementarias, estructuras e infraestructuras fijas ,y transitorias.

  • La contratación de un sistema de seguridad del espectáculo, con personal policial uniformado o seguridad privada, el que deberá cumplir funciones en el ingreso y salida del espacio donde se desarrolla el evento y en sus inmediaciones y sólo en caso necesario, en el interior de dicho espacio.

  • Señalización adecuada para evacuación y seguridad.

  • Iluminación apropiada en todas las áreas del evento.

  • Servicios sanitarios suficientes y accesibles

  • Suministro de agua potable en forma gratuita.

  • Asistencia médica y primeros auxilios disponibles durante el evento.

  • Plan de control de multitudes para prevenir desbordes y accidentes.

  • Plan de prevención de incendios y medidas ignífugas.

  • Accesibilidad para personas con discapacidad.


Sanciones


En otro apartado del proyecto, se resalta que "en ningún caso se habilitará eventos en los que la densidad de ocupación del espacio destinado al público sea mayor a dos personas por metro cuadrado".


En paralelo, se sostiene que los organizadores deberán implementar medidas para minimizar el impacto ambiental, ya sea a través de la correcta gestión y disposición de residuos; la reducción del consumo de energía y uso de fuentes renovables; fomentar el reciclaje y la utilización de materiales biodegradables y la gestión del impacto sonoro del evento.


El incumplimiento de lo determinado por la normativa, será sancionado con multas de entre 1000 y 100.000Unidades Fijas (UF, entendidas como el precio de un litro de nafta de mayor octanaje que fija el Automóvil Club Argentino para vehículos particulares); la suspensión o clausura del evento y/o del espacio y la lnhabilitación temporal o permanente en el Registro de Organizadores y de Espacios.


Fundamentos


"La sanción de esta ley traerá consigo múltiples beneficios para la provincia, ya que la implementación de medidas de seguridad y control reducirá el riesgo de accidentes y garantizará un ambiente más seguro para los asistentes. Además, la regulación de los eventos masivos contribuirá a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, al reducir los niveles de ruido y contaminación y garantizar el respeto por los derechos de los vecinos. En tanto que se fomentará el desarrollo de un sector turístico y cultural más organizado y profesional, generando oportunidades de empleo y promoviendo la actividad económica", sostuvo Najar en su proyecto.


Por su parte, Bussi consideró que "es necesario un equilibrio entre el principio de libertad, seguridad y convivencia. La ciudadanía es libre de elegir la forma de ocio y diversión, y los organizadores de eventos públicos de ofrecer un amplio y diverso elenco de eventos con límites en el respeto a las obligaciones derivadas del interés general por razones de seguridad, convivencia y derechos de las personas, no solo de los espectadores, sino también de aquellos que, sin participar en dicha actividad, tienen derecho al descanso y a una convivencia normalizada".


Vale recordar que, hacia fines de octubre del año pasado, la Legislatura aprobó la ley que establece la creación del "Registro de Productores de Fiestas Electrónicas" y un Protocolo anexo que dispone los requisitos que éstos deberán cumplir para organizar ese tipo de eventos, que habían sido prohibidos, en aquel momento, provisoriamente en Tucumán. Así, el Parlamento aprobó sin modificaciones el proyecto que fue enviado por el gobernador Osvaldo Jaldo, y que fue fruto del consenso en reuniones con empresarios y representantes de los distintos bloques políticos de la Cámara. Por un lado, la ley estableció que será obligatorio que en ese Registro se inscriban quienes produzcan, organicen y promuevan fiestas de música electrónica de concurrencia masiva en el territorio tucumano. En tanto, el Protocolo anexo determinó rigurosas exigencias que deberán cumplir los “empresarios de la noche”, como contratar servicios de seguridad externa y de ambulancias, contar con puestos sanitarios con asistencia médica para los concurrentes a esos espectáculos y garantizar la “entrega gratuita de agua potable para el consumo” de los jóvenes, a través de dispensadores, bebederos u otros medios, “sin límites y sin que medie solicitud alguna”.

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