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PODER JUDICIAL DE TUCUMÁN

Elecciones en la magistratura: una camarista pide el padrón de asociados en la AMT y habla de “opacidad”

La vocal de la Cámara del Trabajo de Concepción, Malvina Seguí, manifestó su interés en competir por la conducción de la entidad. Pidió que la Comisión Directiva resuelva el martes 29 y que se expida sobre desde cuándo cuentan la antigüedad los socios adherentes.

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Fernando StanichTendencia de noticias
28 sept, 2026 08:46 a. m. Actualizado: 29 sept, 2026 10:13 a. m. AR
Elecciones en la magistratura: una camarista pide el padrón de asociados en la AMT  y habla de “opacidad”

La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Tucumán (AMT) comienza a transitar un proceso electoral atravesado por reclamos de información y cuestionamientos a su conducción. A poco más de dos meses de los comicios, la vocal de la Cámara de Apelación del Trabajo del Centro Judicial Concepción, Malvina María Seguí, presentó una nota en la que manifestó expresamente su intención de ser candidata en las elecciones de renovación de autoridades y exigió a la Comisión Directiva la entrega del listado de asociados con las fechas de ingreso computables para votar e integrar listas. El escrito, presentado el viernes y dirigido a la presidenta de la entidad, Marcela Fabiana Ruiz, pide que el planteo sea resuelto en la reunión de la Comisión convocada para este martes 29.


La presentación es el segundo movimiento de Seguí en la disputa que atraviesa a la entidad desde abril. En junio, la camarista había respondido a la nota en la que la conducción advirtió sobre eventuales sanciones disciplinarias a las juezas Ana María Iácono y Marcela Tejeda, quienes habían requerido documentación del balance 2025 y precisiones sobre el padrón y los derechos electorales. Ahora el reclamo se concentra en el proceso eleccionario, que según el artículo 31 del Estatuto debe realizarse en la primera quincena de diciembre.


Seguí, asociada desde hace 11 años, aclaró el sentido de su postulación. "Mi interés en participar no está dirigido contra nadie. Aspiro a ofrecer una opción de conducción a nuestros asociados", enfatizó la ex funcionaria provincial.


El escrito recuerda que la consulta de Iácono sobre la incorporación de funcionarios y su período de carencia fue formulada hace cinco meses, y que un pedido similar del juez Edgardo Sánchez lleva más de un mes sin respuesta. Por eso, Seguí solicitó que, si la Asociación necesitara tiempo para confeccionar los listados, el plazo no exceda las 72 horas desde la reunión de este martes, y que en cualquier caso la respuesta íntegra se produzca dentro de los cinco días hábiles del ingreso de la nota.


El pedido tiene dos objetos que la presentante define como autónomos. El primero es la entrega de una nómina de socios en actividad y jubilados con nombre, categoría (fundador o adherente), fecha y acto de admisión, fecha del primer descuento de cuota si fuera anterior, interrupciones, bajas o rehabilitaciones, situación de pago de cuotas y fecha en la que cada uno cumple la antigüedad exigida, en forma separada para votar y para integrar listas. El Estatuto requiere un año de antigüedad a los socios fundadores y cuatro años consecutivos de pertenencia activa a los adherentes, según sus artículos 8 y 37.


Con esos datos, la camarista pidió que los asociados sean agrupados en cuatro categorías: quienes reúnen la antigüedad al 1° de diciembre de 2026; quienes la completan entre el 2 y el 15 de diciembre; quienes no la reúnen a esa fecha; y un Grupo D, integrado por los socios adherentes que solo alcanzarían el requisito si se computaran períodos anteriores al 31 de octubre de 2025.


