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Tal como adelantó en exclusiva Tendencia de Noticias, el oficialismo activó formalmente el operativo para adelantar las elecciones locales y que se vote el tercer domingo de mayo de 2027. Concretamente, el 16 de ese mes.
El martes, representantes del partido Juntos Podemos, un acople del oficialismo, presentaron una acción de amparo en contra de la Provincia con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 43 inciso 6 y 100 de la Constitución de Tucumán, que establecen que la elección de autoridades debe efectuarse dos meses antes de la conclusión del mandato en ejercicio. La demanda recayó en la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por los camaristas Juan Ricardo Acosta y María Florencia Casas: el mismo tribunal que en 2022 habilitó el adelantamiento de los comicios.
El planteo no es novedoso. Se trata del tercer movimiento de este tipo en menos de una década: en 2018 lo había promovido el Frente Renovador Tucumán, y en 2022 el propio Partido Justicialista, a través del entonces presidente del Concejo Deliberante, Fernando Juri. En 2019 se votó el 9 de junio; en 2023, tras la intervención de la Corte Suprema por la candidatura de Juan Manzur a vicegobernador, el sufragio se celebró finalmente el 11 de junio.
La decisión de impulsar la demanda se tomó el 5 de junio en una reunión del Consejo Provincial y la Junta Electoral de Juntos Podemos. Fue la consejera Gimena Mansilla, intendenta de Aguilares, quien recordó que el gobernador Osvaldo Jaldo había planteado la posibilidad de votar entre mayo o junio de 2027.
La abogada Soledad Molina Gaudioso acudió a la Justicia en representación del partido y habló de una "asimetría estructural" del calendario tucumano -los mandatos provinciales concluyen en octubre, es decir, unas seis semanas antes que los nacionales-, por lo que es necesario habilitar un un cronograma electoral adelantado. De lo contrario, aseguró la letrada, la elección provincial debería celebrarse en agosto, en plena coincidencia con las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Según expuso, esto "obstruye la organización, el financiamiento, la logística y el desenvolvimiento equitativo de las campañas".
Planteó además que los artículos cuestionados no integraron la Ley de Reforma que dio origen a la Constitución de 2006, y que su vigencia constituye una "traba insalvable para el funcionamiento adecuado del sistema democrático provincial".
Tras el planteo, Jaldo volvió a referirse a que la votación se haría en sintonía con las fechas de los llamados anteriores. Según pudo constatar Tendencia de Noticias, la fecha que circula en los pasillos de Casa de Gobierno es concreta: el tercer domingo de mayo de 2027, es decir el 16 de ese mes. Si la Sala I replica el criterio de sus fallos anteriores -y los propios fundamentos de la sentencia de 2022 sugieren que así será, dado que aquella declaración de nulidad tuvo "efectos expansivos" proyectados hacia el futuro-, el Poder Ejecutivo quedaría habilitado para emitir el decreto de convocatoria con antelación a los plazos constitucionales.
En la práctica, este amparo activa formalmente el proceso electoral que desembocará en la renovación de todos los cargos públicos electivos para el período 2027-2031.