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POR DECRETO

Eliminan el cobro del derecho de autor por pasar música y películas en salones y hoteles

El Gobierno Nacional argumentó que la medida ayudará a bajar costos para empresas del sector y para el turismo.

Por Tendencia de noticias

31 ago, 2024 01:37 a.m. Actualizado: 31 ago, 2024 01:37 a.m. AR
Eliminan el cobro del derecho de autor por pasar música y películas en salones y hoteles

Por decreto, el presidente, Javier Milei, resolvió que las canciones, películas y otro tipo de obras artísticas que se reproduzcan en ámbitos privados, como salones de fiesta, bares y hoteles, dejarán de pagar el impuesto por el uso de la propiedad intelectual.


La medida se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, mediante el decreto 765/2024. La resolución modifica lo que se entiende por "representación o ejecución pública" de obras musicales, cinematográficas, dramáticas y literarias, cuya reproducción suele implicar un cobro por derechos de autor. Esto se debe a que requiere el permiso del autor o de entidades gestoras del régimen de propiedad intelectual.


El decreto establece que, de ahora en más, la "representación o ejecución pública" de obras artísticas solo deberá pagar derechos aquellas que se reproduzcan en un "espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas".


Reacción

Por su parte, la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) publicó un comunicado en el que cuestionó el decreto presidencial y aseguró que los salones de fiestas deben pagar por los derechos de autor. "En primer lugar, cabe señalar que el decreto es absolutamente impreciso en su redacción y no define qué es ámbito privado. En este sentido, bajo ningún aspecto puede considerarse el término ocupación como comprensivo de la concurrencia a un salón de fiesta con motivo de una fiesta social.


Además, la entidad señaló que en cuanto a los salones de fiesta, según la redacción del decreto, "establece su obligación de pago". "La norma mencionada establece que los titulares de derechos tienen el derecho de percibir una remuneración equitativa de cualquier persona que obtenga un beneficio económico con la utilización pública de una obra", señaló.


"Los salones de fiesta están totalmente encuadrados. En efecto, su actividad es básicamente lucrativa, tanto sea el alquiler del salón como habilitar el uso de música; de modo tal que es incuestionable que obtienen un beneficio económico con la utilización pública de una obra. Por ende, deben pagar una remuneración equitativa a los titulares de derechos", concluyó el comunicado de la organización.

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