La nota aclara que no se trata del padrón electoral y anticipa la respuesta que no aceptará. "Una respuesta que se limite a remitir al texto estatutario o a la futura confección del padrón no suministra ninguno de los datos solicitados y no será tenida como respuesta al requerimiento", alertó. Agrega que el Estatuto no atribuye al Tribunal Electoral la confección del padrón, sino la resolución de impugnaciones, la oficialización de listas, la declaración de nulidad de los comicios y la proclamación de los electos. En cuanto a la protección de datos personales, argumenta que el pedido se limita al nombre y a los datos de la relación asociativa, supuesto previsto en el artículo 5 de la Ley 25.326.


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Malvina Seguí, camarista de Trabajo y aspirante a la conducción de la AMT.

El segundo objeto es un pronunciamiento de la Comisión Directiva sobre el criterio de cómputo de la antigüedad de los socios adherentes, categoría incorporada por la reforma estatutaria. Seguí sostiene que el artículo 40 del Estatuto, ubicado en el capítulo de disposiciones transitorias, establece que el nuevo texto entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, previa autorización de la Dirección de Personas Jurídicas. La reforma fue aprobada por la Resolución N° 379/2025-DPJ del 28 de octubre de 2025, rectificada por la Resolución N° 421/2025, y publicada el 31 de octubre de ese año. La presentación cita un dictamen de la Asesoría Letrada del organismo, en el expediente N° 2697-211-2026, que ubicó en esa fecha la entrada en vigencia.


La camarista discute la aplicación aislada del artículo 157 del Código Civil y Comercial, que dispone que la modificación del estatuto produce efectos desde su otorgamiento. Sostiene que esa norma no es de orden público y que no desplaza la voluntad de la Asamblea expresada en el artículo 40. "No puede existir antigüedad como socio adherente antes de que existiera la categoría", remarcó. Según ese razonamiento, dijo, ningún adherente podría reunir los cuatro años consecutivos antes del 31 de octubre de 2029.


El escrito también menciona que la reforma fue tratada por una Asamblea extraordinaria en noviembre de 2021 y ratificada en octubre de 2025, y deja reservada para otra oportunidad la discusión sobre cuál debe considerarse la fecha de su otorgamiento.


Seguí formuló cuatro preguntas a la Comisión Directiva: si reconoce el 31 de octubre de 2025 como fecha de vigencia del Estatuto reformado; si computa antigüedad electoral anterior a esa fecha para los adherentes y con qué fundamento; si algún adherente estará habilitado en diciembre, cuántos y quiénes; y, si considera que la cuestión compete a otro órgano, que le remita la nota e informe a la presentante dentro del mismo plazo. En el petitorio solicitó además que la decisión conste en un acta con la posición de cada integrante de la Comisión y que la respuesta sea firmada por la presidenta y el secretario.


"Considero bochornosa la falta de información clara, precisa y oportuna que la Asociación de Magistrados de Tucumán mantiene respecto de sus asociados", advirtió. Recordó su paso por organismos de control. "En toda esa trayectoria nunca había presenciado un nivel semejante de opacidad, demora y falta de claridad en el cumplimiento del deber de informar", reprochó.


Sostuvo que ella y otros colegas enfrentan una barrera informativa. "La información institucional no pertenece a quienes circunstancialmente conducen la entidad. Es un derecho de sus socios y una condición indispensable para que exista una participación democrática real", insistió. Y agregó: "Ninguna asociación y ninguna autoridad están por encima de la ley. Quienes integran una entidad vinculada con la magistratura deberían ofrecer, precisamente, los mayores estándares de transparencia, legalidad y respeto por los derechos de sus asociados".


Cerró con la misma fórmula que utilizó en la nota. "No estoy solicitando ningún privilegio. Estoy reclamando información y condiciones elementales que me permitan ejercer plenamente mis derechos como asociada y participar en igualdad de condiciones en las próximas elecciones", completó.


La conducción que encabeza Ruiz afronta el proceso electoral en un escenario de fragmentación de la representación de los magistrados tucumanos, con la aparición desde fines de 2025 de la Red de Jueces, Fiscales y Defensores de la República Argentina y de Magistrados Asociados de Tucumán.

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