
La jueza penal María Carolina Ballesteros recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la presentación de un recurso extraordinario federal por la vía del per saltum, a los fines de que resuelva la constitucionalidad del conjunto de normas que regulan el procedimiento de juicio político en Tucumán.
A través de su abogado, Gustavo Morales, la magistrada justificó la necesidad de saltear instancias judiciales previas debido a que considera que existe una denegación de justicia por parte de la Corte Suprema de la Provincia, debido a que todavía no se pronunció sobre el planteo que hizo para cuestionar la legalidad del proceso de destitución que se sigue en su contra en la Legislatura.
En su planteo, al que accedió Tendencia de Noticias, la jueza explicó que el recurso de amparo que presentó solicitando la revisión de la constitucionalidad del juicio político que se sigue en su contra “se encuentra total y absolutamente paralizado” en los tribunales tucumanos. Agregó que a pesar de haber transcurrido 10 días desde la interposición de la acción expedita y rápida del amparo, no se encuentra constituido el Supremo Tribunal” debido a una serie de inhibiciones, y no se corrió traslado de la demanda a la Legislatura ni al Jurado de Enjuiciamiento.
En el escrito, que fue presentado ante la Corte nacional el domingo, se explicó que “a pesar del pronto despacho presentado a los fines de instar la actividad jurisdiccional, el superior tribunal de le provincia de Tucumán continúa en un letargo pasivo a la espera que una eventual e inminente remoción de la sra. jueza dra. María Carolina Ballesteros devenga en abstracta la cuestión planteada”.
Agregó que presentó un pedido de pronto despacho el 23 de diciembre, el cual fue rechazado por la Corte, que tampoco aceptó que el expediente sea declarado asunto de feria.
“Con este decreto, que carece de fecha, la Corte de Tucumán resolvió una denegación total de justicia”, resumió la jueza Ballesteros en su escruto ante el máximo tribunal nacional.
La defensa de la magistrada cuestiona la convencionalidad y constitucionalidad tanto del diseño institucional que se desprende de la Constitución de la provincia de Tucumán y de la ley provincial 8734 (que regula la integración y procedimiento del Jurado de enjuiciamiento de Tucumán).
Ante la falta de resolución, advirtió que “se trata de un caso típico de arbitrariedad por omisión ilegal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT)”, debido a que “lleva 10 días sin dar trámite a una acción tan expedita como la de amparo, no ha integrado el tribunal que entenderá en el mismo, a pesar del pronto despacho interpuesto, por lo que la CSJT resolvió una denegación total al acceso a la justicia”.
En concreto, la jueza Ballesteros, a través de su abogado, pide “que se definan las inconstitucionalidades e inconvencionalidades interpuestas relacionadas con la conformación e integración del jurado de enjuiciamiento por infracción a la ‘regla de no predominio’”. En tal sentido, sostiene que en la conformación del Jurado de Enjuiciamiento “hay predominio hegemónico del sector político con 6 miembros sobre ocho, lo que representa un 75 %” del tribunal que debe resolver la suerte de la jueza y que “responde al sector político”.
En este sentido, en la denuncia que ahora está en manos de la Corte de la Nación se advierte que Ballesteros podría ser removida de su cargo “por una institución que lesiona el principio republicano y democrático de gobierno, el principio de división de poderes, la Independencia Judicial y la garantía de inamovilidad en el cargo, pilares fundamentales de todo sistema democrático de gobierno”.
Además, se indica que “el fundamento para plantear la vía excepcional que importa recurrir al Supremo Tribunal de la Nación por la vía del per saltum, a los efectos de instar el control de convencionalidad y constitucionalidad, es la configuración de cuestión federal trascendente y suficiente por arbitrariedad y violación a los derechos humanos fundamentales”.
En la demanda también se señala que está comprometida la materia federal del asunto “por presentarse en este caso una afectación de derechos humanos fundamentales de la Sra. magistrada Dra. María Carolina Ballesteros, al principio republicano y democrático de gobierno, la garantía de debido proceso legal en el proceso que lleva adelante el Jurado de Enjuiciamiento”.
El escrito que lleva la firma de la jueza y de su abogado advierte, además, que el procedimiento que se lleva adelante en la Legislatura “vulnera el principio de independencia judicial, de imparcialidad e impartialidad, el principio de igualdad de armas, el principio de congruencia, el derecho a interrogar a los testigos de cargo, el derecho a recurrir el fallo, el derecho de defensa, a contar con decisiones debidamente motivadas, el principio de legalidad, el derecho a la protección judicial y a los derechos políticos”.
Y explica que, en función de ello, “se ha cuestionado la constitucionalidad de la integración y conformación de la comisión de juicio político, hoy constituida en comisión acusadora, y del jurado de enjuiciamiento – en su diseño constitucional y legal así como también la integración de ambos –, y la regulación constitucional provincial y legal del proceso de enjuiciamiento de magistrados sometidos a jurado de enjuiciamiento”.