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La resistencia de las administraciones subnacionales a exponer la verdadera carga tributaria sobre los precios mantiene a la provincia de Tucumán dentro del masivo pelotón de jurisdicciones que incumplen con el "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor". A más de dos años de sancionada la legislación nacional que obliga a detallar el peso impositivo en los comprobantes de compra, el mapa federal exhibe una profunda asimetría con apenas un puñado de distritos adheridos, un escenario de opacidad donde el territorio tucumano destaca por su parálisis absoluta. Pese a que en la Legislatura local ingresaron iniciativas de ley para correr el velo sobre gravámenes provinciales como el de Ingresos Brutos, la falta de voluntad política mantiene los expedientes bloqueados y sin posibilidad de dictamen en el estudio de comisiones, impidiendo que los tucumanos accedan a un derecho elemental consagrado por la Constitución Nacional.
La reforma fiscal del Estado Nacional se encauzó con la sanción, a mediados de 2024, del Título VII de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Tras su reglamentación en diciembre de 2024 —mediante la Resolución General 5614 de ARCA y la Resolución 4/2005 de la Secretaría de Industria y Comercio—, la norma comenzó a aplicarse de forma gradual a partir del 1° de enero de 2025. No obstante, el tributarista César Litvin (foto inferior), especialista que comanda el estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, advierte que la transparencia se detuvo en las fronteras de los estados provinciales. Al respecto, Litvin detalla que “el Estado Nacional cumplió con la obligación que le imponía la Ley 27.743, sin embargo, a más de dos años de su vigencia, de las 24 jurisdicciones provinciales, apenas cinco adhirieron al régimen y solo cuatro lo reglamentaron para hacerlo operativo”.

De acuerdo con el diagnóstico del especialista, las únicas provincias adheridas son “Mendoza, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Entre Ríos, Chubut y Santa Fe”. Sin embargo, la efectividad es parcial dado que “solo las cuatro primeras reglamentaron su implementación, mientras que Santa Fe aún mantiene pendiente ese paso indispensable para que el sistema pueda comenzar a aplicarse efectivamente”. En el ámbito municipal, la resistencia fiscal es todavía más drástica: de más de 2.000 intendencias en el país, “únicamente la ciudad de Salta decidió incorporarlo” mediante la reforma de su Carta Orgánica.
Esta bajísima adhesión responde a que los municipios carecen de marco jurídico si sus provincias no adhieren previamente a la Ley 27.743. Litvin defiende la urgencia de romper esta barrera informativa señalando que “la Transparencia Fiscal no crea nuevos impuestos, no reduce la recaudación ni altera las potestades tributarias de las provincias o los municipios. Simplemente devuelve a los ciudadanos un derecho básico: conocer cuánto pagan de impuestos cada vez que realizan una compra”. En este sentido, concluye que “conocer cuánto se paga de impuestos no es un privilegio del contribuyente: es un derecho del ciudadano”.
La lucha contra la "tragedia fiscal" impulsada por Fundación Lógica
La campaña civil que dio vida a esta reforma fue articulada de manera directa por la Fundación Lógica, entidad que en las elecciones generales de 2023 logró comprometer por escrito a los entonces candidatos presidenciales Javier Milei, Juan Schiaretti y Patricia Bullrich para impulsar la transparencia fiscal al consumidor. Desde la organización señalan que la Argentina transitó por una “tragedia fiscal” caracterizada por poseer “los impuestos e inflación más altos del mundo, reflejo del descontrol del gasto público en las últimas dos décadas”.

