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Jaldo elevó casi un 39% el límite para las contrataciones directas que pueden aprobar sus ministros

El Gobierno actualizó las escalas de compras y contrataciones del Estado provincial. El monto máximo de las operaciones directas sujetas a aprobación ministerial pasó de $9,35 millones a casi $13 millones, mientras que el límite para las contrataciones directas ordinarias aumentó de $530.100 a $600.000. La medida fue fundamentada en una inflación acumulada del 12,97%.

PorTendencia de noticias
31 oct, 2026 10:44 a. m. Actualizado: 31 oct, 2026 10:44 a. m. AR
Jaldo elevó casi un 39% el límite para las contrataciones directas que pueden aprobar sus ministros

El gobernador Osvaldo Jaldo dispuso una nueva actualización de las escalas que regulan las compras y contrataciones de bienes y servicios de la administración pública provincial, con incrementos en los montos que determinan los procedimientos administrativos y las autoridades facultadas para autorizar y aprobar las operaciones.


La decisión fue instrumentada mediante el Decreto N.º 2.684/3 (MEyP), firmado el 28 de octubre y publicado en el Boletín Oficial de Tucumán de este viernes 30 de octubre.


Uno de los cambios más significativos está relacionado con las contrataciones directas contempladas en el artículo 59 de la Ley N.º 6.970 de Administración Financiera. Según la escala anterior, establecida en mayo mediante el Decreto N.º 995/3 y su modificatorio N.º 1.003/3, las operaciones directas podían alcanzar los $9.357.800 con intervención de ministros y secretarios. Los montos superiores requerían la aprobación del Poder Ejecutivo.


Con la nueva disposición, ese límite se elevó a $12.979.000, lo que representa un incremento de $3.621.200, equivalente al 38,7%.


De esta manera, las contrataciones directas comprendidas entre $2.996.001 y $12.979.000 podrán ser autorizadas por un secretario y aprobadas por el ministro correspondiente. Cuando superen esa última cifra, tanto la autorización como la aprobación quedarán bajo competencia del Poder Ejecutivo.


La actualización también elevó de $530.100 a $600.000 el monto previsto para las contrataciones directas ordinarias, que pueden ser autorizadas y aprobadas por los jefes de repartición. En este caso, el incremento fue de $69.900, equivalente al 13,19%.


 

El Gobierno justificó la actualización por la inflación

 

En los fundamentos del decreto, al que Tendencia de Noticias tuvo acceso, el Ejecutivo señaló que la modificación respondió a un informe de la Contaduría General de la Provincia sobre la evolución de los precios.


Según el organismo, entre abril y septiembre de 2026 el Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el INDEC, registró una variación del 12,97%.


El decreto sostiene que, "ante la necesidad de contar con un mecanismo adecuado para mantener la celeridad que requiere la tramitación de las contrataciones del estado", resultaba necesario actualizar los montos establecidos en las escalas vigentes.


La medida tiene alcance general para toda la Administración Pública Provincial y fue dictada en virtud de las facultades que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 55 de la Ley N.º 6.970, modificado por la Ley N.º 8.716.


Sin embargo, la comparación entre los montos anteriores y los nuevos muestra diferencias en la magnitud de los incrementos. Mientras que el límite para las contrataciones directas ordinarias aumentó un 13,19%, prácticamente en línea con la inflación tomada como referencia, el monto máximo de las operaciones directas sujetas a aprobación ministerial se incrementó un 38,7%.


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Cómo quedaron los procedimientos de contratación

 

La nueva normativa establece cuatro tramos para las contrataciones directas.


Las operaciones de hasta $600.000 podrán ser autorizadas y aprobadas por el jefe de repartición. Entre $600.001 y $2.996.000, la autorización corresponderá al jefe de repartición y la aprobación al secretario.


Para las contrataciones comprendidas entre $2.996.001 y $12.979.000, la autorización estará a cargo del secretario y la aprobación corresponderá al ministro. Por encima de ese último monto, ambas facultades quedarán reservadas al Poder Ejecutivo.


En paralelo, el decreto modificó los límites económicos de los procedimientos generales de contratación.


Los concursos de precios quedaron establecidos para operaciones de entre $600.001 y $3.994.000, mientras que las licitaciones privadas comprenderán montos de entre $3.994.001 y $7.987.000.


A partir de $7.987.001 corresponderá el procedimiento de licitación pública, con distintos niveles de autorización y aprobación según el importe de la operación.

En particular, las contrataciones superiores a $12.979.000 deberán ser autorizadas por un ministro y aprobadas por el Poder Ejecutivo.

 


También se modificaron las escalas de ventas

 

El decreto incluye una actualización de los montos correspondientes a las ventas de bienes realizadas por el Estado provincial.


En el caso de las ventas directas, el límite hasta el cual puede autorizar un secretario y aprobar un ministro pasó de $7.060.000 a $7.987.000, con un incremento del 13,13%.


Por encima de $7.987.000, tanto la autorización como la aprobación de las ventas directas quedarán bajo competencia del Poder Ejecutivo.


También se actualizaron las escalas para concursos de precios, licitaciones privadas y licitaciones o remates públicos, con nuevos valores para determinar el procedimiento aplicable.


La modificación de las escalas tiene incidencia directa en la administración de los recursos públicos, ya que establece los montos que pueden tramitarse mediante diferentes procedimientos y determina qué funcionarios deben intervenir en cada caso.


Cabe aclarar que las contrataciones directas de mayor cuantía no quedan automáticamente habilitadas por el solo hecho de encontrarse comprendidas en las nuevas escalas, sino que deben ajustarse a las causales y condiciones previstas en la legislación provincial.


Tampoco se eliminan las intervenciones de los organismos de control ni las exigencias administrativas correspondientes.


No obstante, la actualización amplía los montos de las operaciones que pueden ser aprobadas por las distintas autoridades sin necesidad de elevarlas a una instancia superior.


La medida contó con informes de la Contaduría General de la Provincia y de la Dirección General de Presupuesto, además del dictamen fiscal N.º 1.897, emitido el 26 de octubre de 2026.

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