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TAREAS DE INTELIGENCIA

Crean las figuras del agente encubierto, revelador e informante: Cuáles son sus funciones y en qué casos pueden actuar

La legislatura aprobó una ley que habilita el uso de Técnicas Especiales de Investigación, en el marco de la prevención y lucha contra delitos específicos. "Le da el marco de legalidad a los procedimientos que ya se vienen realizando".

Por Tendencia de noticias

01 nov, 2024 02:37 p.m. Actualizado: 01 nov, 2024 02:37 p.m. AR
Crean las figuras del agente encubierto, revelador e informante: Cuáles son sus funciones y en qué casos pueden actuar

Además de aprobar la creación de un Registro Único de Productores de Eventos de Música Electrónica, la Legislatura aprobó otros proyectos de ley como la modificación de la Ley Impositiva Comunal N.º 5638 del año 1984, el fomento al 'empleo verde', la creación de la Ficha Médica Única Digital y una ley que habilita el uso de Técnicas Especiales de Investigación y regula las figuras del agente encubierto, agente revelador e informante en el marco de la prevención y lucha contra delitos específicos.


Esta legislación abarca los delitos tipificados en los artículos 128, 131, 172, 173 (incisos 15 y 16), 210 y 210 bis del Código Penal, así como el artículo 34 de la Ley N.º 23.737, o la que en el futuro la reemplace.


Al respecto, el legislador Carlos Najar, presidente de la comisión de Seguridad de la Legislatura, explicó la figura del "Agente Revelador es aquel que ante la comisión directa de un delito puede intervenir en el propio momento. Ya reconocido el agente por la justicia, puede intervenir cuando el delito tiene algún tipo de flagrancia o sea está en el lugar y puede accionar en forma directa e informar a la justicia y a la policía para ser más integral el procedimiento. El agente revelador es el que puede intervenir cuando descubre un delito, detecta la problemática, inmediatamente pide apoyo y se produce el procedimiento, a posteriori se pone en conocimiento del delito a la justicia", precisó el parlamentario.


Najar indicó que "luego están las tareas que entienden operaciones de mayor riesgo y de mayor magnitud donde actúa el Agente Encubierto, que es el que toma la figura y es el que ingresa a la asociación ilícita y desde ese plano, con autorización previa justicia, puede, mediante su accionar, intentar desarticular una banda desde su origen no tan solo desde el momento de su flagrancia como lo podría hacer el agente revelador".


El legislador aclaró que la figura del agente ya está validada al estar identificada dentro del sistema. "Está vestido de civil o quizás está mimetizado en el ámbito que se está moviendo", señaló.


Los delitos en los que principalmente pueden actuar estos agentes son lo que están relacionados al narcomenudeo que es la principal cadena del narcotráfico, el grooming y los delitos cibernéticos, informó Najar.


Con la creación de estas figuras, el parlamentario remarcó que se "pasa a darle mayor resguardo legal a la operatividad de la policía en todos su ámbitos. Hoy con estas figuras está plenamente cubierto la tarea básicamente de inteligencia, detección y operatividad de acción en el momento. Le da una cobertura legal integral lo que impide planteaos de nulidad por parte de la defensa del imputado en los distintos procesos y procedimientos".


"Es un gran avance, mejora la calidad del servicio y le da el marco de legalidad a los procedimientos que ya se vienen realizando", concluyó el titular de la comisión de Seguridad de la Legislatura.

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