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Noticias Argentinas difundió que los antecedentes por sobornos de la multinacional Stericycle, las operaciones societarias vinculadas con los Mauro y Solari y los controles sobre el tratamiento de residuos plantean interrogantes sobre los procedimientos utilizados por los organismos públicos para seleccionar proveedores y verificar el cumplimiento de los servicios contratados.
La investigación se concentra en tres aspectos: qué empresa recibe cada contrato, cuáles son sus antecedentes y cómo acredita que realizó el tratamiento de los residuos por los que factura.
En abril de 2022, la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) informó que Stericycle había pagado sobornos para obtener y mantener negocios con clientes estatales en Argentina, Brasil y México.
Según el organismo estadounidense, la compañía utilizó planillas con códigos para registrar los pagos ilegales y recurrió a proveedores ficticios y facturas falsas para encubrir los desembolsos. La investigación también identificó deficiencias en sus mecanismos de control contable interno.
La resolución coordinada con autoridades estadounidenses y brasileñas implicó consecuencias económicas superiores a los US$84 millones. Esa cifra corresponde al monto de los acuerdos alcanzados y no representa el dinero efectivamente destinado al pago de sobornos.
En paralelo, los registros societarios argentinos permiten reconstruir operaciones de Gustavo Gabriel Mauro, Fernando Javier Mauro y Gustavo Osvaldo Solari con empresas vinculadas históricamente a la estructura local de Stericycle.
Los Mauro y Solari vendieron TRI-ECO al grupo multinacional en 2013.
Posteriormente, una cesión instrumentada el 3 de agosto de 2020 y publicada en el Boletín Oficial en febrero de 2021 estableció que cada uno de los tres quedara con una participación del 30% en MEDAM B.A. S.R.L., equivalente al 90% del capital en conjunto.
Sin embargo, los antecedentes de Stericycle no implican por sí mismos responsabilidad de las personas mencionadas ni permiten concluir que las sociedades vinculadas estén impedidas de contratar con el Estado.
La determinación de eventuales responsabilidades requiere identificar a las personas o empresas alcanzadas por cada resolución, sus efectos jurídicos y la relación concreta con los proveedores que participan en las contrataciones.
En ese sentido, un acuerdo de enjuiciamiento diferido celebrado en el extranjero no equivale automáticamente a una condena firme.
La normativa que regula las contrataciones de la Administración Nacional contempla distintas causales de inelegibilidad, entre ellas determinadas continuidades empresariales de firmas no habilitadas, simulaciones de competencia e incumplimientos contractuales anteriores, de acuerdo con las condiciones previstas en las disposiciones aplicables.
También incluye supuestos relacionados con personas jurídicas que registren condenas firmes en el extranjero por soborno transnacional y con empresas incorporadas a determinadas listas de inhabilitados de organismos multilaterales.
No obstante, la aplicación de estas restricciones exige analizar cada caso particular. Además, las disposiciones nacionales no sustituyen los regímenes específicos que regulan las contrataciones provinciales y municipales.
Otro aspecto central de la investigación está relacionado con la capacidad técnica de las empresas dedicadas al tratamiento de residuos.
Para evaluar el cumplimiento de los contratos, resulta necesario determinar qué materiales está autorizada a recibir cada instalación, cuáles son los procedimientos de tratamiento habilitados y si dispone de capacidad suficiente para procesar los volúmenes comprometidos.
La identificación de transportistas, plantas y eventuales subcontratistas también permite establecer quién interviene en cada etapa del servicio y contrastar posteriormente esa información con los registros de retiro, recepción, tratamiento y disposición final.
En este contexto, una investigación periodística publicada en 2020 vinculó a los Mauro y Solari con una planta cercana a Añelo, en la Patagonia, y planteó cuestionamientos sobre instalaciones previstas para el tratamiento de residuos provenientes de la actividad petrolera.
A su vez, la actuación 4398/2026 de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA) reúne requerimientos destinados a identificar operadores, determinar la procedencia de los residuos y obtener documentación sobre contratos y órdenes de compra.
De acuerdo con la documentación administrativa reseñada en la investigación, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires respondió con información correspondiente a sus contrataciones de 2025 y 2026.
Entre las empresas incluidas en esa nómina figura Hábitat Ecológico, una sociedad que también aparece vinculada con la estructura histórica de Stericycle.
La información reunida comprende así antecedentes internacionales por sobornos reconocidos por la multinacional, movimientos societarios registrados en Argentina, requerimientos de una unidad fiscal y cuestionamientos periodísticos sobre instalaciones destinadas al tratamiento de residuos.
Estos elementos, considerados de manera individual, no permiten establecer automáticamente irregularidades en los contratos ni atribuir responsabilidades a las personas y empresas mencionadas.
El eje de la investigación se encuentra en la documentación que deben examinar los organismos contratantes para justificar la selección de los proveedores, acreditar su capacidad técnica y comprobar que los servicios facturados fueron efectivamente realizados.
La verificación de contratos, habilitaciones, registros de transporte y constancias de tratamiento y disposición final constituye, en ese marco, una herramienta para determinar si las prestaciones se ejecutaron conforme a las condiciones establecidas.