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DENUNCIAS

La Justicia suspendió las elecciones en dos sindicatos por denuncias de irregularidades

Las medidas alcanzan al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de San Miguel de Tucumán y al Sindicato Obrero de la Industria del Pan. Los comicios estaban previstos para este fin de semana.

PorTendencia de noticias
17 oct, 2025 03:56 p. m. Actualizado: 17 oct, 2025 03:56 p. m. AR
La Justicia suspendió las elecciones en dos sindicatos por denuncias de irregularidades

La Justicia Laboral de Tucumán dispuso la suspensión de las elecciones en dos sindicatos provinciales —el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) y el Sindicato Obrero de la Industria del Pan (SOIPT)— tras denuncias presentadas por afiliados y candidatos que señalaron presuntas irregularidades en los procesos electorales internos.


Los comicios, previstos originalmente para el 17 y 18 de octubre, quedaron sin efecto por decisión de dos juzgados laborales que hicieron lugar a medidas cautelares presentadas en cada caso.

 

Ambos procesos judiciales se habían llamado a pocos días de los comicios legislativos nacionales del 26 de octubre y fueron resueltos mediante medidas cautelares de no innovar, dictadas “inaudita parte” (sin la intervención de la contraparte), a fin de evitar perjuicios irreparables antes de que se emitan sentencias definitivas.


En los dos casos, las resoluciones dejan abierta la posibilidad de que los sindicatos retomen el proceso electoral una vez subsanadas las irregularidades denunciadas o convalidada la legalidad del procedimiento por la autoridad laboral competente.

 


Suspensión en el Sindicato Municipal

 


En el primer fallo, un juez del Fuero Laboral resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el afiliado y dirigente sindical Carlos García, quien había denunciado irregularidades en la conformación de la Junta Electoral y en la organización del proceso comicial. Las elecciones fueron convocadas para reemplazar al histórico dirigente municipal Osvaldo “Cacho” Acosta, quien condujo el gremio durante casi tres décadas y falleció el pasado 13 de abril, cuando cursaba su quinto mandato consecutivo. Desde entonces, se vino desempeñando interinamente al frente de la entidad Jaqueline González, quien era pareja de Acosta.


En su presentación, García solicitó que se declare la nulidad del llamado a elecciones “por haberse contrariado lo normado en los artículos 58 del Estatuto del SOEM capital, 14 bis, 75 inc. 22 y ss de la Constitución Nacional y Convenios 87 y Cctes de la OIT y lo normado por el CPC”. El denunciante reclamó la suspensión de los comicios “hasta que se garantice plena y efectivamente el ejercicio de la democracia interna mediante una elección de la Junta Electoral que estar a cargo de los comicios de la organización”, por lo cual pidió que se fije un nuevo cronograma electoral que se ajuste a los plazos legales y estatutarios.


El magistrado interviniente consideró que los hechos denunciados “se encuentran acreditados, con grado de razonable probabilidad y apariencia” y que el dictado de la medida judicial era “el único medio idóneo y efectivo para evitar que se desarrolle un comicio en el que se advierten actos que ponen de manifiesto la falta de transparencia del proceso electoral”.


Por ello, el fallo dispuso la suspensión de las elecciones convocadas para el 17 de octubre de 2025 en la sede del sindicato municipal, ubicada en calle Congreso al 900, en San Miguel de Tucumán.

 


Otro fallo similar en el gremio de Panaderos


 

En una resolución de características similares, el Juzgado del Trabajo de la IX Nominación, a cargo del juez Horacio Javier Rey, también ordenó suspender las elecciones previstas para el 18 de octubre en el Sindicato Obrero de la Industria del Pan de la Provincia de Tucumán.


La medida fue dictada en el marco del expediente “Páez, Julio Walter y otros c/ Sindicato Obrero de la Industria del Pan s/ amparo”, presentado por tres afiliados e integrantes de la Lista Azul “Panaderos Autoconvocados”, quienes denunciaron falta de acceso a información, negativa a reconocer afiliaciones y trabas en la presentación de su lista.


El juez sostuvo que, de la documentación aportada, “existen indicios de una posible conducta reticente de la Junta Electoral y de la Comisión Directiva del Sindicato en cuanto a brindar los elementos necesarios y requeridos por los interesados para participar del proceso electoral”.


Además, advirtió que la negativa a reconocer la afiliación de los postulantes —pese a que estos presentaron recibos de haberes con descuentos sindicales— “podría afectar la libertad sindical garantizada por la Constitución Nacional”.


En consecuencia, el magistrado resolvió ordenar la suspensión del acto eleccionario y prohibir nuevos llamados a votación “hasta tanto se resuelvan los planteos realizados en el Ministerio de Capital Humano o se demuestre que se encuentran firmes las actas de la Junta Electoral”.


 

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