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Según la norma, cada menor imputado tendrá un supervisor especializado.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley N° 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años. La reglamentación se oficializó a través del Decreto 875/2026 publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.
La norma designa al Ministerio de Justicia como la autoridad de aplicación responsable de coordinar e implementar el nuevo régimen en el fuero nacional y federal. También es el encargado de estructurar los mecanismos de supervisión, articulación interministerial y protección a las víctimas.
Además, el decreto crea la figura del supervisor especializado, quien será el encargado del seguimiento y control del adolescente imputado en cada caso. Estos supervisores podrán ser profesionales de la educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, trabajo social o especialistas en adicciones y deberán estar inscriptos en un registro de la Subsecretaría de Política Criminal de la Nación. Para ello, deberán contar con título habilitante, una antigüedad profesional mínima de dos años y la aprobación de una capacitación obligatoria.
Sin embargo, el Ministerio de Justicia elaborará un listado provisorio de profesionales para que los jueces puedan realizar las designaciones de forma inmediata, hasta tanto se concrete la primera convocatoria pública en un plazo máximo de 180 días.
Por otra parte, la reglamentación prevé un abordaje transversal y coordinado entre los distintos ámbitos estatales y los gobiernos provinciales. Para ello, se crearon nuevos órganos institucionales.
En primer lugar, se establece la creación de un Comité Interministerial que será integrado por los ministerios de Justicia, Seguridad, Capital Humano y Salud. Su tarea será coordinar las acciones comunes en materia de prevención, salud mental, adicciones y reinserción social.
En segundo lugar, se decretó la creación de la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil. Su objetivo es asegurar una actuación coordinada con los gobiernos provinciales. El decreto la describe como un “ámbito permanente y voluntario de diálogo, intercambio de experiencias y armonización de criterios entre las jurisdicciones”.
Uno por uno, los cambios del nuevo Régimen Penal Juvenil
El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir el 4 de septiembre en todo el país. La norma baja la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años. Sin embargo, prohíbe de forma explícita la prisión y la reclusión perpetua para menores de edad. El tope máximo de privación de la libertad es de 15 años, incluso en concursos de delitos donde la escala penal teórica supere ese límite.
En el caso de delitos con penas menores a tres años, la privación de libertad se reemplaza de forma directa por otras sanciones. En delitos con penas de entre tres y diez años de prisión, el tribunal también podrá aplicar alternativas en el caso de que no haya muerte o violencia grave.
En todos los casos en los que corresponda el encarcelamiento, la norma establece que la condena deberá cumplirse en establecimientos destinados específicamente para los menores de edad. Es decir, prohíbe el alojamiento en espacios compartidos con personas adultas.
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