Lógica argumenta que este declive institucional se vio favorecido por “un régimen que nos ocultó sistemáticamente los impuestos durante más de 50 años”. Según expone el documento de la fundación, este ocultamiento histórico se estructuró bajo dos metodologías nocivas: “1. mediante prohibiciones legales inaceptables, como la de no mostrar el IVA al consumidor final (art. 39 de la ley de IVA, antes de su última modificación en 2024), y 2) ‘escondiendo’ otros impuestos indirectos detrás del vendedor y de cada uno de los eslabones de la cadena productiva, los cuales aumentan los costos y se terminan trasladando al consumidor dentro del precio final”.
Para revertir esta desconexión ciudadana y visibilizar que los servicios estatales no son gratuitos, la ley nacional incorporó el artículo 100, el cual prescribe de modo tajante que “la publicidad de las prestaciones o servicios de cualquier tipo en los niveles nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean de libre acceso o atención por parte de los ciudadanos no podrá utilizarse la palabra ‘gratuito’ o similares debiéndose aclarar que se trata de una prestación o servicio de libre acceso solventado con los tributos de los contribuyentes”.
La actitud de la provincia de Tucumán frente a la transparencia expone una contradicción política relevante. Si bien el Poder Ejecutivo tucumano convalidó la adhesión a la Ley 27.743 mediante la sanción de la Ley N° 9.789, dicha adhesión “se limitó al Título II de la ley, referido al ya citado blanqueo” de capitales, esquivando deliberadamente la incorporación del Título VII sobre transparencia al consumidor. A fin de remediar esta omisión, tres bloques de la Legislatura provincial elaboraron propuestas de sinceramiento fiscal que actualmente permanecen archivadas en comisiones sin recibir dictamen parlamentario.
Uno de los proyectos fue impulsado por los legisladores de Fuerza Republicana, Ricardo Bussi y Eduardo Verón Guerra. En su propuesta, los parlamentarios plantean la adhesión formal de Tucumán al régimen nacional (Artículo 1°), al disponer que los vendedores detallen en la publicación de precios el importe final y el “importe neto sin la incidencia de Ingresos Brutos, impuesto de sellos, impuesto a la salud pública y demás impuestos provinciales indirectos que inciden en los precios, debiendo estar acompañado de la leyenda 'precios sin impuestos'”. Asimismo, el Artículo 3° de la iniciativa prohíbe el uso de la palabra "gratuito" o similares en las prestaciones provinciales y municipales. En sus fundamentos, Bussi y Verón Guerra sostienen que “la transparencia es un valor sumamente apreciado en la política actual, que debe promoverse y realizarse en todas las áreas de decisión gubernamental, entre ellas la política fiscal. Una de las vías de fortalecimiento democrático es el acceso a la información...”, lamentando que “actualmente los tucumanos no tenemos acceso a una información fiscal completa, toda vez que al adquirir bienes y servicios en carácter de consumidores finales no se nos brinda un detalle de la carga tributaria provincial contenida en dichas operaciones”.

Una segunda iniciativa legislativa fue formulada por el legislador José Macome (Compromiso con la Libertad) . Macome propone que todos los sujetos que realicen ventas a consumidores finales indiquen el precio de los bienes acompañado de la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS; TASAS o CARGOS DE TERCEROS”, obligando además a detallar de forma discriminada en las facturas el importe de Ingresos Brutos y otros tributos provinciales indirectos. Como aporte sustancial, el Artículo 3° de la iniciativa exige crear en 180 días un “portal digital de acceso público con la información clara y permanentemente actualizada sobre datos clave referido a los impuestos provinciales, municipales y las tasas que se cobran en la provincia”, incluyendo un “Mapa Tributario Municipal”. El legislador fundamenta su propuesta al señalar que busca “extender la política de sinceramiento fiscal que viene llevando adelante el Gobierno nacional” para proveer un mapa “para que cada ciudadano pueda ser consciente de la presión fiscal de cada jurisdicción y comparar. De esta manera, la población tomar conciencia real de cómo se refleja en su vida cotidiana, la presión tributaria que existe. Pero también permite exponer a los empresarios las cargas que afectan la competitividad...”.

Por último, la legisladora Raquel Nievas (Trabajando por Tucumán) ingresó su propia propuesta donde plantea la adhesión lisa y llana al artículo 99° de la ley federal. En su exposición de motivos, Nievas recuerda que el artículo 42 de la Constitución Nacional contempla el derecho de los consumidores a una “información adecuada y veraz”, en concordancia con el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240. La parlamentaria opositora exhorta a sus pares a sancionar la norma argumentando que es obligación del cuerpo actuar “como representantes del pueblo hacer efectiva esta herramienta en beneficio de los consumidores de nuestra provincia, dotando a las relaciones de consumo de mayor trasparencia, corriendo el velo que actualmente existe y lograr que se expongan los tributos que se pagan cada vez que adquirimos como consumidor final, un bien o servicio”. Hasta tanto el oficialismo no destrabe el debate en comisiones, la presión fiscal de Tucumán continuará oculta en el bolsillo de los tucumanos.
